Legislatura

10/12/2015

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SE APROBÓ LA LEY DE LICENCIAS DE LOS LEGISLADORES





La Legislatura aprobó la Ley 7740 que establece que “en caso de otorgamiento de licencia a un diputado para el desempeño de cargo o función pública, deberá incorporarse al suplente que corresponda por el tiempo de otorgamiento de dicha licencia”.


La norma, de autoría de los diputados Pértile, Nievas, Gersel y Cáceres, señala que el suplente ejercerá sus funciones por el tiempo de otorgamiento de la licencia, y cesará en forma automática ante el ingreso del titular.

 

Luego de un prolongado debate en el recinto, la votación arrojó 16 votos por la aprobación sobre 27 legisladores presentes; los diputados Nievas, Bergia y Charole se abstuvieron, el diputado Trabalón votó la permanencia en cartera, y la oposición mocionó y votó el archivo.

 

El debate en el Recinto

 

Luis Verdúnopinó que “el proyecto en mención resulta contradictorio con las normas constitucionales en el aspecto general, pero también particular tanto en su letra como su espíritu, y por estas razones nosotros despachamos solicitando el archivo del proyecto, el Poder Legislativo está dotado de la independencia y del prestigio suficiente que le permite realizar su actividad sin quedar sujeto a presiones que desemboquen en algo que se pueda tomar como la desnaturalización de un poder del estado como el legislador y como consecuencia provocar el deterioro de su autoridad”.

“Esa independencia está garantizada y tiene carácter constitucional, en el caso concreto de las incompatibilidades, son establecidas en forma directa e indirecta, y en ciertos cargos públicos y privados, por hallarse el legislador en una situación material que repercute negativamente en la independencia de los poderes” manifestó. “Es por ello que si el Poder Ejecutivo necesita contar con ciertos asesores y funcionarios, su búsqueda debe concretarse fuera del ámbito legislativo, caso contrario se estaría afectando la independencia de nuestro Poder, el sistema republicano de gobierno, se priva al cuerpo del legislador que fue elegido por mandato popular”.

 

“Estamos tratando un proyecto de ley que requiere para nosotros una reforma constitucional, es una reforma constitucional, no es una ley común y corriente” sostuvo, y lamentó que “en esta última sesión ordinaria, última para algunos legisladores que vencen su mandato, es penoso tratar esto, cuando el conjunto de los ciudadanos chaqueños esperan el contenido de proyectos que beneficien a una sociedad toda, dejamos reserva de acudir a sede judicial si se avanza con la aprobación de este proyecto que es inconstitucional y arbitrario” advirtió.

Carlos Martínez coincidió “en toda la declaración de principios que hizo el Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, cuando la gente concurre a elecciones y vota a un Gobernador, lo vota para que sea Gobernador, cuando vota un legislador lo vota para que sea un diputado, una diputada, es decir, nadie se presenta cada 2 años en la provincia del Chaco diciendo ‘votame para gobernador para que yo sea ministro de gobierno nacional’, o se presenta a elecciones diciendo ‘quiero ser diputado’ y termina siendo ministro, no existe eso”.

 

“Respecto al proyecto quiero decir que no es cierto que lo que impide sea una costumbre parlamentaria  como dice el proyecto, lo que impide es el texto de la Constitución, es la misma Constitución que fija los mecanismos excepcionales del reemplazo del titular, la gente nos quiere ver como legisladores” afirmó.

 

“En el único caso que aparece la figura del legislador suplente, en el caso de procedimiento de desafuero, el artículo 113 –destacó- después todos los otros casos, tienen que ver con estos procedimientos excepcionales, porque si la Constitución hubiera querido que alguien se presente como legislador para irse como ministro, lo hubiera colocado”.

 

“El artículo 97 –recordó- establece la regla al respeto de la voluntad del elector, y la única excepción es el artículo 103 respecto a los suplentes en reemplazo de los diputados sometidos a desafuero, único caso de reemplazo temporario permitido.Acá si viene lo más grave, acá va a haber diputados por dos días, porque vamos a seguir y les vamos a dar licencia por motivos de cargos electivos, cuando nos encontramos ante un licencia por 15 días porqué no se va a designar un suplente, o a un diputado haga un curso de 3 meses de capacitación y que venga el suplente, cuál es el límite de legisladores suplentes”.

