Legislatura

11/03/2016

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PROPONEN MODIFICAR LA LEY ORGANICA JUDICIAL




La propuesta partió de la legisladora justicialista Celeste Segovia, que plasmó en el proyecto de ley Nº 432 /16 la modificación de la Ley Nº 3 - Orgánica del Poder Judicial - sustituyendo el art 2, solo el inciso a) agregando el Defensor General y a los Asesores de Menores; como así también sustituyendo el art 16 de la misma elevando a siete miembros, además del Procurador General y agrega al Defensor General, en la conformación del Superior Tribunal de Justicia (STJ).


Para atender a los gastos que demande las modificaciones que se pretende con esta iniciativa, se autoriza al Poder Ejecutivo a disponer los créditos presupuestarios correspondientes, pudiendo reasignar partidas para atender las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente Ley.

Uno de los fundamentos que la legisladora expresa para promover esta iniciativa, es la necesidad de  “adecuar la legislación vigente a los cambios operados en los últimos años” sostiene la autora.

 

Como parte de los fundamentos la legisladora sostiene que “a presente iniciativa que presento a consideración de este honorable Cuerpo encuentra su basamento en el art. 155 de la Constitución Provincial que así reza: ´El Superior Tribunal de Justicia estará integrado por el número de miembros que fije la ley, el quo no podrá ser inferior a cinco, y se dividirá en salas o cámaras de apelación con la jurisdicción y competencia que aquélla determine´. La ley la cual hace referencia el texto constitucional es la N° 3, ley Orgánica del Poder Judicial, la cual en su art. 16 consigna la cantidad de miembros del Superior Tribunal de Justicia de la provincia”, en consecuencia, afirma “es menester adecuar la legislación vigente a los cambios operados en los últimos años”.

 

Precisa que “los cargos de Defensor General y Defensor General Adjunto fueron recientemente concursados en nuestra provincia, por lo cual dejar que la ley orgánica de la justicia no recepte dichos cambios es inadmisible” y  lo mismo sucede señala “con la figura de los Asesores de Menores, los cuales han cobrado importancia supina en la administración de justicia, más aún luego de la sanción de la ley 4516, modificatoria del Estatuto del Menor de Edad y la Familia, en el año 1998”. Ahora bien, reflexiona que  “una corte provincial de cinco miembros es una enorme concentración de poder, cinco es muy poco para reflejar el pluralismo que una Corte requiere”.

 

Al respecto la legisladora cita al ex ministro de la Corte Suprema de Justicia Dr. Raúl Zaffaroni, el que oportunamente manifestó: ‘La seguridad jurídica absoluta nunca existe, pero hay que optimizarla. Y  una Corte chica no optimiza la seguridad jurídica. Sin perjuicio de que eventualmente puede funcionar bien´”.

 

Exponiendo antecedentes que hay respecto de la composición pretendida del cuerpo, en varias provincias de la Republica Argentina la diputada justicialista afirma que “la iniciativa pretende ampliar el número de ministros de la corte provincial con el objetivo fortalecer al cuerpo en su dignísima función y acelerar la administración de justicia, enriqueciendo de este modo la calidad institucional - queriendo con esta propuesta legislativa - que nuestra corte provincial con su acción sin estrépito pero eficaz, llegue a obtener que la Constitución eche hondas raíces en el corazón del pueblo” narra la autora.


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