Legislatura

09/08/2018

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Chaco adhirió a la Ley Nacional de regulación y promoción para la producción y uso sustentable de biocombustibles




El Ejecutivo Provincial promovió la sanción legislativa Nº 2877-R por la cual Chaco quedó adherida a la Ley Nacional N° 26.093, que establece el Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentable de Biocombustibles.


 
 
 
La norma declara de interés provincial la producción, la inversión en investigación y desarrollo, el procesamiento y uso sustentable de biocombustibles.
 
 La autoridad de aplicación será designada por el Poder Ejecutivo conforme lo establece la Ley de Ministerios, normas reglamentarias y complementarias.
 
Será competencia de la autoridad de aplicación: Promover y controlar la producción y uso de biocombustibles. Establecer las normas de calidad y seguridad a las que deben ajustarse los proyectos destinados a los fines de esta Ley. Establecer los requisitos y condiciones necesarias para la habilitación de las plantas de producción y mezcla de biocombustibles, resolver sobre su calificación y aprobación y certificar la fecha de su puesta en marcha. Realizar auditorías e inspecciones a las plantas habilitadas para la producción de biocombustibles a fin de controlar su correcto funcionamiento y su ajuste a la normativa vigente. Crear y llevar actualizado un registro público de las plantas habilitadas para la producción y mezcla de biocombustibles, así como un detalle los beneficios otorgados a los mismos. Suscribir convenios de cooperación con organismos públicos, privados, mixtos u organizaciones no gubernamentales. El Estado Provincial, ya se trate de la Administración Central, de organismos descentralizados o autárquicos, deberá implementar programas de utilización de biocombustibles dentro de su órbita, en los porcentajes que determina la Autoridad de Aplicación.
 
Respecto de la Habilitación Ambiental Provincial determina que “Sin perjuicio de la habilitación otorgada por la autoridad nacional, la Provincia del Chaco, a través del Ministerio de Planificación, Ambiente e Innovación Tecnológica deberá otorgar habilitación ambiental sobre las plantas autorizadas a funcionar, para lo cual tendrán las siguientes funciones:  Aprobar el Estudio de Impacto Ambiental. Informar al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos acerca del tratamiento de efluentes y disposición final de residuos. Realizar inspecciones periódicas a las plantas habilitadas a los fines previstos en el presente artículo.
 
Los proyectos de radicación de industrias de biocombustibles en el territorio provincial que, además de las exigidas en la presente, reúnan las condiciones del artículo 13 de la Ley Nacional N° 26.093, gozarán por un plazo de 7 años de las siguientes exenciones impositivas:
 
a) Impuesto sobre los ingresos brutos, en cuanto se refiera en forma exclusiva a operaciones comerciales derivadas de la actividad objeto de promoción.
 
b) Impuesto de sellos, cuando el mismo se encuentre a cargo de la empresa, en los actos y tramitaciones inherentes a la actividad del establecimiento promocionado.
 
c) Impuesto inmobiliario, cuando corresponda, respecto de los inmuebles afectados a la actividad específica, promocionada por la presente Ley.
 
d) Cualquier otro impuesto, tasa, contribución o gravamen que se establezcan en la Provincia, con fecha posterior a la promulgación de la presente y siempre que grave la actividad promocionada.
 
Además se faculta a la autoridad de aplicación para prorrogar, una vez vencido el plazo de 7 años, por un período o más, consecutivos o no de un máximo de 2  años cada uno de ellos, las exenciones impositivas cuando existan probadas situaciones en que el otorgamiento de dicha prórroga contribuya a evitar un deterioro en los intereses provinciales, como consecuencia de cambios de políticas o condiciones de mercado que pongan en riesgo la sustentabilidad y permanencia de la industria en nuestra Provincia.
 
Los establecimientos industriales que en el marco de esta ley se radiquen en la provincia del Chaco, gozarán de los beneficios establecidos en el régimen de promoción industrial dispuestos por ley 937-I, antes 4453, que podrán ser extendidos en concordancia con la prórroga que establezca el Ejecutivo Nacional para el régimen regulatorio establecido por ley 26093
 
Toda infracción a la presente Ley y a las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten, será sancionada en forma acumulativa con: Caducidad total o parcial del beneficio otorgado Restitución de los impuestos provinciales no abonados en función de la presente ley. La autoridad de aplicación impondrá las sanciones del inciso a) conforme a procedimiento que determine la reglamentación Para el supuesto del inciso b) y demás aspectos tributarios, será competente la Administración Tributaria Provincial.
 
La presente ley tendrá vigencia mientras rija, en el orden nacional, el Régimen de Promoción para la Producción y Uso Sustentable de Biocombustibles, regulado por la Ley Nacional Nº 26.093.
 
Se invita a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones de la presente ley, y a extender y disponer las exenciones impositivas y beneficios propios de sus jurisdicciones, para la promoción, producción, procesamiento y uso sustentable de biocombustibles.
 
Por último determina que la presente Ley deberá ser reglamentada por la autoridad de aplicación, en el término de 90 días corridos desde la promulgación de la presente.
 
