Legislatura

16/11/2016

-

Incorporan la bandera Wiphala a las banderas de ceremonias de uso en escuelas e instituciones chaqueñas





INCORPORAN LA BANDERA INDÍGENA WIPHALA A LAS BANDERAS DE CEREMONIAS DE USO EN ESCUELAS E INSTITUCIONES DE LA PROVINCIA

Mediante la sanción de la Ley 7912  promovida por el diputado Orlando Charole, junto con Néstor Marcón (mc) y Clide Monzón (mc), se incorporan los artículos 3º, 4º y 5º a la ley 6781; y se dispone que todas las instituciones educativas de la Provincia, incorporen dentro de sus Banderas de Ceremonias a la bandera de los Pueblos Originarios denominada "Wiphala" como parte de los símbolos de nuestra provincia.

La norma encomienda al Poder Ejecutivo que a través del Ministerio de Educación Cultura, Ciencia y Tecnología, se extienda los alcances de la presente y su valor como símbolo de hermandad, a cada establecimiento educativo, social, deportivo y cultural, e impulse políticas socio-educativas por las cuales se debata y profundice el tema con la comunidad.

Asimismo, se establece lo previsto en la norma para los actos oficiales del Poder Ejecutivo, como así también para las sesiones y actos oficiales que se efectúen en el Poder Legislativo y Judicial.

El diputado Orlando Charoleagradeció el tratamiento de la iniciativa y brindó detalles sobre la norma, al tiempo que explicó los orígenes de la bandera Wiphala y destacó “la idea de la Wiphala es tener una representación que nuclee a todos los indígenas en toda Sudamérica”. 

Livio Gutiérrez, expresó el acompañamiento del bloque de la UCR y señaló “es un símbolo que tiene que estar”.

Su compañera de bancada, Claudia González, coincidió con lo expresado por el diputado Charole y señaló “es un reconocimiento que se nos hace que flamee en las escuelas y en las instituciones, y significa mucho para nosotros como pueblos preexistentes”. Agregó “me llena de orgullo ver flamear en el recinto esta bandera que nos representa a los pueblos indígenas, agradezco a los hermanos diputados”.

El diputado Luis El Halli Obeid señaló que “los colores de la Wiphala no son caprichosos, de los siete colores de esta bandera me gustaría rescatar el color violeta que representa lo que es la política y sobre todo la armonía, esas dos palabras que conjuga este color le dan un significado especial”.

El diputado Raúl Acosta observó que esta enseña tiene varias interpretaciones, “esta bandera representa a los dueños de la tierra, los indígenas despojados de sus tierras, cultura, hasta de sus nombres, es algo terrorífico lo que hicieron los blancos colonizadores, apoyar esta bandera es rendir homenaje a esas culturas”.

Ricardo Sánchezcelebró la sanción de la norma y recordó “ya teníamos la ley 6181, lo que hacemos con esta modificación es llevar adelante la cuestión protocolar y que se integre en los establecimientos; es una lucha de los pueblos originarios y con esta modificación aportamos a la revalorización de nuestros pueblos originarios”.

 

REGLAMENTAN PROCEDIMIENTO DE VISU MÉDICO Y REQUISAS DE PERSONAS TRANS EN EL SERVICIO PENITENCIARIO Y DE READAPTACIÓN SOCIAL

Impulsada por la diputada justicialista Celeste Segovia, se sancionó la Ley 7913 donde se establece el procedimiento de visu médico y requisas de personas trans en el ámbito del Servicio Penitenciario y de Readaptación Social de la Policía  de la Provincia del Chaco, con la finalidad de asegurar y garantizar el trato digno, resguardando la privacidad, intimidad y confidencialidad de la persona y en lugar acondicionado a tal fin.

Este procedimiento se aplicará a los establecimientos dependientes del  Servicio Penitenciario y de Readaptación Social de la Policía de la Provincia del Chaco. La ley considera persona trans, a aquellas cuya vivencia interna e individual acerca  de su género  no se corresponda  con el sexo asignado al momento  del nacimiento. Esto puede involucrar, o no, la modificación de la apariencia o función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos  o de otra índole, siempre que sean libremente escogidos. Además incluye otras expresiones de género, o toda otra construcción cultural,  como la vestimenta, modo de hablar y modales.

