Legislatura

07/04/2016

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DOMINGUEZ IMPULSA LA CREACIÓN DE UN ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL CHACO (ERSEPCHA)





Se trata de un Ente Regulador de los Servicios Públicos del Chaco (ERSEPCHA) en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, jurisdicción del Ministerio de Infraestructura Obras y Servicios Públicos, que tendrá carácter de organismo autárquico, con personalidad jurídica de derecho público del Estado Provincial y capacidad para actuar pública y privadamente, individualidad financiera y patrimonio propio. Se dará su organización interna de acuerdo con la presente Ley, iniciativa presentada por el diputado radical Hugo Domínguez (vicepresidente segundo de la Legislatura) a través del PL 1011/16.


El Ente tendrá como cometido la regulación de todos los servicios públicos que se presten en el territorio provincial, con excepción de los de carácter nacional y los municipales que no excedan el ámbito de un solo municipio. Quedan comprendidos en la jurisdicción del ERSEPCHA los servicios de transporte público y el control de las concesiones de obra pública, inclusive las viales, plantea la iniciativa que además faculta al Poder Ejecutivo para incorporar otros servicios públicos a dicha jurisdicción.  Tendrá su sede en la ciudad de Resistencia y podrá establecer delegaciones regionales cuando así lo requiera el mejor ejercicio de sus funciones.

 

LA función reguladora del ERSEPCHA comprende el dictado de la normativa regulatoria, el control y aplicación de sanciones, la solución de conflictos entre las partes del sistema, el estímulo de la calidad y eficiencia de los prestadores y la aplicación de los incentivos relativos a la actividad regulada, de conformidad con las políticas sectoriales.

 

En cuanto a las competencias tendrá las siguientes: a) Cumplir y hacer cumplir la presente Ley y sus reglamentos, como así también las normas reguladoras. b) Realizar la inspección y el control del cumplimiento de las obligaciones derivadas de los títulos habilitantes de los prestadores y, en particular, de los servicios que éstos presten a los usuarios. c) Aplicar a los prestadores las sanciones previstas en los títulos habilitantes. d) Resolver las controversias que se susciten con motivo de la prestación de los servicios regulados e) Desarrollar acciones destinadas a mejorar la calidad y eficiencia de los servicios; entre otras.

Las competencias precedentes deben ser ejercidas de modo que no obstruyan indebidamente la gestión de los prestadores ni la elección, por parte de éstos, de los medios que consideren más adecuados para cumplir con sus obligaciones.

 

Plantea un Directorio de seis (6) miembros nombrados por el Poder Ejecutivo. Los miembros del Directorio deberán observar los mismos requisitos que para ser Diputado Provincial y durarán cinco años en sus funciones, siendo reelegibles por una sola vez. Dos (2) de los miembros del Directorio serán nombrados a propuesta de cada uno de los partidos políticos de oposición al Poder Ejecutivo que cuenten con mayor número de legisladores en la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco. Un (1) miembro será designado a propuesta de las Asociaciones de Usuarios.

La remuneración de los miembros del Directorio será establecida por el Poder Ejecutivo y deberá tener un nivel acorde con la responsabilidad e idoneidad propia de sus funciones.

El proyecto de ley contiene 14 artículos.

Como parte de los fundamentos el legislador plantea que “a semejanza de los principales países desarrollados del mundo occidental, la creación de organismos de regulación y control en la Argentina y en las provincias ha sido consecuencia de la puesta en práctica de los derechos ciudadanos (art. 42 de la Constitución Nacional, art. 47 de la CP) en el uso de los servicios públicos, ya sean éstos oficiales, permisionados o concesionados a particulares”. “Con ese fin y debido a la necesidad de crear organismos que  preservaran el interés público, la continuidad, calidad, eficiencia y demás rasgos que resguarden los derechos de los usuarios de los servicios públicos se propone la creación del Ente Regulador de los Servicios Públicos del Chaco (ERSEPCHA)” sostiene Dominguez.

 


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