Legislatura

26/11/2014

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BACILEFF IVANOFF FUE EL AUTOR DE DOS LEYES





Fue el autor de las dos leyes BACILEFF IVANOFF DESTACÓ LA SANCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE INCENTIVOS FISCALES


El Presidente de la Legislatura Darío Bacileff Ivanoff, fue el autor de la ley 7510 que establece un nuevo “Régimen de Financiación para la Regularización de las Obligaciones Impositivas Provinciales” y también de la ley 7512 que determina un “Régimen de Incentivos Fiscales” tendientes a promover el buen cumplimiento fiscal de las obligaciones tributarias provinciales y el mantenimiento y/o aumento del empleo formal.

 

Respecto de la ley 7510 – de Financiación para la Regularización de las Obligaciones Impositivas Provinciales -   destacó que “esta nueva ley surge de la necesidad de contar nuevamente con un régimen de regularización de obligaciones impositivas provinciales como el que fue establecido anteriormente mediante la ley 6889 y sus modificatorias, en virtud de que una herramienta de estas características permitirá a los contribuyentes que no pudieron cumplir con sus obligaciones tributarias provinciales en legal tiempo y forma, regularizar su situación ante el fisco provincial”.

 

Observó que “a pesar que fui el autor de la iniciativa de alguna manera hay que reconocer que  forma parte del trabajo del Poder Ejecutivo y del Ministerio de Finanzas de la provincia del Chaco que me encontraron, en ese momento como gobernador a cargo de la provincia y por la ausencia del gobernador de alguna manera, uno fue el autor del proyecto en esas facultades”

 

Subrayó que “esta medida nace por requerimiento de diferentes sectores económicos de la provincia del Chaco y organizaciones intermedias como ser el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, pero principalmente, la solicitud efectuada por parte de los contribuyentes que continuamente manifiestan su voluntad de pago y regularización de su situación tributaria”.

 

“Por eso –puntualizó- con esta normativa buscamos que el desarrollo estructural de las empresas en mantenimiento del nivel de empleo y la activación del mercado interno no se vean afectados por las deudas tributarias y que al mismo tiempo permitan al fisco provincial recuperar los recursos provenientes de la recaudación de las deudas tributarias que aún no fueron regularizadas”.

 

Detalló que “la nueva norma tiene que ver con un régimen de moratoria - para resumirlo de alguna manera - es un régimen de financiación para aquellas empresas que desde el periodo del 31 de julio al 31 de diciembre no han regularizado sus deudas” y poder “darles la posibilidad de poder hacerlo en un plan de pago que se va a 48 cuotas de financiación, dependiendo de las cuotas en que las financie y de quitas de intereses y porcentajes de bonificación que les va a permitir a estas empresas un gran alivio financiero en el cumplimiento de sus obligaciones impositivas, en cuanto ha contribuidores directos, con una diferenciación en los que figuran como agentes de retención de ingresos brutos, impuestos y sellos que tienen una régimen diferenciado en la iniciativa que hoy ya es ley y que su implementación va a aportar una herramienta eficaz para el financiamiento del sector privado como así también beneficiará a las arcas del erario público”.

 

Régimen de Incentivos Fiscales

 

En cuanto a la ley 7512 de “Régimen de Incentivos Fiscales”, el titular del Parlamento Darío Bacileff Ivanoff, celebró esta sanción y explicó que se trata “de un régimen de incentivo fiscal destinado a las grandes empresas que acrediten buen cumplimiento de las obligaciones tributarias provinciales y que al mismo tiempo mantengan o aumenten el plantel de personal en relación de dependencia en la provincia del Chaco”

 

Destacó que “con esta nueva norma el Poder Ejecutivo podrá otorgar una bonificación de hasta el 20% en el pago de los anticipos mensuales del impuesto sobre los ingresos brutos a los contribuyentes y responsables que hayan obtenido en el año calendario o ejercicio anterior ingresos por ventas netas totales superiores a pesos 100 millones, pudiendo acceder a la citada bonificación quienes demuestren el cumplimiento formal, determinativo y de pago de las obligaciones generadas por este tributo. Además dispone como requisito indispensable para acceder a la cita bonificación haber mantenido y yo incrementado el plantel de empleados en relación de dependencia en la provincia del Chaco durante los tres meses anteriores a la fecha de solicitud de acogimiento.”

 

“Estas medidas –puntualizó- se encuadran dentro de los objetivos que viene planteando la política del Gobierno Provincial tendientes a lograr incrementos en los niveles de actividad económica y del empleo registrado en la provincia mediante la promoción del buen cumplimiento fiscal y del mantenimiento aumento del empleo formal”.

 

Observó que “considerando la capacidad de generación de empleo que poseen las grandes empresas la medida busca encontrar un mecanismo que permita compensar el esfuerzo que deberá realizar el fisco provincial con el mantenimiento del número de empleados afectados a la provincia del Chaco, e incluso incentivando mediante una tasa de bonificación mayor el aumento del número de empleados registrados”.

 

El diputado agregó que “se pretende preservar el principio de equidad que se vio alterado frente a la culminación de la vigencia de la ley 6093 que estableció un beneficio general de bonificación en impuestos sobre los ingresos brutos, ya que actualmente frente al buen cumplimiento de las obligaciones tributarias provinciales quedan excluidos de los incentivos reconocidos por la ley 7148 los contribuyentes que no revisten la calidad de pequeñas o medianas empresas, las que ya poseen un régimen de la misma naturaleza”.

 

 

 

 


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