Legislatura

19/05/2015

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EL PODER EJECUTIVO PROPICIA LA TRANSFERENCIA AL MUNICIPIO CAPITALINO DE UNA FRACCION DEL PARQUE CARAGUATA




El Gobernador Jorge Capitanich remitió a la Legislatura chaqueña el proyecto de ley Nº 1564/15 a través del cual impulsa la transferencia a título gratuito a la Municipalidad de Resistencia, una fracción de 16 has aproximadamente del inmueble propiedad del Estado Provincial denominado "Parque Temático Caraguatá" del Departamento San Fernando.


En la nota que acompaña la iniciativa, el primer mandatario provincial señala que esta medida “es para mitigar la falta de capacidad  de sepulturas vacantes en  el ejido municipal, preservar el  medio ambiente y la necesidad  de un adecuado ordenamiento urbano, se entiende necesaria su transferencia a efectos de destinarlo a Cementerio Municipal de Resistencia, a fin de atender el déficit actualmente existente en el Cementerio Municipal de la ciudad capital de la Provincia”, expresa a la vez que menciona que la estructura proporcionará “seguridad sanitaria y ambiental en sus instalaciones, para preservar la salud pública”.

 

Finalmente y previo detalle de la superficie total a afectar, considera que  “la actualización y profundización de políticas públicas vinculadas a la cesión de tierras es decisión del Gobierno de la provincia, entre ellas coadyuvar en la resolución de la falta de capacidad de sepulturas vacantes en el ejido municipal capitalino, preservar el medio ambiente y la necesidad de un adecuado ordenamiento urbano, hechos estos que ameritan el acto que se propicia” precisa el primer mandatario provincial.

 

Que dice el texto del proyecto

 

El texto del proyecto en el primer artículo faculta al Poder Ejecutivo Provincial, a transferir a título gratuito los derechos y acciones, de una fracción de 16 has aproximadamente de tierra, con todo lo edificado, plantado, clavado y adherido al suelo, a favor de la Municipalidad de la Ciudad de Resistencia, del inmueble cuya identificación es: Nomenclatura Catastral: Circunscripción II - Sección A - Chacra 020 - Plano De Mensura 20-20-001 - Folio Real Matrícula  1051 - Departamento San Fernando.

 

En otro artículo expresa que la superficie total a afectar tendrá una forma trapezoidal abarcando aproximadamente un total de 160 mil metros cuadrados, conformándose la misma de la siguiente manera: su primer vértice se marca en el mojón C (Coordenadas: Latitud 27°23'33.40"S; Longitud 58°58'49.90"O) de allí y en dirección no y desplazándose al Mojón D se realiza el trazado de una línea recta de 335,77 metros conformando en ese punto su segundo vértice. Desde ese punto y en dirección NE en forma perpendicular a la sección AB se realiza una línea recta de 413 metros, conformando en ese punto su tercer vértice. Allí con un ángulo interno de 20° 42' se realiza el trazado de 358,9 metros quedando conformado en ese punto su cuarto vértice. Posteriormente cerrando en dirección perpendicular a la sección CD se trazan 540 metros llegando nuevamente al mojón C., teniendo como linderos la Chacra 24 al SE y a la Chacra 97 al NE. Quedando el trazado sujeto al plano de mensura a definir por el Municipio.

 

El tercer artículo indica que el inmueble transferido por el Artículo precedente será utilizado para las instalaciones del Cementerio de Resistencia, a efectos de paliar la situación de espacios insuficientes para contener los difuntos de ese Municipio. El mismo reúne todas las condiciones de infraestructura, dimensiones y accesibilidad al estar ubicado en un lugar estratégico y de fácil acceso.

 

CAPITANICH PROPONE UN PLAN DE FACILIDADES DE PAGO PARA MEJORAR

LA RECAUDACION EN MEJORAS POR CONSTRUCCIÓN DE CAMINOS

 

El Gobernador de la provincia del Chaco Jorge Capitanich remitió el proyecto de ley Nº 1565/15, donde impulsa la modificación de los incisos 10) y 11) del Artículo 1º de la Ley Nº 597 y sus modificatorias referida a Contribución de Mejoras por Construcción de Caminos.

 

“Cabe destacar – recuerda en los considerandos - que mediante la Ley Nº 7.166, última reforma a la Ley Nº 597 se modificó el Artículo 1º de la Ley Nº 597 - Norma que establece el procedimiento a seguir para la percepción de la Contribución de Mejoras sobre la Propiedad rural beneficiada por la construcción de caminos afirmados o mejorados, construidos por la Dirección de Vialidad Nacional y/o Dirección de Vialidad Provincial, estableciendo nuevos mecanismos de determinación de la Contribución de Mejoras”.

