Legislatura

16/04/2015

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PROPICIAN LA CREACIÓN DEL INSTITUTO PROVINCIAL "MALVINAS".




La diputada justicialista Nancy Mariel Gersel, presentó el Proyecto de ley Nº 960,15 a través del cual propicia la Creación en el ámbito de la Provincia del Chaco el Instituto Provincial “Malvinas”, como ente autárquico del Estado Provincial, siendo su objetivo principal “constituir un espacio de estudio, acción, difusión, enseñanza y protección a favor de la Causa Malvinas y de sus protagonistas directos e indirectos” destaca la legisladora en los fundamentos de la iniciativa que contiene 25 artículos.


Explica que “estarán comprendidos en la presente ley, todos aquellos entes públicos u organismos privados que desarrollen actividades relacionadas con el estudio, acción, difusión, enseñanza y protección a favor de la Causa Malvinas y de sus protagonistas directos e indirectos” y  la idea central de la creación del Instituto, “parte fundamentalmente, de crear un espacio de protección de los DDHH y de los ex soldados combatientes y de los familiares de caídos, como así también la difusión de la "Causa Malvinas" en sintonía con las pautas de política exterior y educativas fijadas por el Poder Ejecutivo Nacional”.

 

Gersel observa que “en nuestra provincia funciona una oficina de atención de salud dependiente del INSSSEP, una Dirección de Veteranos en el Ministerio de Gobierno, una recomendación de tratamiento y recordación de Malvinas en el Ministerio de Educación,  y un programa de atención a ex soldados combatientes desde la Secretaría de DDHH del Chaco”. No obstante ello, “si bien cada uno cumple con sus funciones, no hay una coordinación efectiva en las acciones encaradas en esta problemática” y como prueba de ello expone varios ejemplos, como “que recién en el año 2013 se ´descubre oficialmente´ a la madre de un soldado chaqueño caído; que aun hoy hay familiares de caídos que no pudieron acceder a una vivienda digna;  que si bien el número de chaqueños afectados al TOM en 1982 fue de 1940 aproximadamente (el 10% de la tropa involucrada en el conflicto), tan solo 900 acceden a la atención de PAMI, y solo 1100 reciben la atención del INSSSEP; que pasados 32 años de la finalización del conflicto, la atención sanitaria de los causahabientes (padres) solo cubre el 75% del importe de las prestaciones; que se demoró 32 años en ´descubrir´ que son 60 los chaqueños muertos en Malvinas y que 22 de ellos están sepultados en tumbas como NN; que hoy existe un alto porcentaje de jóvenes, hijos de ex soldados combatientes, que no culminaron sus estudios primarios o secundarios, y que tampoco se logro instrumento la inclusión de los mismo en planes de ´terminalidad educativa´; que recién a los 29 años se pudo concretar un viaje humanitario coordinado por la Secretaria de DDHH del Chaco; que solo después de 30 años la provincia se movilizó efectivamente a favor de la restitución de las identidades de las 123 tumbas del cementerio de Darwin, en Malvinas;  que existió una demora de 30 años para acompañar a los ex soldados combatiente en sus reclamos por las violaciones a los DDHH que estos sufrieron en Malvinas” indica la legisladora entre otros, y por todo ello, afirma que “es preciso imaginar una Institución desde el mismo Estado Provincial que pueda tener un accionar más coordinado, integral, eficiente e inclusivo”, en consecuencia plantea el tratamiento y aprobación del presente proyecto de ley

 

La iniciativa que fue derivada para su análisis a las Comisiones de Educación y Derechos Humanos, respectivamente consta de cinco (5) capítulos donde se determina el Objeto y los Principios (Cap. I); el Instituto Malvinas del Chaco, su domicilio, competencia, administración y gobierno, planta funcional (Cap. II); el Régimen Económico-Financiero a través del cual se crea un Fondo Provincial Malvinas con el 0,25%, como mínimo del presupuesto general anual de la Provincia con su correspondiente integración (Cap. III); un Consejo Consultivo integrado por los legisladores de las Comisiones de Educación y de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco (Cap. IV); y Disposiciones Complementarias (Cap. V).

