Legislatura

01/06/2016

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INCORPORAN PERMISO REMUNERADO POR CITACIÓN JUDICIAL AL ESTATUTO DEL DOCENTE





La Ley 7805 sancionada por el Poder Legislativo incorpora a los permisos remunerados contemplados en el Estatuto del Docente, la causal de “citación judicial”. La norma, impulsada por la diputada Ana María Canata, establece que “el docente tendrá derecho a un permiso remunerado cuando sea citado por el Poder Judicial, la misma se justificara mediante certificado expedido por la autoridad correspondiente”.


La autora de la iniciativa destacó que “esta modificación que hacemos al estatuto docente viene a corregir un vacío legal respecto de las citaciones legales que constituyen una carga pública” y explicó que “el proyecto tiene una pequeña modificación que fue consensuada a partir de una sugerencia del Ministerio, que es que esta falta del docente sea certificada después que prestó declaración, es decir, después de haber ido a cumplir su carga pública”.

 

Carlos Martínez, por su parte, se refirió al alcance de la norma para el personal titular, interino y suplente, y observó que “el que conoce el estatuto sabe que este tema fue una zona gris en los establecimientos porque en algunos casos o en la mayoría de los casos el docente tenía que utilizar una de sus inasistencias, y tanto titulares, interinos y suplentes tienen una cantidad de días en el año en los que pueden justificar su inasistencia, y de ellos los suplentes tienen solo tres”.


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