Legislatura

24/05/2016

-

Diputado radical Livio Gutiérrez – del interbloque Cambiemos – presentó dos Proyectos de Ley




La propuesta partió del diputado radical Livio Gutiérrez – del interbloque Cambiemos – que presentó el PL 1917/16 a través del cual impulsa se instituya el subsidio denominado "Cuarto Mes de Licencia por Maternidad" que consiste en la extensión de la licencia ordinaria por maternidad contemplada en la legislación vigente, por un período de un mes a contar desde la finalización de dicha licencia.


Para ello propone que son sujetos de derecho, en el marco instituido por la presente Ley, las mujeres trabajadoras en relación de dependencia del sector privado -debidamente registradas- que presten servicios de manera efectiva, en forma normal y habitual en la Provincia del Chaco, regidas por la Ley Nacional Nº 20744 -de Contrato de Trabajo-, por la Ley Nacional Nº 26844 -Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares- o por leyes, convenios colectivos o estatutos especiales.

 

Quedan incluidas en las disposiciones de la presente Ley las mujeres madres que tengan licencia por maternidad, ya sea por alumbramiento o por adopción, que residan de forma habitual y permanente en la Provincia del Chaco.

 

Para acceder al beneficio, plantea que “la trabajadora puede acceder al subsidio "Cuarto Mes de Licencia por Maternidad" debiendo solicitar licencia sin goce de haberes por un período de treinta días corridos inmediatos posteriores al vencimiento de la licencia por maternidad que le acuerda la Ley de Contrato de Trabajo o la prevista en el convenio colectivo de trabajo o en el estatuto especial que rija la relación. También puede acceder al subsidio cuando hiciere uso de las opciones que le otorgan los incisos b) o c) del artículo 183 de la Ley Nacional Nº 20744 o las que en su caso prevean el convenio colectivo de trabajo o el estatuto especial que rija su relación laboral.

 

Gutierrez considera en los fundamentos que “la constitución de una familia es un objetivo muy preciado por muchos trabajadores”, sin embargo, “el embarazo y la maternidad son épocas de particular vulnerabilidad para las trabajadoras y sus familias”. “Las embarazadas y las madres en período de lactancia requieren una especial protección para evitar daños a su salud o a la de sus hijos, y necesitan un tiempo adecuado para dar a luz, para su recuperación y para la lactancia”.

 

La presente iniciativa encuentra fundamento “en la importancia de otorgar igualdad de oportunidades entre mujeres madres en el marco de la protección a la maternidad y la niñez. Así como en la necesidad de brindar protección al embarazo acorde al reconocimiento de los derechos sociales y laborales de la mujer y su perspectiva actual, nacional e internacional” precisa Gutiérrez.

 

Proponen sea obligatorio botones antipánico en las líneas de transporte de pasajeros

 

Se trata de un PL 1676/16 presentado por el diputado Livio Gutiérrez  que fue girado a la Comisión de Industria y Transporte del Poder Legislativo que propone la implementación y funcionamiento de un sistema de alerta georreferencial, conocido como “botón antipánico” que permite “localizar y asistir a todas las unidades de transporte de pasajeros en situación de emergencia” argumenta. Dicho elemento contará con un grabador de sonido y voz que se activará de manera automática al pulsarlo. El dispositivo de alerta “podrá ser empleado como medio de prueba en el proceso judicial en el cual fuera requerida su aplicación” señala el legislador.

 

La iniciativa plantea en su articulado que se declare la obligatoriedad de la instalación del dispositivo denominado botón antipánico, en todas los líneas de transporte de pasajeros autorizadas por el Estado Provincial que presten servicios en el territorio de la provincia del Chaco.

 

El proyecto además señala que las empresas de transporte público de pasajeros que necesiten autorización del Estado Provincial para funcionar, deberán instalar sistemas de seguridad en sus unidades que permitan el monitoreo satelital y control posicional en tiempo real cuando sean operadas por los conductores de dichas unidades.

 

La propuesta indica que será la autoridad de aplicación de la presente ley, la Secretaría de Seguridad Pública de la Provincia, la que deberá establecer la creación de Centros de Control y Monitoreo necesarios para poder localizar las unidades que posean el dispositivo de alerta y prestar el servicio de auxilio y protección a las mismas. Además plantea que la Provincia garantizará la entrega en forma inmediata y gratuita de los dispositivos de alerta con conexión directa al Centro de Control y Monitoreo correspondiente.

 

Asimismo se faculta al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio 2016, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley. También se invita a los Municipios que tengan servicio de trasporte público de pasajeros a adherir a la presente ley.

 

Gutierrez afirma que “con este dispositivo ayudamos brindando una herramienta de comunicación y protección efectiva al generar conciencia colectiva de compromiso y de responsabilidad ciudadana para disminuir y erradicar las situaciones de inseguridad en la provincia”.

 

 

 

 


Desarrollo:

Desarrollo de Software: Sistemas y Comunicaciones / José María Paz 170 / 1° Piso