Legislatura

14/09/2016

-

OTORGARON CARACTER ALIMENTARIO A LOS HONORARIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES





El parlamento chaqueño respaldó la iniciativa del diputado Hugo Domínguez, al sancionar la ley Nº 7864 cuyo objeto es otorgar carácter alimentario a los honorarios profesionales de abogados y procuradores, los que tendrán preferencia en el cobro, y además establece que será de aplicación una tasa de interés activa, para ello se reformó la ley 2011, “de facto”.


Durante el tratamiento de la norma el legislador argumentó que “lo dispuesto se fundamenta en que los honorarios constituyen el salario de los abogados” además consideró que  “el abogado, con actividad parcial o totalmente independiente, requiere que se remuneren sus servicios de manera justa, acorde incluso a los aumentos de sueldos que rigen para los trabajadores en relación de dependencia, ya que de otro modo, se encontrarían en una situación de desigualdad. Más aún, tiene la obligación legal, social y moral de pagar alimentos y no podría cumplir con sus obligaciones si careciera de su medio de vida”.

Domínguez sustentó el proyecto en jurisprudencia, y  derecho comparado nacional que  han otorgado el carácter alimentario a los honorarios de abogados, toda vez que constituyen el medio de subsistencia de ellos y sus familias.  Al respecto citó que “en el Chaco el Superior Tribunal de Justicia adhirió  también a ese criterio, sosteniendo que  ‘dable es mencionar la naturaleza alimentaria del honorario de los abogados entendido como la contra prestación directa de su labor personal, habiendo la jurisprudencia postulado la categoría alimentaria del estipendio al señalar,  la necesidad de percibir salario es imprescindible’”.

En la misma norma se modificó la tasa de interés aplicable, la que será activa teniendo en cuenta también el criterio de la justicia chaqueña, que ha dicho que la tasa pasiva no cubre la indisponibilidad del crédito de la actora durante la mora, lo cual frustra la función reparadora de la legislación civil, y no siendo razonable su aplicación corresponde desecharla y aplicar la tasa activa, que se ajustaría según la tasa del Banco de la Nación Argentina, con el objetivo de “preservar y proteger los honorarios profesionales, un derecho de propiedad de los abogados, y es por ello que resulten coherentes con la labor desarrollada por aquellos, que corresponde que la tasa de interés aplicable sea activa”.

 

El autor de la iniciativa, Hugo Domínguez, agradeció “a la Comisión de Legislación General, a las abogadas Aselle y González, miembros del Consejo de Abogados quienes trabajaron con esta propuesta junto conmigo, que tiene que ver con reconocer el salario de los profesionales que tienen como salario su trabajo, su tarea, es el pan que llevan a su casa, así como los trabajadores públicos, los profesionales tienen la necesidad que el cobro de los honorarios sean una prioridad”.

 

El diputado Ricardo Sánchez felicitó al autor del proyecto y observó “qué bueno que un Ingeniero se acuerde de nosotros” agregando que la iniciativa “establece algunas cosas que la jurisprudencia venía otorgando pero es bueno que lo tengamos en la ley”.


Desarrollo:

Desarrollo de Software: Sistemas y Comunicaciones / José María Paz 170 / 1° Piso