 

El diputado se refirió al tema de las prerrogativas parlamentarias “el suplente tiene inmunidad de opinión y el titular, subsecretario de algún lado, la tiene también porque no dejó de ser diputado; la cámara puede tener entre 30 y 50 diputados dice la Constitución, y deriva a la ley especial la renovación cada decenio, cada vez que hay un censo, es decir, ya que el que se fue como subsecretario sigue siendo legislador y el suplente también, vamos a tener 50 o cualquier número”.

 

Finalmente, destacó la presentación de un proyecto de Ley alternativo en el que se plantea “para respetar la Constitución que no permite tener diputados suplentes salvo el caso del artículo 103, entonces, proponemos a través de ese proyecto la restricción de este tipo de licencias, permitiendo que un legislador que ingrese a la Cámara de Diputados, o un Gobernador, Intendente, concejal, ejerza durante 180 días, transcurridos los cuales se le pueda otorgar licencia para ocupar un cargo, pero a los 180 días tiene que volver, sino tiene que renunciar al cargo”.

 

“Discutamos seriamente un régimen que respete la Constitución –pidió- porque hasta nos hemos olvidado que esta Cámara le puede decir no al que se quiera ir, no te autorizamos a que te vayas como ministro, como funcionario”.

 

Desde el bloque Somos Parte, su titular Roy Nikisch, coincidió: “ya las argumentaciones del interbloque están dadas. El artículo 97 de la constitución es más que claro y en el último párrafo dice: ‘el diputado que se incorporare en reemplazo de un titular completará el término del mandato de éste’”.

 

Al respecto agregó: “creo que el espíritu de la Constitución es más que claro y es por eso que el oficialismo presentó el proyecto de ley 3666/15 con fecha 11 de noviembre, hace un mes atrás, donde 14 diputados plantean concretamente la enmienda constitucional del artículo 97, es decir, la mayoría reconoce que esto tiene rango constitucional” y continuó “es decir, los 14 legisladores ratifican en los fundamentos que el art 97 impide el reemplazo transitorio. De esta manera viene subsanarse una imposición rigurosa de lo que establece la Constitución”.

 

Reiteró que “este proyecto se presentó el 11 de noviembre, luego 4 legisladores ingresan otro proyecto, con otra interpretación” y consideró “el reemplazo temporario parece desprenderse del art 100,  es decir el supuesto que se desprendería del 100 para el reemplazo temporario con una interpretación traída de los pelos”.

 

Finalmente citó “Bulak era un economista que falleció y que dijo: es interesante como en la Argentina la norma es a lo sumo una sugerencia, no es algo que hay que cumplir, con este proyecto estamos violando la constitución” afirmó Nikisch.

 

El diputado Ricardo Sánchez observó que “evidentemente hay un debate constitucional que plantea la oposición que es de sentido común y orden práctico: qué pasa cuando un diputado pasa a ocupar un cargo o función pública, se le concede o no la licencia, qué pasa con esa vacancia” y apuntó que “recorriendo el panorama nacional hemos tenido hasta situaciones contradictorias, el artículo 51 de nuestra Constitución que habla de la Cámara, establece que en caso de vacancias el Gobierno de provincia, o de la Capital, hace proceder a elección legal de un nuevo miembro”.

“Esa elección legal es una nueva elección, sin embargo, el derecho subconstitucional, es decir, la ley, fue avanzando con soluciones; en 1994 se interpretó esa norma constitucional, y se instrumentó un régimen de licencia, se podría decir que se avanzó sobre la Constitución o se interpretó, la Cámara y Senadores de la nación dijeron a través de la ley que siga el suplente de la lista” observó.

En ese sentido, expresó “no podemos aferrarnos a un artículo y decir que esta es la verdad Constitucional, sino que la Constitución es un todo armónico y ahí podemos quedarnos en el error si nos apegamos a la letra de un artículo o un pedazo del artículo. Por eso el derecho consuetudinario parlamentario dio numerosos casos de suplencias” manifestó y dio ejemplos concretos del orden nacional, al tiempo que mencionó “el reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación, que establece los permisos, en caso de producirse en caso de vacancia transitoria la Cámara incorpora al suplente quien cesará cuando se incorpore el titular, la ley de municipios establece idéntica solución”.

 

“El artículo 97 –puntualizó- habla del reemplazo definitivo, yo admito que en caso de ese reemplazo definitivo el diputado se incorpora hasta completar el término, pero no el caso de un reemplazo temporario, si incorporamos a un legislador para un reemplazo definitivo bien podemos hacer reemplazo temporario como el que está especificado en el artículo 103, porque la Constitución es un todo armónico y la interpretación debe ser completa”.

