Legislatura

13/08/2014

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LA LEGISLATURA CHAQUEÑA SANCIONÓ LA PRIMER LEY DE EDUCACIÓN INDÍGENA DEL PAÍS





Por unanimidad de los diputados presentes, la Legislatura sancionó este miércoles la Ley 7446 de Educación Pública de Gestión Comunitaria Bilingüe Intercultural Indígena, con el fin de garantizar oportunidades educativas a partir de la implementación de un paradigma pedagógico respetando la identidad y cultura propias de los pueblos indígenas.


La Ley se nutre del proyecto 4372/10 del Poder Ejecutivo, con aportes de los legisladores de todos los bloques y del Ministerio de Educación, junto a propuestas de los pueblos originarios realizadas mediante las “Jornadas de Debate sobre Educación Pública Social Indígena 2011 – 2012” en las localidades de Presidencia Roque Sáenz Peña, Pampa del Indio, Villa Ángela, Juan José Castelli, Misión Nueva Pompeya y Resistencia.

 

Para acompañar el histórico acontecimiento, estuvieron presentes en el Recinto de Sesiones “Deolindo Felipe Bittel” las ex legisladoras Inocencia Charole y Lidia Beatriz Ayala, la presidenta del IDACH Andrea Charole, la Subsecretaria de Interculturalidad y Plurilingüismo Elizabeth Mendoza y numerosos docentes indígenas y representantes de los pueblos Qom, Moqoit y Wichi.

 

La diputada Nancy Mariel Gersel, presidenta de la Comisión de Educación de la Legislatura, manifestó “es un honor y un gusto ser parte de la sanción de esta norma que impulsara el Poder Ejecutivo en el 2010” y agradeció “el trabajo y el estudio que aportaron los integrantes de la comisión en estos años y quienes la presidieron, la diputada Elba Altamiranda y la diputada (mc) Wilma Molina; como así también a los asesores que trabajaron para llegar a los artículos que componen el despacho final”.


Reconoció también a “los diputados que no integran la comisión pero que también aportaron para que el contexto se haga texto y para dar respuestas a las demandas de los pueblos indígenas”. Recordó que “este proyecto tuvo mucho debate, idas y vueltas, para aquellas personas que tenían miedo de que se cercenen derechos queremos dejar la tranquilidad de que esta Ley hace todo lo contrario, se amplían derechos para nuestros hermanos indígenas que van a poder participar en la cuestión educativa”.

 

Observó que “los paradigmas que estaban en juego en educación no podían contener a los indígenas; este nuevo paradigma que se pone en juego va a ir buscando fortalecerse hasta poner en práctica un nuevo modelo educativo que incluya a todos los pueblos”.


Juan José Bergia, por su parte, agradeció “la presencia de las ex diputadas Inocencia Charole, Lidia Beatriz Ayala, de la Presidenta del IDACH Andrea Charole” y manifestó que “esta Ley, si bien vino del Ejecutivo, tiene una figura destacada que esta presente, y me refiero a Elizabeth Mendoza que es trabajadora de este Poder a cargo de la Subsecretaría de Interculturalidad y Plurilingüismo”.


Destacó que “después de mucho tiempo, se recorrió toda la provincia,  se debatió, la norma se ha enriquecido y se ha buscado el consenso, una construcción de coexistencia de los ciudadanos en nuestro Chaco”. Reconoció que “esta Legislatura estaba en falta, era un compromiso que teníamos, celebro este consenso, y seguramente que esta gestión -que respetó como ninguna gestión de gobierno los derechos de los pueblos indígenas- la va a saber implementar”.


La diputada Elba Altamiranda manifestó su acompañamiento “a una política pública que tiene que ver con una reparación histórica para los pueblos indígenas, esto no es menor y desde Unión por Chaco le damos todo nuestro apoyo a esta propuesta educativa” y recordó “han sido años de tolerancia por parte de los pueblos indígenas, que supieron pacientemente comprender los procesos”.

 

Sostuvo que “es necesario avanzar más allá de las escuelas bilingües, en una ley que mejore la calidad de enseñanza que brindamos en el Chaco, con ese objetivo y premisa hemos recibido esta propuesta que ha sido enriquecida por muchas fuerzas, gremiales, indígenas, dirigentes que han participado de las numerosas asambleas que realizó la Comisión de Educación”.

 

Explicó que “en el expte de este proyecto, figuran las actas de las comunidades donde nos pedían considerar el convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas, que solicita consultar a los pueblos interesados cuando se trate de una iniciativa que los afecte; en estos tres años hemos cumplido enormemente desde la comisión con este precepto; y queremos reconocer la participación de la subsecretaría específica con la profesora Mendoza priorizando y acompañando a la comisión; colaboró y nos enseñó a escuchar, este verbo que a veces es difícil de ejercitar, a escuchar a los demás, a una cosmovisión distinta y por sobre todo escuchar una necesidad, en este caso de las comunidades indígenas”.

