Legislatura

30/04/2015

-

SEGOVIA IMPULSA LA ADHESIÓN DEL CHACO A LA LEY DE LICENCIA ESPECIAL DEPORTIVA




La diputada Celeste Segovia es autora del proyecto de ley Nº 1236/15 a través del que promueve que el Chaco adhiera a los alcances de la ley Nacional Nº 20.596 - Licencia Especial Deportiva - herramienta que contribuye a facilitar la participación de atletas, entrenadores, árbitros, dirigentes y auxiliares en diversas Competiciones deportivas ya que podrán disponer de una licencia especial deportiva en sus obligaciones laborales tanto en el sector público como en el privado; como así también a los estudiantes no les serán computadas las inasistencias a los fines de modificar su condición de alumnos regulares, tanto sea para su preparación y/o participación en las mismas.


En los fundamentos, la legisladora recuerda que “la  ley 20596, vigente desde 1974, creó la ‘Licencia Especial Deportiva’, una herramienta que ha contribuido a facilitar la participación de atletas, entrenadores, árbitros, dirigentes y auxiliares en diversas competiciones deportivas.

En su artículo 1º especifica que todo deportista aficionado que como consecuencia de su actividad sea designado para intervenir en campeonatos regionales selectivos, dispuestos por los organismos competentes de su deporte en los campeonatos argentinos, para integrar delegaciones que figuren regular o habitualmente en el calendario de las organizaciones internacionales, podrá disponer de una licencia especial deportiva en sus obligaciones laborales tanto en el sector público como en el privado, para su preparación y/o participación en las mismas”.

 

“Asimismo - detalla - , podrán disponer de la ‘Licencia Especial Deportiva’ dirigentes o representantes que integren delegaciones que participen en las competencias antes descriptas, los que participen en Congresos, Asambleas, Reuniones, Cursos u otras manifestaciones vinculadas con el deporte, que se realicen en la República Argentina o en el extranjero, ya sea como representantes de las federaciones deportivas reconocidas o como miembros de las organizaciones del deporte”.

 

Segovia precisa  quiénes alcanza este instrumento “también estan comprendidos los jueces, árbitros o jurados se les designe por las federaciones u organismos nacionales o internacionales para intervenir en ese concepto, en los campeonatos a que hace referencia, directores técnicos, entrenadores y todos aquellos que necesariamente deban cumplir funciones referidas a la atención psicofísica del deportista”.

 

Finalmente, se especifica requisitos que debe poseer la solicitud de "Licencia Especial Deportiva" y condiciones para hacer uso de la misma.

 

SEGOVIA QUIERE INCORPORAR LA PREVENCIÓN DE LAS

ADICCIONES COMO MATERIA EN LA CURRICULA ESCOLAR

 

La legisladora Celeste Segovia presentó el proyecto de ley Nº 1234/15 a fin de incorporar la “Prevención de las Adicciones” materia curricular en todos los niveles y modalidades del sistema educativo, incluyendo los Establecimientos Educativos Públicos o Privados, en el ámbito de todo el territorio de la Provincia del Chaco.

 

El objeto de la iniciativa es la difusión de información, la prevención y la concientización respecto de los efectos y las consecuencias nocivas de conductas y sustancias adictivas, destinada a los estudiantes de todos los niveles de la educación formal.

 

Será autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de Provincia, quien definirá conjuntamente con el Consejo de Educación y los organismos pertinentes los lineamientos generales del plan de estudio de dicha asignatura.

 

En los fundamentos, Segovia precisa que una de las grandes preocupaciones que se advierten en materia de adicciones, es la anticipación de la edad del inicio del consumo “en la quinta Encuesta Nacional a Estudiantes de Enseñanza Media, realizada por el Observatorio Argentino de Drogas, que se difundió en Abril del año 2.011, ya se advertía que entre los 13 y los 17 años las sustancias de mayor consumo son el alcohol y el tabaco, que la edad de inicio en el consumo de psicofármacos, solventas o sustancias inhalables y pasta base- paco, se encuentra en los 14 años y la de cocaína, éxtasis y marihuana en los 15 años, y que entre el 15 y el 27 por ciento de los estudiantes consumen en forma habitual la sustancia de la que son usuarios, siendo pasta base - paco y marihuana las que mayor proporción de usuarios frecuentes tienen”.

 

La diputada agrega que en una carta dirigida a la presidenta de la Nación, los sacerdotes que trabajan en las villas de emergencia, profundamente involucrados y comprometidos con la problemática de las adicciones y especialmente conocedores del tema señalaron entre otras cosas que la falta de una política de educación y prevención de adicciones intensa, reiterativa y operativa induce al consumo de sustancias que dañan a las personas.

 

“Estoy convencida de las ventajas que tiene la educación no solo en la información y el acceso al conocimiento, sino en la formación en valores que contribuyen a construir personalidades que ejercen sus libertades fundadas en elecciones y decisiones informadas, y conscientes de su pertenencia a una sociedad de la que forman parte a la que necesitan y que los necesita”.


Desarrollo:

Desarrollo de Software: Sistemas y Comunicaciones / José María Paz 170 / 1° Piso