Legislatura

28/04/2017

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GUTIERREZ PROPONE QUE SE INSTALE UNA PLACA IDENTIFICATORIA EN SISTEMA BRAILLE EN TODOS LOS EDIFICIOS PUBLICOS




El legislador radical Livio Gutiérrez, ingreso a la Legislatura provincial el proyecto de ley 1903/17, por el que aconseja que se instale una placa identificatoria en Sistema Braille en el ingreso de todos los edificios públicos del Gobierno provincial, situados en el territorio de la Provincia o en otro lugar, donde aquel tenga su representación.


La placa identificatoria, deberá contener el nombre del edificio; domicilio y horario de atención al público; la propuesta además plantea la invitación a los municipios a adherir al contenido de la presente Ley.

“Desde 1825 –recuerda Gutiérrez-  las personas ciegas y las personas con baja visión pueden utilizar un sistema de puntos en relieve, herramienta válida y eficaz para leer, escribir, componer, entre otras actividades. El sistema Braille no es un idioma, sino un alfabeto y por él pueden representarse las letras, los signos de puntuación, los números, la grafía científica, los símbolos matemáticos, la música, entre otros”.

La propia Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, sostiene que “a fin de garantizar que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados deben adoptar medidas pertinentes,” y en su artículo 9 se estipula que se deberá ‘dotar a los edificios y otras instalaciones abiertas al público de señalización en Braille y en formatos de fácil lectura y comprensión’”.

El autor relata que “la accesibilidad al medio físico es un derecho a ejercer por todas las personas en igualdad de condiciones y equiparación de oportunidades, es por ello, debemos insistir en la toma de conciencia de las personas con discapacidad, como sujetos titulares de derechos; y de esta manera se pretende alcanzar nuevos niveles de bienestar general, estableciendo disposiciones destinadas a satisfacer la accesibilidad y la utilización por todas las personas de los espacios libres de edificación y en los locales de uso o concurrencia de público, sean estos del dominio público o privado”

También observa que “la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo constituye el primer instrumento amplio de Derechos Humanos del Siglo XXI, en ella se adopta una amplia clasificación de las personas con discapacidad y se reafirma que todas las personas con todos los tipos de discapacidad, deben poder gozar de todos los Derechos Humanos y libertades fundamentales” sostuvo Gutiérrez.

En las fuentes mencionadas “se precisa cómo se aplican a las personas con discapacidad todas las categorías de derechos y se indican las esferas en las que es necesario introducir adaptaciones para que las personas con discapacidad puedan ejercer en forma efectiva sus derechos y en las que debe reforzarse la protección de los derechos”

Gutiérrez destaca además “las Naciones Unidas ha señalado que se calcula que actualmente hay 650 millones de personas que viven con discapacidad en el mundo. Si se incluye a los miembros de sus familias, el número de personas directamente afectadas por la discapacidad asciende a alrededor de 2.000 millones, casi un tercio de la población mundial” menciona las estadísticas Gutiérrez.

Por su parte “la Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha estimado que existen 85 millones de personas en América Latina que viven con discapacidad, estimando que sólo un 2% encuentran respuestas a sus necesidades”

En nuestro país “existe un 7,1% de personas con discapacidad permanente (motrices, sensoriales, mentales y viscerales), la Ley Nacional 22.431 y sus modificatorias fijan el marco de la protección integral de los discapacitados, y por la ley 25.280, adhirió a la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad y mediante la Ley 26.378, adhirió a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”

Finalmente destaca que “en el ámbito provincial, nuestra Constitución en el art. 35 establece “…El Estado garantiza la prevención, asistencia y amparo integral de personas con discapacidad, promoviendo una educación temprana y especializada, terapia rehabilitadora, y, la incorporación a la actividad laboral y social en función de sus capacidades…” y en el mimo sentido “la Ley 6477 y sus modificatorias, que instituye un régimen integral de protección para las persona con discapacidad que les asegure el ejercicio de sus derechos en condiciones igualitarias a las de todas las personas”

 

 

 

 


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