 

Carlos Martínez respaldó los dichos de la diputada Altamiranda y recordó “hace unos días atrás leía un artículo respecto a que tenemos que pensar -y estamos demorados- en la escuela del Siglo XXI, hay un modelo tradicional que se agotó, el debate sobre por donde circula el conocimiento tiene que ver con este gran debate que nos debemos respecto del modelo de educación que es el más positivo, beneficioso, inclusivo, democrático y hace más por la formación del ser humano”.

 

“Que nosotros hoy,  a pocos años de la sanción de la Ley de Educación, estemos dando este paso es trascendental –sostuvo- estamos avanzando y haciendo camino, es una satisfacción enorme que estemos dando este paso fundamental en reconocer el derecho de las comunidades indígenas también a gobernarse, con los debidos controles estatales, con la participación del estado en su medida y armoniosamente, pero fundamentalmente con el reconocimiento al derecho de la educación y a su cultura”.

 

La diputada Beatriz Bogado, agradeció “a todos los que de una u otra manera intervinieron en el armado del proyecto de ley y en el despacho final que hoy estamos tratando; al Ejecutivo que fue el autor y envió esta Cámara el proyecto de ley inicial, destacando a la Subsecretaria Mendoza como una actora insustituible en este proyecto en particular y en otras conquistas de las comunidades originarias que significaron ampliación de derechos”.


Hizo un reconocimiento a “que en esta Legislatura se han podido construir los consensos necesarios y resalto esto porque le hace bien a la democracia; ratifico que la política es la herramienta insustituible para transformar la realidad y en ese sentido mi experiencia en el campo popular me da los fundamentos para saber que las ideas, sueños, luchas, no son más que meras expresiones si no lo llevamos a un lugar donde le pongamos plazo, modo, para que estas ideas y sueños se transformen en realidad”.

 

Viviana Damilano celebró “el acompañamiento de las comunidades indígenas, hoy cumplimos con la palabra empeñada cuando antes del receso hablamos con ellos y nos comprometimos a aprobar la ley en esta sesión”. Se refirió a la norma encuadrándola “dentro de un proceso y cambio de paradigma donde sin duda existe una fuerte decisión política para dar un verdadero reconocimiento al pueblo indígena”.

Destacó la implementación de “políticas que permitieron fortalecer económicamente el IDACH, reconocer como oficiales las lenguas originarias, construcciones de viviendas, mejoramiento de infraestructura educativa, creación de 9 sedes de educación secundaria virtuales en el impenetrable” y otras tantas orientadas a los pueblos indígenas. En ese sentido, observó que “este no se trata de un proyecto aislado, es un paso más dentro de un proceso iniciado, constituye un compromiso desde el respeto a la identidad de los pueblos originarios”.

 

El Presidente del Bloque Justicialista, Ricardo Sánchez, destacó que “el verdadero cambio de paradigma en nuestro sistema educativo chaqueño fue la Ley Provincial de Educación propiciada por Capitanich y aprobada por unanimidad, que hablaba de la participación de las familias, organizaciones sociales y pueblos indígenas en la responsabilidad de la educación; del respeto a la diversidad cultural, y del respeto a l alengua y a la identidad cultural de nuestros pueblos indígenas”.

 

“Esto implica un compromiso ético y político –sostuvo- una reparación histórica que debe llevarnos al concepto de justicia reparativa, al deber de memoria y acciones positivas que deben ser el norte de esta nueva ley de educación bilingüe; no podemos mirar los derechos de la minoría con los ojos de las mayorías, tenemos que ponernos en la posición del otro e interpretar que esta lucha de años que se dio mucho antes que el Chaco fuera provincia, interpretar esa cosmovisión es un logro de nuestra Comisión de Educación, de todos los legisladores que hemos participado y de todos los sectores que nos acompañaron en las jornadas de debate que nos han demostrado que la única lucha que se pierde es la que se abandona”.

 
Orlando Charole, recordó que “cuando en el 2007 Capitanich se hizo cargo de la Gobernación una de las primeras medidas fue declarar la emergencia educativa de las comunidades indígenas, hay cuatro cuestiones centrales para los pueblos, la cuestión sanitaria, alimentaria, habitacional y educativa”. Agregó que “lo que hace la Legislatura es nada mas que reafirmar un precepto constitucional y ponerlo en práctica, el derecho a la educación bilingüe e intercultural”.

