Legislatura

05/04/2017

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La Comisión de Seguimiento de Juicio de Residencia elevará informes al Cuerpo Legislativo





La Comisión Especial de Seguimiento Legislativo de Juicio de Residencia se constituyó el día de hoy, tras un cuarto intermedio, con la presencia de sus integrantes Irene Dumrauf, Elda Pértile y Ricardo Sánchez, con la asistencia técnica del secretario  Dario Gamarra, y continuaron con el análisis  de los expedientes que fueron girados desde la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, y decidieron elevarlos a consideración del Cuerpo Legislativo.

La legisladora justicialista Elda Pértile destacó la constitución de esta comisión y comentó que vienen con sucesivas prorrogas, “ya que faltaban envíos de expedientes por parte de la Fiscalía  de Investigación Administrativas, porque a cargo de este organismo se realiza un  trabajo minucioso, en preparar los informes”. “El día de hoy estaban terminados siete informes, de los que emití mi dictamen, y  con mi único despacho salió de la comisión ya que estos  informes estaban terminados” precisó.

En ese sentido anticipó que “solicité que estos informes, con los respectivos expedientes, se pongan en conocimiento de todo el Cuerpo Legislativo en el día de hoy”. La Comisión había pasado a cuarto intermedio y detalló que fue “justamente para poder alcanzar a ingresar los expedientes en la sesión del día de la fecha, por lo que le pedí al secretario que ingrese en el día de hoy por mesa de entradas” señaló Pértile.

 “Se analizaron informes de siete ex funcionarios que cumplieron con su obligación y que no tuvieron ningún tipo de observaciones de la ciudadanía, por lo que son  los informes que se van a poner en conocimiento del  Cuerpo” recalcó la legisladora que integra la comisión.

La ley 7602, por la que se crea este Instituto –Juicio de Residencia- determina que el mismo será instaurado a fin de que todo funcionario público, que se desempeñe en cargos, electivos o no, en forma temporal o permanente, remunerada o honoraria, una vez concluido su mandato o producida la cesación en sus funciones, estén sujetos a rendir cuentas de su gestión, del destino de los fondos asignados por presupuesto, de la evolución de su patrimonio personal, a cumplimentar con las declaraciones juradas de bienes personales y a la valoración pública de su desempeño.

 


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