Legislatura

17/06/2015

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Al destacar la sanción de la ley de Juicio de Residencia





BACILEFF IVANOFF AFIRMÓ: “SE TRATA DE UN INSTITUTO ÚNICO EN EL PAÍS QUE ENALTECE LA ÉTICA Y TRANSPARENCIA EN LA FUNCIÓN PÚBLICA”


La Legislatura sancionó en particular le Ley 7602 que instaura el “Juicio de Residencia” en la Provincia del Chaco, el Presidente de la Cámara de Diputados, Dr. Darío Bacileff Ivanoff, destacó la importancia de esta nueva normativa, manifestó su complacencia y explicó que,“la misma tiene como finalidad avanzar en mecanismos de control ciudadano, que todo funcionario público que se desempeñe en cargos, electivos o no, en forma temporal o permanente, remunerada u honoraria, en el subsector 1 en el ámbito del Poder Ejecutivo y los subsectores 2, 3 y 4 correspondientes a la Ley Nº 4.787, esté sujeto a rendir cuentas de su gestión, del destino de los fondos asignados por presupuesto, a la evolución de su patrimonio personal, a cumplimentar con las declaraciones juradas de bienes personales, y a la valoración pública de su desempeño”, sin perjuicio de toda otra legislación vigente.

 

Asimismo, comentó que la sanción de la Ley  es considerada, “como una muestra de ética y transparencia en la función pública, único en el país y creo que en Latinoamérica” remarcó ampliando que tiene como fin primordial, “establecer normas y pautas relacionadas al buen desempeño, no solo en lo económico, sino en el cumplimiento de metas y objetivos en calidad de la gestión de todos los funcionarios que presten servicios remunerados o no remunerados, que constituyan una función pública, pero sobre todo brinda herramientas de control ciudadano para evitar la mala gestión  y evitar la corrupción”.

 

El Presidente de la Legislatura Provincial concluyó que, “las pretensiones de esta  Ley,  se basan en un control ciudadano, evitando actos de corrupción de los funcionarios, como también de capacidad de gestión de la cosa pública que se le ha confiado” y remarcó que, “el Estado de Derecho exige que los servidores públicos sean responsables y rindan cuentas. Pero dentro de esa rendición de cuentas los servidores de más alto grado deben hacer frente a una responsabilidad de la que los otros servidores están excluidos: la responsabilidad política, exigible precisamente mediante juicio de residencia”.


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