 

Mencionó que “un dato que hay que tomarlo en cuenta, y lo dije en la Comisión, el niño indígena empieza a tener dificultades en el secundario y tropieza con enormes dificultades, algunos abandonan, llegan pocos a la terminalidad del secundario en poblaciones indígenas y es un indicador a tener en cuenta y que requiere un trabajo territorial y pedagógico fuerte”.


Observó que la norma “tiene aristas especiales, porque la población indígena venía sufriendo cientos de años de atropellos y uno de los atropellos más grandes con vistas a una desaparición de identidad es la desaparición de su lengua, que es la mayor identificación de una raza, el bilingüismo es una herramienta muy contundente a la hora del apoyo al niño indígena”. Destacó que “con esta ley damos una herramienta al Ministerio de Educación que tiene una gran responsabilidad en la aplicación de la misma”.


Elda Pértile, adhirió a lo expresado por el diputado Charole y manifestó “no pertenezco a la comisión de educación pero siento la alegría y el gozo, me siento parte de esta Ley” y destacó la figura de Inés García de Marqués figura fundamental en el rescate de la cultura indígena e impulsora de la creación de la escuela en el Barrio Toba.


Daniel Trabalón puntualizó “estamos transformando en ley un derecho de las comunidades indígenas, este es el elemento esencial”. Mencionó a las autoridades presentes y reconoció que “siempre hay un grado de injusticia en esto ya que detrás de esta ley hay actores anónimos, grupos de militantes y las comunidades que tienen un gran mérito”.

 

Agregó que “no tenemos ni una mirada ingenua, hoy tenemos la sanción de una ley pero sabemos que este camino que se cierra inicia otro que tiene complejidades y seguramente tendrán conflictos, valoro el debate en este sentido, la voluntad de todos los legisladores fue construir una ley con consenso que cumpla con lo que establecía la ley de educación provincial y no quitar ni condicionar el derecho de ningún docente de esta provincia”. Admitió que “a la hora de aplicarla pueden surgir conflictos pero entendemos que la herramienta para solucionarlos es la política, que en lo educativo se piense no desde la mirada de un gobierno, y entendemos que esto se debe construir con políticas de estado”.

 

Sostuvo que “la educación no es solo un medio para conseguir un trabajo ni acceder a la universidad, cuando trabajamos sobre plurilingüismo entendemos que la lengua sintetiza la historia de un pueblo” y agregó “esto es romper un paradigma, generar una mirada diferentes de la política, pensar que se puede combatir la discriminación desde otro lugar, este proyecto educativo construye identidad, participación, recupera derechos a partir de la gestión de una unidad educativa donde la comunidad es la protagonista”.

 

La Ley en detalle

 

La norma está basada en el proyecto 4372/10 del Poder Ejecutivo, con aportes de los legisladores de todos los bloques y del Ministerio de Educación, junto a propuestas de los pueblos originarios realizadas mediante las “Jornadas de Debate sobre Educación Pública Social Indígena 2011 – 2012” en las localidades de Presidencia Roque Sáenz Peña, Pampa del Indio, Villa Ángela, Juan José Castelli, Misión Nueva Pompeya y Resistencia.

 

Se denomina Educación Pública de Gestión  Comunitaria Bilingüe Intercultural Indígena, a aquella que se implementa en establecimientos educativos ubicados en comunidades indígenas, con  mayoría de alumnos indígenas, y la  participación de un Consejo Comunitario reconocido por la comunidad de referencia.

 

Los fines y objetivos de la Educación de Gestión Comunitaria Bilingüe  Intercultural Indígena son: Garantizar oportunidades educativas a partir de la implementación de un paradigma pedagógico respetando la identidad y cultura propias de los pueblos indígenas; promover la participación democrática; e implementar nuevas estrategias para reconstruir una nueva relación docentes-alumnos, padres,  comunidad y Consejo Comunitario indígena, tendiente a optimizar la matrícula escolar.

 

El órgano de aplicación de la presente será el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, a través de las Subsecretarías competentes, quién llevará un registro de los establecimientos de gestión comunitaria bilingüe Intercultural Indígena, y de los Consejos Comunitarios. Se aplicará en todos los niveles, como un modelo de organización, planificación, ejecución, monitoreo y evaluación de acciones y proyectos educativos.

 

Tienen derecho a gestionar y recibir este servicio, los pueblos indígenas Qom, Wichi y Moqoit. La creación de un Establecimiento Educativo Público de Gestión  Comunitaria Bilingüe Intercultural Indígena, deberá ser solicitada ante el Ministerio de Educación, por la comunidad de referencia, representadas por el Consejo Comunitario debidamente acreditado para tal fin, conforme lo establece a la reglamentación.

