Legislatura

01/11/2017

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Sin el respaldo del Interbloque Cambiemos la Legislatura rechaza el fallo que suspende el juicio político a la Jueza Lucas





Con 18 votos de los bloques Justicialista, Libres del Sur y Concertación FORJA se aprobó la resolución 5148/17, de autoría del diputado Hugo Sager, por la que se expresa “rechazo al fallo dictado por el Juez Titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 23 de la Primera Circunscripción de la Provincia del Chaco, el cual hace lugar parcialmente a las pretensiones esgrimidas por la Ministro del Superior Tribunal de Justicia, comprometida en Juicio Político ante este Poder Legislativo, al extinguir el proceso iniciado ante la Sala Acusadora, Expte. Nros. 485/16 y su acumulado 523/16, dado la imparcialidad, inconsistencia argumentativa e irracionalidad interpretativa de la normativa vigente en la que se funda”.


La resolución resalta “que el fallo judicial vislumbra favoritismo en claro perjuicio hacia los intereses de toda la sociedad chaqueña; una justicia inequitativa y arbitraria, no es justa, y por lo tanto, no cumple con el fin del derecho, además, de atentar contra las funciones propias de cada Poder del Estado”.

El tema fue planteado en el Recinto como cuestión previa al tratamiento de la alteración del orden del día, por el diputado Ricardo Sánchez, quien señaló que “lo resuelto por Lavenas considero que agravia a todo el Poder Legislativo mas allá de la posición a favor o en contra respecto a si la Dra. Lucas debe o no continuar en su cargo en el STJ”.

“El fallo ordena la extinción de los procesos de juicio político y, adentrándose en cuestiones civilistas en los plazos, ordena la extinción y por ende el archivo del expediente, seguramente esta es una cuestión que va a volver a tener una revisión judicial a través de la cámara de apelaciones y en atención a la apelación de nuestra Legislatura, corresponde en mi carácter de Presidente de la Comisión Investigadora hacer algunas consideraciones sobre este juez que no dudo que anduvo por los andariveles del prevaricato, incumplimiento de deberes y por ende en la casual de mal desempeño” sostuvo.

“Si bien es cierto que el proceso de juicio político tiene rasgos de proceso jurisdiccional, el trámite no es un juicio en sí mismo, y se halla sujeto a disposiciones regladas en la Constitución y en la Ley que reglamenta” señala, “el Dr. Lavenas en este fallo trae conceptos civilistas cuando el Código de Procedimiento Civil nada tiene que ver con el caso en tratamiento, donde las normas son la Constitución Provincial, la ley aplicable al caso y supletoriamente el código de procedimiento”.

“Creo que estamos en presencia de un fallo gravísimo para la independencia de los poderes de esta provincia” afirmó, y se refirió al argumento esgrimido en la sentencia en relación con los plazos que según el Dr. Lavenas tendría la Legislatura para dictaminar, observando que “a la luz de esta sentencia este era un proceso de juicio político destinado a la extinción, porque semanalmente teníamos planteos presentados por la Dra. Lucas que merecían resoluciones o no le resolvemos nada, hacemos caso omiso a los planteos y dictaminamos en 90 días, o hacemos lugar a los planteos y queda extinguido el plazo a los 90 días” cuestionó.

“Entonces, que un juez termine ordenando la extinción de un juicio político que debe tramitarse en este ámbito y llevarlo al ámbito de la justicia como juez superior es arrogarse atribuciones que no le corresponde, y más aun, ordenar el archivo, donde está claro que desde el debate constitucional y las vivencias del juez como convencional constituyente, no había dudas sobre las prorrogas que no solo estaban justificadas sino constitucionalmente determinadas” justificó.

Finalmente, recordó que “Lavenas fue Presidente de la comisión investigadora durante su función como diputado provincial, y en aquél momento solicitaba las mismas prórrogas en otros procesos de juicio político en una cuestión constitucional que hoy como juez deniega, y resulta gravísimo, desde el punto de vista de facultades que le están vedadas, en un proceso que tenía un respeto absoluto al derecho de defensa de la Dra. Lucas”.

El diputado del Interbloque Cambiemos, Gustavo Corradi, señaló: “todos los que estuvimos participando como miembros de la Sala Acusadora y miembros de la Comisión Investigadora, sabemos de los planteos interpuestos por Lucas, quien en forma precisas y circunstanciadas hizo oposición a las prórrogas, decíamos que se prorrogaban términos que no nos correspondían ya que el artículo 124 es taxativo”.

Sobre el fallo aclaró “en la acción de amparo iniciada por Lucas, tiene cuatro pretensiones: que se decrete la caducidad del juicio político, se declare la nulidad de lo actuado desde el vencimiento, se deje sin efecto la denuncia y archivo de las actuaciones, y se declare el sobreseimiento de la Dra. Lucas; la sentencia lo único que hace es admitirla parcialmente, decreta la caducidad porque se determinó que el plazo de 90 días pasó ampliamente”.

Por otra parte, señaló que “el señor Denis, el denunciante, si la Legislatura o Fiscalía de Estado no apelaban la sentencia, se podría presentar nuevamente para que se realice el proceso, es decir, lo único que establece la sentencia es la extinción del proceso, mañana podría venir el Sr. Denis y se constituirían las salas, pero no lo puede hacer porque la Fiscalía de Estado y la Legislatura apelaron la sentencia”.

Hugo Sager, titular del Bloque Justicialista, hizo referencia a la resolución y sostuvo “no creo que este cuerpo pueda quedar sin dar una respuesta a lo actuado por el juez Lavenas, en ese sentido, nosotros vamos a sostener y apoyar lo planteado por el diputado Sánchez, porque se está violentando un derecho y una obligación que tiene esta Cámara sobre los juicios políticos, vamos a insistir en la aprobación de esta resolución y no obsta a continuar con el proceso por vía legal que correspondiera”.

“En virtud de la gravedad del tema que convocó a este juicio político, no olvidemos el sentido que originó esto, algo por el cual esta Cámara autorizó al Ejecutivo un endeudamiento para afrontar un pago de más de dos mil millones de pesos, creo que para con los ciudadanos del Chaco tenemos la responsabilidad de utilizar todos los elementos que están en la Constitución para continuar con este proceso” aseguró.

El diputado radical Livio Gutiérrez, señaló: “nuestro bloque fue claro cuando se notificó el amparo, quiero explicar una cuestión, no es que la Dra. Lucas ganó un juicio, resolvió el Juez, acá hay un amparo, el Juez le corrió traslado a la Legislatura y tomó una resolución, y hay un trámite de apelación pendiente, no es que hubo una sola persona, estamos en un proceso bilateral donde cada parte fue escuchada, el juez dio razón de la caducidad del plazo y esto fue apelado por las partes y se somete a otra jurisdicción judicial”.

“Hay resguardo del debido proceso hay bilateralidad en ese amparo, y por lo tanto, la resolución así como está expresando repudio o preocupación está anticipada al resultado judicial al que está sometida esta cuestión” sostuvo.


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