Legislatura

18/11/2016

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Martínez propone una enmienda constitucional para que un joven que adquirió la mayoría de edad a la fecha de la elección pueda ser diputado




Así lo presentó el diputado Carlos Martínez del bloque Libres del Sur en el proyecto de ley 4714/16. “Con esta enmienda pretendemos establecer como requisito para ser diputado el haber adquirido la mayoría de edad a la fecha de la elección con el objeto de garantizar a los jóvenes su participación en la actividad política y social en nuestra provincia, promoviendo así la inclusión y la democratización como una política de fomento a la participación de los jóvenes”. Además “guarda coherencia con lo que establece la Constitución Provincial en el Art. 191 cuando fija como requisito para ser electo concejal o intendente el haber adquirido la mayoría de edad al momento de la elección” fundamenta el legislador.


“Creemos necesaria una propuesta como esta – asegura - ya que una cuestión central de la actividad política y social en nuestra provincia es que la participación de los jóvenes, por lo general, cuenta con un mínimo nivel de institucionalización, lo que representa un preocupante desconocimiento del rol de los jóvenes como promotores de cambios sociales”. Además, “si un ciudadano puede ejercer el derecho a votar a los 16 años, tal como se estableció por enmienda constitucional en el año 2013, no vemos dificultad alguna para que una vez que es alcanzada la mayoría de edad pueda ser candidato a un cargo legislativo” plantea Martínez.

El texto de la iniciativa en el artículo primero señala: “En ejercicio del Poder Constituyente Reformador que habilita el artículo 212 de la Constitución de la Provincia del Chaco 1957-1994, sancionase la enmienda del artículo 98 inciso 2, Sección Tercera – Poder Legislativo – Capitulo I- Cámara de Diputados - requisitos para ser diputados, el que quedará redactado de la siguiente manera: requisitos para ser diputados

Artículo 98: Para ser diputado se requiere: 1. Ciudadanía natural en ejercicio o legal después de cuatro años de obtenida. 2. Haber adquirido la mayoría de edad a la fecha de la elección. 3. Ser nativo de la Provincia a tener tres años de residencia inmediata en ella.

Actualmente la Constitución Provincial establece en el artículo 98, apartado 2) “Tener 25 años de edad como mínimo, a la fecha que deba incorporarse al cuerpo”.

Martínez abona más razones en los fundamentos expuestos señalando que “nuestra propuesta no hace más que reconocer una realidad ya que son muchos jóvenes los que ocupan actualmente y con gran éxito, espacios sociales significativos, ya sea como miembros de movimientos y organizaciones sociales, ambientalistas, artísticos, sindicales, proyectos de ONG, entre muchos otros; esto demuestra el rol activo y de progreso comunitario que poseen y que son capaces de desempeñar”. “Los amplios niveles de participación juvenil en las diferentes estructuras muestran como las nuevas generaciones han asumido el compromiso con su tiempo y están dispuestas a participar de las decisiones que marcan a fuego el rumbo del país y de la provincia”.  No obstante, “aquel sector de la sociedad cuenta con una escasa representación en términos cuantitativos, los jóvenes no se sienten representados por la franja etaria de los candidatos, a quiénes no consideran un par”.

“El rol de la juventud no solo quedaría en la ejecución, acompañamiento, militancia y asistencia, a partir de esta medida los jóvenes podrás ser quienes elaboren las propuestas de políticas públicas, la formulación, coordinación y ejecución de especificas políticas de juventud, el abordaje con una perspectiva diferente de los temas referidos al desarrollo social, el trabajo, la empleabilidad, la juventud rural, respetando sus peculiaridades, vivienda, la educación, la cultura, la violencia, la salud, etc” consigna.

Considera además que “existe un esfuerzo generalizado en la sociedad para ampliar los espacios de participación social y la juventud se ha destacado en todos estos espacios, ya no veremos a los jóvenes como personas en de transición hacia la madurez sino como actores centrales en el devenir histórico”.  “Esta visión heterogénea dentro de la Legislatura nos va a permitir ampliar la diversidad y receptar también las reformas sociales desde otra perspectiva, ya que los jóvenes tienen distintas formas de percibir, abordar y construir en el mundo, lo que, en definitiva, nos brindará un panorama diferente para afrontar los problemas que enfrentan los jóvenes y de otros temas relacionados con ellos, desde sus propias herramientas teóricas y prácticas para lograr conquistas sociales reconociendo su potencial transformador. En consecuencia, abogamos por la inclusión política de los jóvenes ya como protagonistas en las discusiones de los temas que los incumben para, de este modo, colaborar activamente en el proceso de desarrollo del Chaco. Promover la integración de los jóvenes a la actividad política, no solo debe ser una cuestión social o cultural, es un incentivo que ellos merecen no solo para profundizar su participación, sino para ser verdaderos protagonistas y actores sociales” son parte de los argumentos expuestos por el legislador del bloque Libres del Sur.

 


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