Legislatura

30/03/2016

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ACONSEJAN LA MODIFICACION DE LA LEY POR LA QUE SE RIGE LA ATP




La legisladora Beatriz Bogado, promueve el PL 599/16, a través del cual pretende introducir alteraciones de varios artículos en la ley 5304, puntualmente en lo que es la conformación de la autoridad a cargo de la Administración Tributaria Provincial (ATP), con vistas a lograr una adecuada representación de todos los sectores involucrados en el desenvolvimiento de dicha Repartición Pública; aspecto que redundará, a su vez, en una sustancial optimización de sus condiciones de funcionamiento institucional.


Propone que la  Administración Tributaria quede “a cargo de un Directorio, integrado por un Administrador General o Presidente, quien será secundado por un Sub Administrador General o Vocal Oficial y un Vocal en representación de los trabajadores de la jurisdicción; ante la imposibilidad del Sub Administrador, quienes serán los reemplazantes legales del Administrador General en caso de ausencia o impedimento de este, y deberán además desempeñar las actividades que les sean asignadas por el reglamento interno del organismo y las que el Administrador General les encomiende” manifiesta en los fundamentos la legisladora.

 

Pretende incorporar que para el desempeño del cargo de Administrador General deberá acreditarse siete años en el ejercicio de la profesión o desempeño de una función pública y estar matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia, por su parte paraser Vocal en representación de los Trabajadores se requiere desempeñarse como personal de planta permanente con una antigüedad no menor de cinco años en el organismo y tendrá un mandato de dos años a partir de su incorporación al Directorio el que podrá ser reelecto por hasta dos periodos consecutivos, el que será designado como resultado de una elección desarrollada por y entre los empleados del organismo, por mayoría a través del voto directo y secreto. En el proceso eleccionario a dicho fin, se garantizará la participación en la supervisión a las entidades gremiales existentes.

 

En tanto que para la figura del Sub Administrador se requiere desempeñarse como personal de planta permanente con una antigüedad no menor de diez años en el organismo y acreditar cinco años de matriculación en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la provincia.

 

Para el cumplimiento del objetivo de esta norma promueve que se al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes a la  Administración Tributaria Provincial, a efectos de dar cumplimiento a las modificaciones establecidas en esta iniciativa.

 

“Estas alteraciones reconocen su origen en el ostensible desfasaje que se entabla entre el cúmulo de responsabilidades legalmente atribuidas al órgano de gobierno de la ATP, por un lado, y el carácter básicamente unipersonal asignado al mismo” expresa Bogado.

 

“Es oportuno recordar –continua- que en el Estado Provincial existen varios Organismos con similar naturaleza jurídica que la ATP, y en la totalidad de ellos que poseen funciones en recaudación y administración de recursos, exhiben como instancia de representación a un Órgano Colegiado (Directorio), en cuya integración se contempla la presencia de un representante del personal, por lo que  advertimos la plena pertinencia del cambio que se propicia en esta Iniciativa, para que el Órgano de Administración esté conformado por al menos tres personas que actuarán conjuntamente, con lo que  ninguna de ellas podrá actuar por separado, sin tener en consideración a la otra en los temas que poseen trascendencia y relevancia en el quehacer diario de las personas que desarrollan sus actividades en el organismo”.

 

Consideramos que “un número excesivamente elevado de administradores podría tornarse inconducente para el adecuado desenvolvimiento de una organización. Y que si bien no existe una única solución perfecta que se adapte a todo tipo de Organización, estimamos que la que aquí se prefigura en este proyecto de innovación, constituye una alternativa válida para la solución y eficaz encausamiento de muchas cuestiones trascendentales de la vida organizativa en relación al funcionamiento, relaciones, sociales, gremiales y jerárquicas” sostiene al concluir los fundamentos Beatriz Bogado.


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