 

El Consejo Comunitario podrá gestionar, organizar  y conducir el proyecto educativo comunitario, en coordinación con la autoridad escolar; elegir  al personal directivo, proponer el 50 % del personal docente; proponer el personal administrativo, personal de maestranza y auxiliar. En la designación se priorizará el personal docente indígena con título que otorga el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco, de la nómina de antecedentes valorada por la respectiva Junta de Clasificación.

 

El Consejo tendrá también derecho a designar a pedagogos indígenas o sabios  pertenecientes a la comunidad con conocimiento de la lengua y la cosmovisión; elaborar el proyecto  educativo  en el marco de la pedagogía bilingüe intercultural y la normativa vigente; disponer sobre la utilización del edificio escolar, con posibilidad de abrirse a otras iniciativas sociales, culturales, deportivas, solidarias, que se fundamenten y se sustenten en la cosmovisión indígena; o que se consideren relevantes y significativas para la formación continua del pueblo indígena respectivo; publicar, difundir y registrar experiencias pedagógicas; elaborar, publicar, patentar y registrar material educativo, cultural, histórico, científico.

 

Serán  responsables de la gestión de los establecimientos de Educación Pública de Gestión Comunitaria Bilingüe Intercultural Indígena, el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, el Consejo Comunitario, y la autoridad escolar; sus decisiones serán tomadas por consenso, según fije la reglamentación vigente.

 

El Consejo Comunitario, en forma conjunta con la autoridad escolar de los Establecimientos Educativos, tendrán las siguientes obligaciones: Cumplir con la normativa y los lineamientos de la política educativa nacional y provincial; ofrecer servicios educativos de calidad, que respondan a las necesidades de la comunidad; brindar toda la información necesaria para la supervisión  pedagógica, administrativa y contable al Ministerio de Educación; elaborar el proyecto educativo de acuerdo con su cosmovisión; asumir responsabilidad ética, social, cultural y pedagógica; matricular, evaluar y emitir certificados con validez  Provincial y Nacional conforme con la normativa vigente; promover, organizar e impartir capacitación y formación docente específica para cada Nivel Educativo de la institución en el marco de la normativa establecida.

 

El Ministerio de Educación designará al personal que cumplirá funciones en la planta orgánica funcional de los establecimientos comprendidos la que estará conformada por el 50% de docentes, propuestos por el Consejo Comunitario, y el otro 50% por  docentes inscriptos en la Junta de Clasificación que corresponda, con la capacitación respectiva para el área, de acuerdo con la normativa que el  Ministerio establezca.

 

El Consejo Comunitario se regirá por el reglamento interno elaborado por el mismo Consejo y estará integrado por un mínimo de 7 y un máximo de 15 miembros de la comunidad y durará 2 años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos por no más de un periodo consecutivo y se renovaran anualmente por mitades, respetando en su composición la participación de la mujer en un 50 %.

 

Tendrá las siguientes  funciones: Acompañar el desarrollo de las actividades de la institución en sus distintos ámbitos, organizativa, administrativa, pedagógica y comunitaria; garantizar el correcto funcionamiento del establecimiento escolar, la conducción  y el normal desenvolvimiento de la actividad escolar en las aulas; comunicar en tiempo y forma a las autoridades competentes, la conformación, modificación y toda  información pertinente relacionada al Consejo Comunitario; y conformar el Consejo de Ancianos, el que será propuesto por la comunidad como un órgano de consulta del Consejo Comunitario.

 

Los docentes de los establecimientos de Educación de Gestión  Comunitaria Bilingüe Intercultural Indígena gozarán de los derechos establecidos en la ley 3529 –Estatuto del Docente-, en todo lo que no esté previsto en la presente ley.

 

El financiamiento del Estado a la Educación de Gestión Comunitaria Bilingüe Intercultural Indígena figurará específicamente con ese carácter en el presupuesto anual que elabore el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología,  discriminado por niveles. Una vez acordado, será mantenido mientras  subsista la necesidad comunitaria.

 

A los efectos de garantizar la estabilidad laboral y salarial de los docentes de las instituciones educativas de gestión estatal ubicadas en comunidades indígenas, serán de aplicación las disposiciones y mecanismos establecidos en la ley 6810, en lo referente a la reubicación del personal docente titular e interino. Los establecimientos educativos de carácter Bilingüe e Intercultural que al momento de sancionarse la ley revistan como Proyecto Especial tendrán un plazo de dieciocho (18) meses para su adecuación para la presente ley, en caso que el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología determine la continuidad de los mismos.

 

La norma incluye una serie de disposiciones transitorias que hacen referencia a la aplicación gradual y progresiva de la misma, la capacitación para los equipos de conducción y la adecuación al Estatuto del Docente, del Capítulo correspondiente a Educación Pública de Gestión Comunitaria Bilingüe Intercultural Indígena.


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