Legislatura

08/07/2015

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SESIÓN ORDINARIA Nº 18 ( II PARTE)





NUEVA PRÓRROGA PARA LA EMERGENCIA DE TRANSPORTE PÚBLICO


Con la sanción de la Ley 7635 de los diputados Ricardo Sánchez y Raúl Acosta se declara la prórroga de la emergencia del Sistema Provincial de Transporte Público de Pasajeros Urbano, Suburbano e Interurbano.


El diputado Ricardo Sánchezexplicó “esto ya viene con distintas prorrogas desde lo que fue la ley 5819 que había establecido la emergencia por dos años, luego con distinta legislación fuimos prorrogando sucesivamente esta emergencia hasta que con esta Ley estamos estableciendo una prórroga por el término de dos años contados a partir del vencimiento de la ley 7421”.

Detalló “los beneficios que van a tener estas empresas son por un lado hacer uso de unidades de hasta un máximo de veinte años de antigüedad, es fundamental porque sabemos que hay numerosas empresas en nuestra provincia que no pueden acceder a tener unidades de hasta diez años y esto les permite un respiro financiero importante, pero no nos olvidemos que esas unidades si bien pueden tener hasta veinte años de antigüedad le establecemos la obligación de tener el seguro obligatorio y la revisión técnica obligatoria”.

 

“Independientemente de este beneficio –agregó- estamos ratificando la exención al impuesto a los ingresos brutos, la exención al pago de la habilitación anual del parque móvil y el acceso a un régimen de facilidades de pago para la cancelación de montos adeudados al fondo provincial de transporte”.

 

La norma fue sancionada con 21 votos afirmativos y el mantenimiento en cartera del diputado Daniel Trabalón.

 

CREAN LA OFICINA DE ATENCIÓN AL USUARIO DE TRANSPORTE PÚBLICO 

 

La Legislatura sancionó la Ley 7636, iniciativa del diputado del Frente Grande Daniel Trabalón, por la que se crea la Oficina de Atención a la Persona Usuaria del Transporte Público en el ámbito de la Provincia del Chaco, mediante la incorporación del artículo 42º bis a la Ley 95.

 

El artículo incorporado crea la Oficina de Atención a la Persona Usuaria del Transporte Público en el ámbito de la Provincia del Chaco, que estará a cargo del Representante de la Persona Usuaria,  a los efectos de ofrecer a la ciudadanía un ámbito específico para atender sus reclamos y recepcionar ideas, sugerencias y propuestas con el objetivo de propender a la pronta solución de problemas concretos y mejoramiento relacionados al servicio del transporte público. Podrá peticionar a las autoridades administrativas en nombre de la persona que realiza el reclamo.

 

La Oficina de Atención a la Persona Usuaria del Transporte Público funcionará dentro del ámbito de la Sub Secretaría de Transporte que deberá garantizar los recursos necesarios para su correcto funcionamiento.

 

La reglamentación deberá establecer mecanismos de recepción de reclamos que permitan el rápido ingreso de los mismos, en forma gratuita y práctica para su acceso y en cualquier formato: escrito, telefónico, por mensajes de texto, o por correo electrónico, implementándose para tal fin una línea 0800 y un enlace en la página web. Una vez recepcionado el reclamo, deberá ser derivado a las áreas correspondientes.

 

La Oficina informará acerca del número asignado al reclamo efectuado con el que podrá efectuarse el seguimiento del mismo. El seguimiento se efectuará mediante la página web que se creará, en un apartado destinado específicamente a ese efecto, la que se pondrá en funcionamiento cuando las condiciones técnicas lo hagan posible; hasta tanto, el reclamante podrá requerir información acerca del estado de su reclamo en forma personal o telefónica.

 

De los reclamos ingresados, se llevará un registro cronológico, en el que deberán constar la fecha de ingreso, el número asignado, el área al que fuera derivado y una breve descripción de lo solicitado.

 

El diputado Daniel Trabalón destacó que “esta oficina tiene como objetivo recepcionar denuncias, criticas, propuestas que tienen que ver con el transporte público; los usuarios tienen a partir de esta oficina un espacio institucional en el marco de una ley, que establece que debe recepcionarse todas las demanda de los usuarios” y sostuvo que “esto es importante porque tiene que ver con lo que venimos recabando en las audiencias públicas que se hicieron con respecto al transporte, y una de las quejas de los usuarios es que muchas veces no hay un lugar donde hacer los reclamos y se dé una respuesta”.

