Legislatura

16/09/2014

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BUSCAN PROHIBIR POR LEY LA PUBLICIDAD DE NIÑOS REALIZANDO ALGÚN TIPO DE TRABAJO




La iniciativa fue presentada por la Vicepresidenta de la Legislatura Beatriz Vázquez con el objetivo de prohibir toda forma de publicidad realizada por una persona física o jurídica, pública o privada que en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional, presenten en sus anuncios a niños o niñas realizando tareas, o muestren imágenes ejerciendo un trabajo, con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratación de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones.


El proyecto 3723/14 entiende por Publicidad, a toda forma de comunicación realizada por una persona física o jurídica, pública o privada en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional, con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratación de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones, siendo los destinatarios, las personas a las que se dirija el mensaje publicitario o a las que éste alcance.

 

También considera ilícita a “toda publicidad que atente contra la dignidad de la persona y vulnere los derechos reconocidos en la Constitución Nacional,  especialmente a los que se refieren en sus artículos  75 Inc. 23 apartado primero  y leyes 26.061 Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, 23.849 Convención de los derechos del niño Art. 32 y 26.390  Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente”.    

 

Por ello, en los fundamentos, la legisladora señaló que “es necesario resguardar  los derechos reconocidos en la Constitución Nacional y demás normas mencionadas anteriormente” y se entiende que “los anunciantes deberán capitalizar el potencial de la publicidad para no influir en el comportamiento haciendo anuncios que contengan referencias a conductas poco   beneficiosas”.

 

“Por ello-subrayó Vázquez- se debe extremar los cuidados para no inducir a error a los niños con imagen que los presente en acciones impropias a su edad.  En efecto no debe, directa o indirectamente estimular expectativas laborales. Es necesario evitar la emisión de mensajes publicitarios que presenten a niños realizando acciones o tareas, o bien presenten su imagen asociada a comportamiento que vulneren los derechos consagrados”. 


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