 

Irene Dumraufexpresó “no comparto los fundamentos vertidos por el Presidente de la bancada oficialista al decir que el proyecto es constitucional, creo que los diputados de mi bloque han fundamentado la inconstitucionalidad de esta iniciativa que pretende modificar la constitución provincial a través de una ley. Lo escuché cuando hizo referencia a la Constitución Nacional, al Reglamento Interno de la Cámara de Diputados, no fui abogada pero me enseñaron que en el país hay una prelación de leyes, por encima de todo está la Constitución Nacional,venir a fundamentar un proyecto de este tipo con argumentos del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados no tiene sustento”.

 

“Me parece –observó- y en esto quiero ser clara, en función de lo que se ha actuado en esta Legislatura que el proyecto anterior presentado por los legisladores justicialistas donde proponen la modificación de la Constitución es un claro reconocimiento de que no se pueden otorgar este tipo de licencias con sus reemplazos correspondientes por parte de los suplentes, no estamos equivocados en nuestra postura”.

 

Agregó “no tengo nada en contra de los diputados Nievas y Bergia que según los medios ocuparían cargos, pero no podemos sancionar una ley que apunte a satisfacer estas dos situaciones de estos dos legisladores y menos aun intentar modificar la Constitución Provincial a través de una ley, sería de una gravedad jurídica tremenda”.

 

Daniel Trabalónafirmó “me parece que es un tema muy importante y hay varias iniciativas presentadas por distintos diputados y bloques, nuestro bloque tiene diferencias con las iniciativas pero es parte de un debate más profundo, y puntualmente sobre este tema nuestro bloque no pretende hacer una interpretación de la Constitución sino una reforma de la Constitución”.


Señaló que “esta Legislatura este año perdió una oportunidad de generar un debate político de fondo sobre la reforma política con la reforma de la Constitución, nos hubiese gustado poner en debate un tema que le interesa la sociedad, además de interesarnos a nosotros, y nos hubiese gustado generar el debate sobre la reforma política donde poner en discusión y si es posible en consenso, cuál es la posición de los legisladores sobre la reelección, poner en sintonía la constitución, que el gobernador y vice tengan una vez para ser reelectos y demás cargos intendentes, y otros si reelectos indefinidamente”.

 

“Ahora estamos debatiendo esto que debería ser parte de un debate más amplio y con todos los partidos políticos y la sociedad, y como no tuvo un debate amplio y profundo entendemos que estas iniciativas debieran quedar en cartera y tener un debate mas profundo, y en esto me sumo a las palabras que han dicho nuestros compañeros diputados sobre los funcionarios que se plantean para ocupar esos cargos, comparto estas palabras, pero las leyes deben ser pensadas más allá de las personas, partidos políticos y coyunturas, el Frente Grande va a votar que esta iniciativa quede en cartera” concluyó

 

Martín Nievasaclaró “sobre un problema que plantean la temporalidad de la presentación, este proyecto de ley tiene ingreso el 24 de Noviembre, como es de público conocimiento, en lo personal he sido convocado por el Gobernador en este ofrecimiento con fecha posterior, no me animó una cuestión personal, sí se pretendió legislar sobre un tema que tenía como una laguna legislativa”.

 

“Cuando se elaboró el proyecto –señaló- tenemos tres artículos a destacar para entender la finalidad, el artículo cinco de la Constitución Nacional que establece que las provincias gozan de los derechos reconocidos, el artículo 1 de la Constitución Provincial que establece que el Chaco es autónomo, y en el art 119 inciso 1 que  es facultad de esta Legislatura dictar las leyes necesarias dictar las leyes necesarias para hacer efectivos los derechos, deberes y garantías consagrados por esta Constitución; esto como para tener en claro que en cuanto al orden normativo no hay colisión constitucional”.

“No comparto los planteos de los diputados que hablan de cuestiones constitucionales comprometidas, acaba de ingresar una legisladora en base a lo que dispone el art 97 de la Constitución cuando habla de la cesantía, remoción, destitución y en este caso por fallecimiento, la ley es clara, como es una cuestión definitiva no merece revisión, dice el reemplazo de ese legislador se va a dar por todo el tiempo que le faltaba completar el mandato, es casi de sentido común” afirmó.

 

Coincidió con “lo que decía Sánchez, nuestra Constitución tiene que ser interpretada en forma armónica, nunca pensar que el legislador previó una situación y no otras, en el art 103 el constituyente previó en una cuestión temporal, no definitiva en caso de desafuero, que venga el suplente, lo único que decimos para no poner en riesgo el funcionamiento del cuerpo que se permita la incorporación del suplente”.

 

 


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