 

“No obstante ello- sostiene -  actualmente resulta necesario redefinir algunas cuestiones relacionadas con la recaudación efectiva y oportuna, de manera de agilizar los procedimientos vigentes, las condiciones y a la vez establecer mayores incentivos al pago de contado de la deuda determinada por los conceptos en cuestión. Todo ello con el fin de posibilitar al Estado Provincial contar con recursos provenientes de esa recaudación para ser reinvertidos en mayores obras de infraestructura, que beneficiarán a toda la población de la Provincia y al mismo tiempo mejorará las condiciones para el adecuado desarrollo económico de la misma”.

 

Por ello, propone que mediante la modificación del inciso 10) del Artículo 1º de la Ley Nº 597 se propicia que la recaudación de la deuda por Contribución de Mejoras sea en cuotas mensuales y en un plazo de hasta dos años contados a partir de su confirmación. Actualmente la periodicidad de las mismas viene dada en forma semestral y el plazo es de 10 años, situación que provoca para el Estado una dilación en la recaudación de este tributo.

 

También se establece un sistema de bonificación por pago contado y por pago en cuotas “a través de la modificación del último párrafo del inciso 11) del Artículo 1º de la Ley Nº 597, se faculta al Poder Ejecutivo a establecer un nuevo sistema de bonificación por pago de contado de hasta el 40 por ciento y otro beneficio para el pago en cuotas, que según el número de las mismas variaría hasta un 30 por ciento, ambas definidas mediante Decreto del Poder Ejecutivo. Actualmente existe una bonificación de hasta un 15 por ciento por pago de contado y del 10 por ciento cuando sea cancelada dentro de los 12 meses a partir de su confirmación.

“Con estas modificaciones – explica el primer mandatario provincial - se pretende incentivar a los sujetos alcanzados por el tributo al pago de contado o en menos números de cuotas, y de esta manera poder usufructuar el contribuyente de ciertas bonificaciones, y al mismo tiempo permitir que el Estado disponga de los recursos tributarios para la profundización de sus políticas fiscales en materia de infraestructura, lo cual redundaría en un mayor beneficio para la sociedad en su conjunto”.

 

EL PODER EJECUTIVO DA IMPULSO PARA LA DONACION DEL INMUEBLE

DONDE ESTA EMPLAZADO EL COMPLEJO CULTURAL CENTRO CHAQUEÑO

 

El Poder Ejecutivo provincial envió a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley Nº 1568/15, por el cual solicita se autorice al Poder Ejecutivo a transferir en carácter de donación a la Municipalidad de Presidencia Roque Sáenz Peña el inmueble sede Complejo Cultural Centro Chaqueño-Cine Teatro Español.

 

“Resulta de vital importancia que este Complejo Cultural Centro Chaqueño sea emplazado en el predio del edificio del Cine Teatro Español, a fin de que sea recuperado para la comunidad de Presidencia Roque Sáenz Peña este emblemático espacio arquitectónico, que representa el acervo cultural de la ciudad, evitando así que se desnaturalice los fines para el que fue creado”, asegura el Gobernador Jorge Capitanich.

 

“Por su parte – sostiene - la Municipalidad asumió la responsabilidad de acompañar la gestión, colaborar y facilitar el desarrollo de las actividades culturales involucradas; posibilitando y comprometiendo a las áreas técnicas, de obras públicas, infraestructura y servicios del Municipio para que intervengan en las tareas de mantenimiento y/o reparación y/o conservación del Complejo disponiendo la intervención del personal empleado en ese municipio; y que cumplimentaría con todas las tramitaciones legales y/o administrativas que le correspondan sin obstaculizar ni demorar la transferencia del dominio del inmueble detallado”.

Asegura que “es de suma importancia dar curso a este proyecto a fin de cumplir con una deuda histórica con el pueblo de la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña y con la cultura como una herramienta de inclusión social y desarrollo de la comunidad propiciando servicios educativos y culturales locales y regionales”.

 

En ese sentido, el texto que propone como artículo 1º de la mencionada iniciativa señala que se autoriza al Poder Ejecutivo a transferir, en carácter de donación, a la Municipalidad de Presidencia Roque Sáenz Peña, el pleno dominio y nuda propiedad del inmueble sede del Complejo Cultural Centro Chaqueño-Cine Teatro Español, identificado como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 33, Parcela 05, inscripto al Folio Real Matrícula N° 16.472, del Departamento Comandante Fernández, Chaco.

 

En el artículo siguiente detalla que los gastos de escritura y protocolización que demande el cumplimiento de la presente Ley serán efectuados si cargo por la Escribanía General de Gobierno.

 

En tanto el artículo tercero establece que el Poder Ejecutivo adoptará las medidas pertinentes a los efectos de concluir la respectiva transferencia en el término de noventa días de entrada en vigencia de la presente Ley.

 


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