El visú es una práctica independiente del procedimiento de control, dirigida a evaluar, según el caso, el estado de físico y sanitario de las personas detenidas. Se llevará a cabo por personal médico del Servicio Penitenciario y de Readaptación Social o de la Dirección de Medicina Legal dependiente de la Policía de la Provincia del Chaco.

El procedimiento deberá respetar los siguientes lineamientos: Será efectuado por personal médico, capacitado en atención de personas trans y solo en la cantidad necesaria para llevar a cabo la práctica. Se cumplirá en lo posible, por personal médico de  la identidad de género que prefiera la persona sujeta a examen. Se realizará en un lugar acondicionado a tal fin. Su acceso deberá ser ininterrumpidamente filmado desde el exterior mientras dure el procedimiento y el registro fílmico deberá ser adecuadamente reservado.

En el procedimiento se garantizará a la persona un momento de intimidad para que se retire sus ropas de vestir y se coloque la bata médica, se explicará a la persona a revisar el objeto del procedimiento.

La norma detalla otras formalidades para la realización del procedimiento siempre de acuerdo a los objetivos previstos, y establece precisiones en cuanto a traslados, los derechos que asisten a la persona de rechazar la práctica, el procedimiento en caso de requerirse atención y derivación, las requisas y el procedimiento de control y registro.

La norma abarca también cuestiones referidas al alojamiento y traslados de personas trans y lo pertinente a la aplicación de la normativa.

La diputada Celeste Segovia precisó que “se trata que la policía y del servicio penitenciario respete esta guía y este protocolo que surge del resultado de este habeas corpus que se ha presentado en marzo del 2016 en la Argentina y que queremos replicarlo en la provincia del Chaco; es un instructivo que no existe a nivel mundial, ni a nivel regional, con esta sanción el Chaco es nuevamente precursor en materia de legislación, en materia de promoción y protección de los Derechos Humanos de las personas trans”.

Además “se establece también que el contenido de esta ley debe ser aplicable y capacitarse a la policía, a los agentes penitenciarios y también darse una amplia difusión a los colectivos trans”.

Segovia comentó que la iniciativa surgió de “escuchar a las diversas necesidades que nos platean estos colectivos cuando las personas que están en una situación de vulnerabilidad como las personas trans, son sometidas a veces a vejaciones, a tratos indignos”.

“Con esto – aseveró – creemos contribuir con el fortalecimiento de la democracia y a los cambios de paradigmas en cuanto a los protocolos de actuación de las fuerzas de seguridad”. Al respecto la legisladora argumentó: “tengo entendido que por  parte del Servicios Penitenciario de la Provincia ya se están capacitando y se está tratando los protocolos de actuación con respecto a las personas trans”, en consecuencia, “nos quedaría por parte del Poder Legislativo poder avanzar en una temática y un proyecto de ley que respeta los paradigmas de Derechos Humanos, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y los requisitos y lineamientos básicos que ha marcado la jurisprudencia a nivel nacional con respecto al tratamiento de las requisas y al procedimiento de visu médico que es el examen médico de las personas detenidas que sean del colectivo Trans”. “Todo esto en post de contribuir a un fortalecimiento de los Derechos Humanos en la provincia y aportar nuevamente a los colectivos que son minoritarios pero que necesita de la protección y promoción del Estado” remarcó la legisladora.

El diputado del Frente Grande, Daniel Trabalón, sumó el acompañamiento, y valoró la iniciativa que “tiene que ver con la ampliación de derechos y un reclamo de un sector excluido, marginado, es importante que existan iniciativas de este tenor en las legislaturas”.

 

CREAN POR LEY LA PAGINA WEB “AGENDA CULTURAL CHACO”

El parlamento chaqueño sancionó con fuerza de ley Nº 7914 –a instancias de la diputada Ana María Canata-  la creación de una página web “Agenda Cultural Chaco,” para la promoción de todos los eventos culturales, entendiéndose por tales, aquellos cuyos características están encuadradas en los términos de los artículos 1, 2 y 3 de la ley 6255- Ley Provincial de Cultura- que se programan en  los Centro culturales, espacios u organismos públicos o privados, dedicados a la cultura en todas sus formas dentro de la Provincia.

La norma establece que la página web deberá dar circulación a la información de los espectáculos culturales en toda la provincia, la cual contendrá todos los datos necesarios para el usuario, como  la organización, dirección, hora,  costos, reservas y todo otro dato que sea de interés.

