Legislatura

11/04/2016

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LIVIO GUTIERREZ PROPICIA LA CREACIÓN DE ESPACIOS DE LACTANCIAS EN ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA




Se trata del PL 1074/16 presentado por el diputado del bloque Cambiemos Livio Gutierrez a través del cual propicia la creación de espacios para la lactancia, en organismos de la Administración Pública Provincial, donde desarrollen sus tareas mujeres con hijos lactantes comprendidos entre los 0 y los 2 años de edad, a fin de que puedan extraer su leche y conservarla durante el horario laboral.


Gutierrez afirma que “este proyecto de ley tiene por finalidad salvaguardar los derechos de la mujer en período de lactancia otorgando a las madres un espacio digno y adecuado que permita extraerse su leche y conservarla durante las horas que permanezca en su lugar de trabajo”.

 

El “Espacio para la Lactancia” – explica - está pensado para todas aquellas mujeres que trabajan en un ámbito público, de modo tal que “cuenten con un lugar seguro para la extracción de la leche materna, en condiciones de higiene, comodidad y respeto de su privacidad y  el lactario cuenta con una heladera que permite la conservación de la leche materna hasta la finalización de la jornada laboral.

 

Considera que “Amamantar no es un privilegio, es un derecho”, de este modo “se generan las condiciones de igualdad para que la vuelta al trabajo no sea un impedimento para la continuación de la lactancia de las mujeres trabajadoras”.

 

“La presente iniciativa propicia expresar beneplácito ante el inicio de la implementación de los ´espacios amigos de la lactancia´, promovidos por el Ministerio de Salud de la Nación y en la provincia aprobado por Resolución 631/2015” remarca el legislador que además asegura que “esto ha sido el resultado de las recomendaciones de la Organización Panamericana de la Salud, que además sugiere la inclusión de esta temática en la agenda de las paritarias, todo ello en el marco de la Ley Nacional 26873 de Promoción y Concientización Pública sobre la Lactancia Materna” señala Livio Gutierrez.

 

A los fines de la presente ley, - dice la iniciativa - se entiende por espacio para lactancia el ambiente acondicionado para que las madres trabajadoras extraigan su leche durante la jornada laboral y amamanten a sus hijos si así lo decidieran.

 

Los espacios para lactancia son ambientes acondicionados a tal fin, con las siguientes características: a) Un área privada y cómoda, que permita a las madres trabajadoras la posibilidad de extraer su leche y/o amamantar a sus hijos. b) Mobiliario adecuado a fin de brindar comodidad a las lactantes y una heladera para uso exclusivo de la leche materna. c) Un lavabo para facilitar la higiene antes y después de la extracción. d) Cartelería y folletería informativas sobre métodos de extracción y conservación de la leche materna y beneficios del amamantamiento.

 

La autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Salud y será éste ministerio quien debe acordar acciones con todos los organismos públicos relativos a la promoción de la lactancia materna y brindar capacitación e información que facilite su extracción y conservación bajo normas técnicas de seguridad.

 

Finalmente la iniciativa invita a adherir a los municipios de la provincia a la presente ley, a efectos de fomentar, aplicar y controlar su instrumentación en el ámbito de su competencia.

 

 


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