 

La diputada Viviana Damilano Grivarello manifestó “siendo consecuentes con lo que venimos trabajando en esta Cámara con respecto los servicios ya sean públicos o privados, donde hemos aprobado normas y donde exigimos que cada una de las empresas tengan un lugar físico de atención personalizada, creemos que el Estado tiene que ser ejemplo y por eso un servicio tan esencial como es el transporte de colectivos tiene que tener un lugar donde la gente pueda no solo ir a reclamar sino también tener un seguimiento de sus trámites”.

“También analizamos en la comisión –observó- si esto no sería una función de quienes conducen la Subsecretaria de Transporte de organizar dentro de la Subsecretaria ese espacio, que sin duda lo están haciendo, pero lo que pretendemos es que exista una garantía de que independientemente de quien esté transitoriamente en la conducción provincial o de la subsecretaria de transporte, que los usuarios tengan ese espacio con todos los recursos que necesitan para que puedan ser atendidas sus problemáticas”.

Mencionó también que “hemos estado compartiendo con el Gobernador la entrega de la tarjeta numero 20 mil a un estudiante de Barranqueras, donde entendemos que se ha cumplido también con una demanda de muchos años de luchas de estudiantes, y de proyectos de muchos legisladores de tener el boleto gratuito”.

 

NUEVA PRÓRROGA PARA LA LEY DE EMERGENCIA HABITACIONAL

 

Mediante la Ley 7637, iniciativa de los diputados Beatriz Vásquez, Amelia Monzón, Irene Dumrauf y Néstor Sotelo, se prorroga por 120 días de la Ley 7030 de Emergencia Habitacional.

 

El diputado justicialista Néstor Sotelo explicó que “esto tiene que ver con darle cobertura, previsibilidad y seguridad a aquellas personas que aún están esperando que esta Legislatura pueda emitir algún tipo de despacho en relación a distintas iniciativas que tienen que ver con expropiaciones en distintos lugares de la provincia que están destinados para viviendas únicas”.

 

Destacó “la colaboración interpoderes que se comenzó a trabajar desde el año pasado, que la Presidenta de la Comisión de Tierras, Beatriz Vásquez, organizara junto con los fiscales que tienen distintas causas de pedidos de desalojo de estas personas, y que no encontraban una herramienta legal desde esta Legislatura para poder de alguna forma retrasar el cumplimiento de los desalojos compulsivos que se han llevado adelante”.

“Lo que pretendemos  -explicó- es que en virtud de que quedan iniciativas que se están trabajando en la comisión se prorrogue por 120 días a partir de la sanción de la presente, el artículo 6 de la 7030 ya establecía 120 días para que trabajemos los distintos temas que teníamos en la comisión de tierras, este tiempo no fue suficiente ya que hay distintas cuestiones que nos impidieron trabajar en relación a algunos proyectos que están con pedidos de desalojo, entendemos que vamos a contar con los informes correspondientes para poder brindar la respuesta a las familias”.

AUTORIZAN TRANSFERENCIA DE INMUEBLE PARA LA

CONSTRUCCIÓN DE UNA ESCUELA EN SAN MARTÍN

 

El diputado justicialista Rubén Guillón es impulsor de la Ley 7638 sancionada por la Legislatura, por la que se autoriza al IPDUV  a transferir a favor del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco, un inmueble de su propiedad, ubicado en la ciudad de General José de San Martín, destinado a la construcción del edificio propio de la Escuela de Educación Secundaria Nº 139.

 

El diputado Guillón explicó que “este proyecto de ley tiene que ver con la posibilidad de dotar de un terreno propio para la construcción de una futura Escuela Secundaria en General San Martín, creada el 11 de marzo de 2011, que cuenta con más de 280 estudiantes en horario nocturno que utilizan las instalaciones de una escuela primaria”.

 

“A partir de esto –detalló- trabajamos con las autoridades educativas y municipales, vimos un predio baldío, y a partir de allí se han iniciado los trámites formales, se halla en la Comisión
adjunto al proyecto el pedido formal del intendente Aldo Leiva respaldando esta iniciativa y el proyecto de ordenanza del Concejo que respaldó este petitorio”.


Agregó que “el predio es del Instituto de Vivienda y a partir de allí se han hecho los pedidos de informes respectivos, en la Comisión se cuenta con todos los informes pertinentes, agradezco el trabajo serio y responsable de los diputados de la Comisión de Asuntos Constitucionales y todos los diputados que acompañarán”.