La autoridad de aplicación será el Poder Ejecutivo, a través del organismo que determine en la reglamentación de la presente, el cual deberá relacionar en dicha página los centros, espacios u organismos públicos o privados, con actividades afines a la expresión cultural, se invita además a los Municipios de la provincia a adherir a la presente.

Finalmente establece que el Ejecutivo Provincial reglamentará la presente ley en un plazo de 90 días, a partir de su promulgación.

La diputada Ana María Canata agradeció a la Comisión de Educación por el trabajo realizado para dar despacho a la iniciativa, y destacó “nuestra provincia tiene expresiones culturales en lo autóctono, artístico, en diversas actividades, y es importante contar con esta agenda, como una herramienta para difundirlas”.

 

INSTITUYEN EL 19 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO DÍA DEL NARRADOR

ORAL CHAQUEÑO EN HOMENAJE A DON LUIS LANDRISCINA

Fue tras sancionar la ley 7915 que instituye como “Día del Narrador Oral Chaqueño” el día 19 de diciembre de cada año, en homenaje a Don Luis Landriscina, ciudadano chaqueño y artista, de trayectoria nacional e internacional. La autora fue la diputada peronista Celeste Segovia y tuvo el acompañamiento unánime del Parlamento chaqueño.

Segovia resaltó la figura de Landriscina haciendo gala de sus aptitudes personas y calidades artísticas. “En la República Argentina, en ejercicio de precisión, tenemos un epígono ilustre, una personalidad autorizada y un artista excepcional, dueño de una cultura vernácula, propia de un argentino y un suramericano, de genio nacional: Luigi Landriscina, tal su verdadera identidad; conocido por el seudónimo de Luis Landriscina” señaló.

“El paisano, nativo de Colonia Baranda, cuya fecha de nacencia es el 19 de Diciembre de 1935, representa al arquetipo del Narrador Oral, por excelencia, de la cultura nativa y rioplatense” continuó para luego destacar que desde 1964, año de su debut en el Festival de Cosquín, como integrante de la delegación de la provincia del Chaco, donde obtiene el Premio Revelación y el Premio Camín Cosquín, “por primera vez, en la historia coscoína, en la categoría de cuentista”.
Continuó mencionando sus logros para recordar el Premio Consagración; “y, desde entonces, su carrera es una parábola de vigencia a través de dos siglos que lo erigen leyenda viva en el corazón del pueblo argentino”. “Fiel a su coherencia e identidad, Landriscina se autodefine como un “narrador de usos y costumbres”, género integrador y superador del humorista y cuentista convencionales. Posee, además, una obra fonográfica (37 discos), fílmica (10 películas), televisiva (12 programas unitarios) y escrita (7 libros), donde testimonia su condición de narrador de manera indiscutida y elocuente”.

Segovia luego reseñó sus reconocimientos institucionales: “el Doctorado Honoris Causa, por la Universidad Nacional del Nordeste (Resolución 1529, del 20 de Septiembre de 2006), la Mención de Honor Domingo Faustino (25 de Noviembre de 2010),y el Premio a la Trayectoria Artística, el primero en su entrega; ambos, otorgados por el Senado de la Nación Argentina, respectivamente”.
“Sus premios – continuó - constelan al Santa Clara de Asís de Oro y cuatro más de la institución; San Gabriel; cuatro Premios Martín Fierro; Prensario; Estrella de Mar; Broadcasting; Argentores; Konex; Club de Leones y Club de Rotarys (Premio Puente General Manuel Belgrano); Círculo de Plata y Orden del Quebracho, del Chaco, entre varios”.

Detalló luego que “tres escuelas una biblioteca y una plazoleta de la Provincia fueron bautizadas con su nombre; el salón de actos en Santa Ana, Uruguay y el escenario itinerante de la Asociación Argentina, en Miami, llevan, también, su nominación”

“Por los méritos y lauros que exceden éste fundamento y cuyo epitome sustantivo es su estirpe y linaje de criollo, sincrético y universal”, la legisladora solicitó el acompañamiento para  establecer el 19 de Diciembre, onomástico de Luis Landriscina, como el Día del Narrador Oral Chaqueño. “Considero, desde mi responsabilidad de legisladora, un acto de justicia con un hombre que honra con su humilde grandeza y su grandeza de humildad a la cultura y la historia de los chaqueños y argentinos, en plenitud de consideración” concluyó Segovia al argumentar en el recinto.

 


Desarrollo:

Desarrollo de Software: Sistemas y Comunicaciones / José María Paz 170 / 1° Piso