 

IMPULSAN OBLIGATORIEDAD DE ENTONAR LAS MARCHA DE LAS MALVINAS

 

El proyecto de Ley 1029/15 de la diputada Nancy Mariel Gersel pretende establecer en todo el territorio de la Provincia del Chaco, la obligatoriedad de entonar la Marcha de las Malvinas al finalizar todos los actos institucionales, oficiales o escolares.

 

La diputada recuerda en sus fundamentos que “durante la Presidencia de Roberto Ortiz, se creó la "Junta de Recuperación de las Malvinas", el objetivo fue contribuir a la difusión y conocimiento del tema entre la población; entre otras actividades organizó un concurso poético-musical. El 3 de enero de 1939, se dio a conocer la composición ganadora en un acto público en el Salón Augusto de Buenos Aires: Marcha de las Malvinas, el autor de la letra fue Carlos Obligado y la de música José Tieri”.

 

Señaló que la misma “tuvo especial difusión por los medios de comunicación durante la guerra contra Gran Bretaña en 1982, por la recuperación de las islas. Desde la presencia argentina en Puerto Argentino, capital de las islas en 1982, y hasta la actualidad en modo de reclamación de soberanía, se canta: ‘Brille, ¡oh patria!, en tu diadema la perdida perla austral’”.

 

La legisladora sostiene que “el 2 de abril de 1982 fue un día especial para todos los argentinos, en medio de tanta euforia por la noticia que habíamos recuperado las Islas Malvinas, se escucha una canción: la Marcha de Malvinas. Más de una persona pensó, con qué rapidez se había compuesto una marcha sobre las islas, pero estaban equivocados, ya que esta marcha había sido compuesta como expresión de rechazo histórico y popular al desembarco inglés en las Islas Malvinas que se lleva a cabo en 1833”.

 

“En 1968 fue aprobada por el Ministerio de Educación de la Nación y autorizada su interpretación en los colegios de todo el país, en las fechas conmemorativas de Malvinas” concluye.

 

PROPONEN QUE EL TEMPLO DE LA PQUIA. SAGRADO CORAZÓN

DE VILLA ANGELA SEA DECLARADO MONUMENTO HISTÓRICO

 

Asó lo plasmó en el Proyecto de ley Nº 943 la diputada justicialista Nancy Mariel Gersel, a través del cual propone que se declare Monumento Histórico Provincial, al edificio del Templo de la Parroquia Sagrado Corazón de Jesús, ubicado en la calle San Martín y Luís Pasteur, de la ciudad de Villa Ángela

 

Además la iniciativa – que pasó a la Comisión de Educación para su análisis - establece que Poder Ejecutivo Provincial procederá a concretar la erección de un Monolito recordatorio que se emplazará en el frente del edificio y que aludirá a la declaración que prescribe la presente Ley cuya erogación, deberá imputarse al presupuesto del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad

 

La diputada villangelense, en los fundamentos recuerda que “la Parroquia “Sagrado Corazón de Jesús” fue erigida en el año 1926;  la construcción contaba con un despacho parroquial, un salón de reuniones, más adelante se construyeron cuatro salas para catequesis y la casa para sacerdotes”.

Desde el Concejo Municipal de la ciudad de Villa Angela se destaca la presencia de la Congregación Redentorista cuyos sacerdotes misioneros redentoristas están cumpliendo 75 años de presencia evangelizadora en la ciudad.

 

“Desde entonces la toda la comunidad parroquial, sacerdotes, y laicos trabajaron comprometidos en la tarea de evangelización de la comunidad villangelense; el Concejo Municipal de la ciudad de Villa Ángela por Ordenanza Nº 3826 declara el edificio Monumento Cultural y Religioso Municipal, y por Resolución 021/15 solicita a este Poder la Declaración de Monumento Histórico de la Provincia” señala la diputada Gersel.


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