 

EXPROPIARÁN TERRENOS PARA EL PASEO COSTANERO

DE LA LAGUNA FRANCIA ARGENTINA EN RESISTENCIA

 

Se sancionó la Ley 7639 de autoría del Poder Ejecutivo, por la que se declara de utilidad pública e interés social y sujeto a expropiación, inmuebles del Departamento San Fernando, que serán destinados a la ejecución de la Obra Paseo Costanero de la Laguna Francia Argentina. 

Los fundamentos que acompañaron la iniciativa explican que “la Laguna Francia Argentina es el reservorio natural de los barrios que la circundan y zonas aledañas y la misma se desarrolla de SO a NE, teniendo sus límites más notables en la Av. Sarmiento al Oeste y la Av. Italia hacia el Este.” 

Destacan a su vez, que “la citada obra contempla la construcción de camino pavimentado, bicisenda, desagües pluviales con desembocadura directa en la laguna y se complementará la obra con medidas de mitigación ambiental, parquización y dispositivos de seguridad vial.”

 

MODIFICAN LA LEY QUE REGULA GIMNASIOS, INSTITUTOS

Y OTROS ESTABLECIMIENTOS DEPORTIVOS

 

La Legislatura sancionó la Ley 7640 que modifica varios artículos de la Ley 4761 que crea el Registro Provincial de Gimnasios, Institutos y otros establecimientos de deportes, con el objeto de “adecuar la normativa vigente a las exigencias de los deportes de alto rendimiento, la importancia de contar con las instalaciones adecuadas en un centro de entrenamiento y de regular y controlar la venta de suplementos vitamínicos y otros en dichos establecimientos” según fundamentó su autora, la diputada radical Ana María Canata.

 

La norma incorpora los artículos 9 bis y 9 ter a la ley 4761 estableciendo previsiones mínimas edilicias  de los  Gimnasios, Institutos, Academias y Escuelas Privadas de Deportes o  de Actividades Físicas en sus distintas manifestaciones, entre las que se detallan: la existencia de un salón para actividades físicas; vestuario; guardarropa; servicios sanitarios; duchas; en los dos últimos casos discriminados por sexos.

 

Además, se determina que los establecimientos habilitados previstos en el artículo anterior,  deberán  poseer un botiquín de primeros auxilios ubicado en un lugar visible y de fácil acceso, conforme lo establecerá la reglamentación.                                                                                                                                                                           

 

Por otra parte, se modifica el artículo 11, el que quedará redactado de la siguiente manera: “prohíbase en los gimnasios la venta o suministro de medicamentos, bebidas alcohólicas y cualquier tipo de sustancias que contengan principios activos que modifiquen el rendimiento físico o accionen fisiológicamente sobre el organismo, salvo autorización por parte del Ministerio de Salud Pública.”

 

El artículo modificado prevé que “en caso de solicitar la autorización de venta de suplementos dietarios dentro del establecimiento, deberá tratarse de suplementos autorizados por la ANMAT y por un profesional en nutrición con título habilitante superior, o médico que será responsable de la venta de los mismos” y que “cada establecimiento deberá anunciar mediante carteles visibles que los complementos dietarios no son de venta libre en el local”.

 

Finalmente, se incorpora el artículo 11 Bis a la Ley, que establece que “el Ministerio de Salud Pública de la Provincia, será el encargado de dictar cursos de técnicas de reanimación cardiorrespiratoria y primeros auxilios, con el fin de capacitar al personal de los establecimientos. Los costos y la frecuencia de realización de los mismos serán establecidos por vía reglamentaria. Además tendrán validez, los certificados de los cursos de técnicas de reanimación cardiorrespiratoria y primeros auxilios dictados por entidades privadas o asociaciones civiles, que tengan acreditación del ministerio de Salud.”

 

En el recinto, la diputada Ana María Canata, agradeció a la Comisión de Turismo y Deporte, y a la diputada Elda Pértile “que es autora de la ley y permitió que se incorporaran estos artículos para que nuestra provincia sea pionera en lo que hace a reglamentación de gimnasios”. Observó que “es común encontrarse con venta libre de suplementos dietarios y a través de esta normativa imponemos más precaución y contar con profesionales que dictaminen sobre la utilización de estos complementos”.

La diputada Elda Pértile, destacó “como miembro de la comisión de turismo y deportes hemos participado y trabajado como lo dijo la diputada autora del proyecto, sobre este proyecto de ley que viene a complementar algunos aspectos no comprendidos y otros si en la ley, obedece a la preocupación que nos llegaba ya que hemos tenido casos de muertes súbitas, lo que en su momento dio origen a la libreta deportiva, de manera que viene a completar lo reglado en leyes anteriores”.

