Legislatura

21/09/2017

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Damilano acompaña solicitud del Defensor del Pueblo chaqueño de amparo y medida cautelar sobre clausura de ramales y levantamiento de vías




Así lo expresó la diputada justicialista Viviana Damilano Grivarelo a través de la presentación del proyecto de resolución 4293/17 a través del cual manifiesta acompañamiento a la presentación de la Defensoría del Pueblo de la Provincia, ante la Justicia Federal, del amparo y medida cautelar contra el Poder Ejecutivo Nacional y el Ministerio de Transporte, solicitando la inconstitucionalidad y la nulidad de los actos administrativos del Decreto Nacional N° 652/2017, que arbitrariamente habilita al Ministerio de Transporte de la Nación a clausurar ramales ferroviarios y el levantamiento de vías.


En otro punto expresa preocupación por la falta de respuestas a las acciones administrativas, Actuación Simple E47-2017-560-A y E47-2017-556-A, en las que el Instituto del Defensor del Pueblo, solicitó a SOFSE delegación Chaco, que informe los motivos de la interrupción del servicio ferroviario de transporte de pasajeros del tren metropolitano en la provincia y plazo estimado de reanudación.

Finalmente, - y de aprobarse la iniciativa -, pide sea remitida copia protocolar al Defensor del Pueblo del Chaco, Dr. Gustavo Corregido.

Damilano, en los fundamentos de su propuesta apoya y acompaña la medida tomada por el ombudsman provincial que presentó una acción de amparo y una medida cautelar contra el Poder Ejecutivo Nacional y la cartera de transporte.

Describe que el 14 de agosto el Poder Ejecutivo Nacional suscribió el decreto en cuestión que “delega en el Ministerio de Transporte de la Nación la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias”. Además “establece que los rieles, durmientes y aparatos de vías que se resuelva remover quedaran en poder de la Administración de Infraestructura Ferroviarias Sociedad del Estado”.

“El Defensor del Pueblo del Chaco – continúa - sostiene que en base a la ley 27.132, queda claro que la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de carga es declarada de interés público nacional, lo que radica en el interés común de la sociedad, que es facultad del Congreso de la Nación. Por ello remarca que el Decreto 625/17 es claramente inconstitucional por atribuir al Poder Ejecutivo una facultad exclusiva del Poder Legislativo nacional”. “Además del amparo, Corregido pide que cautelarmente se ordene al Poder Ejecutivo que se abstenga de proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones ferroviarias en lo que respecta a la Provincia del Chaco”.

Además y como parte de los argumentos esgrimidos por el Defensor señala que “las leyes en las que se basa el decreto cuestionado no expresan puntualmente que la facultad de clausurar ramales en forma definitiva corresponda al Presidente de la Nación”. Sin embargo y “a pesar de ello, el Poder Ejecutivo se arroga la potestad de delegar en el Ministerio de Transporte el cierre definitivo de los ramales, sin fundamentos, sin determinar cuáles serían los mismos y fundamentalmente sin estar autorizado al levantamiento de la infraestructura ferroviaria”.

En ese sentido, “Corregido destacó que esta es otra acción del Poder Ejecutivo Nacional que no contempla a los chaqueños como parte del país, al amenazar la continuidad del sistema ferroviario”, cita la legisladora que toma estos argumentos del Defensor del portal “Chaco Día por Día”.

 

 

 

 

 

 


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