Legislatura

10/03/2016

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PROMUEVEN LA INCORPORACIÓN DE UNA NUEVA COMISION A NIVEL MUNICIPAL





La propuesta Nº 138/16, del Diputado Rubén Omar Guillón se pretende la incorporación de la comisión “De Tierras, Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente” a la ley orgánica municipal, promoviendo de esta manera la creación de un espacio legislativo para que junto con el ejecutivo municipal puedan abordar la temática social chaqueña, que se refleja en lo cotidiano, como la ocupación pacífica de tierras, expropiaciones y desalojos, entre otros.


Fundan la siguiente iniciativa “la necesidad de establecer estructuras y mecanismos de análisis, decisión y planificación en lo que refiere a las disponibilidades de tierras -inmuebles-  para atender una gran problemática social que se repite en todas las ciudades del Chaco como es urgencia de establecer políticas públicas permanentes para  trabajar sobre la disponibilidad de tierras en los distintos municipios a fin de lograr una ocupación programada de las mismas teniendo en cuenta la necesidad de viviendas como el resguardo de espacios públicos”

 

“Urge trabajar ante la ocupación pacífica de las tierras; y a la actitud de compromiso de la gestión pública de ofrecer posibilidades y respuestas a miles de familias de limitaciones económicas para adquirir por sus propios medios, el espacio físico para construir sus viviendas y compartir sus proyectos de vida con sus familias” remarca en el proyecto el autor de la misma.

 

En cuanto a la protección del medio ambiente, Guillón expresa que “la necesidad de que los municipios legislen teniendo en cuenta el medio ambiente es prioritaria a la hora de lograr un desarrollo sostenible;es decir, compaginar desarrollo económico y conservación de los recursos naturales. Las diferentes actividades humanas que posibilitan el desarrollo económico tienen un impacto importante en el medio ambiente, razón por la cual se debe proteger, pero el desarrollo no se puede detener y debe llegar a todas las sociedades. Pero este desarrollo no debe ser únicamente de tipo económico, sino que debe ser un desarrollo en el que economía, sociedad y medio ambiente no vayan por separado”.

 

Todo ello amparado en el artículo 41 de la Constitución Nacional, el que dispone “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley”.

 

En tanto que a  nivel provincial el preámbulo afirma la necesidad de “proteger la familia, la salud, el ambiente y los recursos naturales”; estableciendo además en su artículo 19 la acción de amparo para proteger el medio ambiente, y específicamente en su artículo 38 establece que “Todos los habitantes de la Provincia tiene el derecho inalienable a vivir en un ambiente sano, equilibrado, sustentable y adecuado para el desarrollo humano, y a participar en las decisiones y gestiones públicas para reservarlo, así como el deber de conservarlo y defenderlo”.

 


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