 

PROHIBEN EL EXPENDIO DE PURPURINA CON

COMPONENTES METÁLICOS A MENORES DE EDAD 

 

La Ley 7641 sancionada por la Legislatura en base a iniciativas de las diputadas Mira Morel y Mariana Salom, establece la prohibición en todo el territorio de la Provincia del Chaco de la venta, expendio o suministro a menores de dieciocho años de edad, de purpurina o brillantina con componente metálico.

 

La diputada Mirta Morel, destacó que “se propone la prohibición en todo el territorio del chaco la venta, expendio suministro de la purpurina o brillantina a menores y esto tiene su razón de ser habida cuenta que estos productos al ser inhalados atacan los glóbulos rojos y puede llegar a producir incluso la muerte”.


Destacó que “es de venta libre de ahí deviene el riesgo de este producto al alcances de los menores, tienen componentes tóxicos, se le adosan iones de cobre, cinc, estaños, que son tóxicos y causan en los glóbulos rojos que transportan oxígeno, un cambio de valencia y ese cambio le impide transportar oxígeno y provoca una hipoxia progresiva”.

Luis Verdún, adhirió a lo expresado por la diputada Morel y destacó que “es un instrumento muy importante para dar seguridad a los padres por el uso de la purpurina y sus consecuencias”.

INSTITUYEN EL DÍA PROVINCIAL DE LAS FERIAS FRANCAS

 

La Ley 7642 de los diputados Viviana Damilano Grivarello, Enrique Paredes, Amelia Monzón, Beatriz Bogado, Néstor Sotelo, Rubén Guillón, Mariel Gersel, Néstor Marcon y Celeste Segovia, instituye el "Día Provincial de las Ferias Francas", el 19 de noviembre de cada año, en conmemoración de la sanción de la Ley Provincial 7505.

 

La diputada justicialista Viviana Damilano Grivarello explicó que “si bien es cierto que las ferias francas se van consolidando y creciendo como forma de vida de muchas familias chaqueñas, dentro del NEA 120 municipios poseen ferias francas, en el Chaco17 municipios, Corrientes 32, Misiones 53, entendemos que si a la ley 7505 le agregamos que cada 19 de noviembre se conmemore el día provincial de las ferias francas y se realicen jornadas, actividades, conferencias, asambleas, tendientes a divulgar la actividad productiva y el interés de las nuevas generaciones de los consumidores, vamos a motivar al resto de los municipios que no han conformado sus ferias francas”.

APRUEBAN POR LEY EL CONVENIO DE DESENDEUDAMIENTO

 

La Ley 7643 sancionada por la Legislatura aprueba el Convenio de Desendeudamiento suscripto entre la provincia del Chaco y el gobierno nacional el 12 de mayo de 2015, en el marco del Programa Federal de desendeudamiento de las Provincias Argentinas.

 

La diputada Mirta Morel, explicó que se trata de una iniciativa girada por el Poder Ejecutivo con el objeto de aprobar este nuevo convenio “por medio del cual se establecen condiciones para el reembolso de la deuda contraída por la Provincia con el Gobierno Nacional a esa fecha y que fueran establecidas en la Resolución Nº 318 del 30 de abril de 2015 por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas”.

 

Señaló que “en el mes de marzo mas específicamente el 18 del 2015 esta Legislatura le ha dado sanción a la ley 7544 donde este Parlamento aprueba el convenio suscripto el 30 de enero de 2015 en el marco de este mismo programa, es importante destacar que este convenio implica nada mas ni nada menos que continuar apoyando al esfuerzo fiscal y financiero que realizan las provincias, este nuevo convenio de desendeudamiento toma la deuda de la provincia con el gobierno nacional al 31 de marzo de 2015 con condiciones de plazos de gracia para el pago de los intereses hasta el 30 de junio, se fueron corrigiendo las condiciones de acogimiento al mismo, la amortización del capital en 185 cuotas mensuales, el consecutivo equivalente al 0,54 por ciento y una última cuota al 0,10 por ciento”.

 

Agregó que “los interés también se corren porque serán capitalizables  al 30 de junio de 2015, los servicios de capital e interés vencerán el ultimo día hábil de cada mes conforme al anterior y serán pagaderos mediante la retención de los recursos provenientes de al coparticipación federal. En el entendimiento de la conveniencia y en beneficio que implica para nuestra provincia, así lo hemos entendido en la comisión de hacienda y le hemos dado despacho favorable al mismo requiriendo a los pares que puedan aprobar esta iniciativa”.


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