Argumentos del Ejecutivo Provincial
 
El gobernador Domingo Peppo, fundamentó que “dicha norma entiende como Biocombustibles al bioetanol, biodiesel y biogás, que se produzcan a partir de materias primas de origen agropecuario, agroindustrial o desechos orgánicos, y que cumplan los requisitos de calidad que establece la autoridad de aplicación; por lo que la misma tiene como fin último, incentivar y apoyar proyectos que contribuyan a la conservación del medio ambiente; y que además ayuden a hacer más eficientes las distintas cadenas de producción relacionadas, ya que los granos destilados para la producción de biocombustibles, denominado burlanda, pueden ser utilizados como alimento para el ganado a corral, comúnmente llamado feedlot”.
 
Y agregó “por lo expuesto  y considerando lo prescripto en los Lineamientos parar el Plan de Gobierno 2015-2019, del Gobierno del Pueblo de la Provincia del Chaco que determinó que: “…se desarrollarán proyectos, a través de financiamiento y exenciones fiscales, orientados a transformar las distintas materias primas que se producen en la provincia en productos para el consumo humano, animal, bioenergía, o en bienes dirigidos al mercado de consumo local, regional e internacional. Se profundizará de esta manera el desarrollo industrial y el proceso de agregar valor en origen promoviendo la articulación con los distintos eslabones de las cadenas productivas, la incorporación de nuevas tecnologías y la participación de profesionales que aporten conocimientos...”, se considera necesaria la sanción de una Ley Provincial por medio de la cual se proceda a la Adhesión a la Ley Nacional 26.093, tal como lo hicieron las Provincias de Salta (Ley Provincial Nº 7675), Buenos Aires (Ley Provincial Nº 13719), Santa Fe (Ley Provincial Nº 12691) y Córdoba (Ley Provincial Nº 9397), entre otras; y en la cual se incorpore, un régimen de beneficios impositivos, para las inversiones comprendidas en la mencionada Ley Nacional, y que complemente los beneficios ya incluidos en la Ley Provincial de Promoción Industria Nº 937-I y sus modificatorias”.
 
Por otra parte reconoció que “la Provincia necesita redefinir su matriz productiva hacia otra con mayor diversidad sectorial, sustentabilidad, competitividad internacional y generación de empleo para aprovechar nuestra competitividad en la producción sustentable de commodities agropecuarios. A la base de una agricultura sustentable es necesario agregarle una industrialización inteligente basado en la transformación de lo “biológico”.
 
Destacó que “la base productiva esta y ello lo demuestra las estadísticas de la campaña agrícola de nuestra provincia de los cultivos de girasol, maíz, sorgo, soja, trigo, dejando de ser una región marginal para convertirse en una provincia con potencial agrícola pero necesita agregar valor en origen a los productos obtenidos de la producción agropecuaria, para generar más puestos de trabajo en la sociedad chaqueña y dejar de ser simples proveedores de tierra del sector exportador ya que en el sector Este-Oeste se encuentran todas las empresas agroexportadoras en carácter de acopio”.
 
Por ello es necesario la intervención del Estado Provincial a través de un marco regulador mediante la adhesión a la Ley Nacional de Biocombustibles N° 26.093 que otorga un régimen promocional para la producción y uso sustentable de biocombustible como así también beneficios desde el punto de vista impositivo que constituyen incentivos a la producción del mismo dando valor a los granos en origen y evitar que lo lleven como grano a los puntos de extracción logística (Puertos, Ferrocarril y Rutas).
 
El titular del Bloque Justicialista Hugo Sager, señaló que “durante varias oportunidades en esta legislatura nos hemos pronunciado en generar condiciones para que la materia prima que se produce en el Chaco, que cada vez es mayor, tenga valor agregado para generar empleo y que el capital social que es lo que buscamos se incremente a partir de la dignidad del trabajo”.
 
“Es necesario que la provincia adhiera a la ley,  en la necesidad de dar una respuesta a muchos pequeños productores que hoy, utilizando incluso instrumentos algunos de ellos producidos en sus propias chacras están transformando materia prima en biodiesel”.
 
Destacó que la Ley nacional “tiene un régimen promocional para estimular la producción” y observó: “entendemos que de acuerdo a la aplicación que se está haciendo en el país, la ley fue de suma utilidad, hoy la república Argentina tiene un problema energético y un límite en la producción de combustibles líquidos a partir de elementos orgánicos y la extracción es más difícil y más cara, y existe el problema del fracking que además de ser caro hace daño al medioambiente”.
 
“Planteamos que desde nuestra a provincia se produzca el bioetanol, biodiesel, biogas, y se incorporen como matriz energética” sostuvo y relató: “un grupo de pequeños productores que viene trabajando con el grupo CREA ya están consumiendo con producción propia pero necesitan hacerlo en escala e incorporarlo al circuito comercial”.
 
Aurelio Díaz, legislador del Partido Obrero, señaló: “desde nuestro bloque consideramos que está bien la orientación, podemos ver que en el Chaco vienen 30 mil litros de alcohol a la planta de YPF en Vilelas, pero planteamos que vaya a cartera por las excepciones impositivas, hoy lo hacen los pequeños productores pero mañana ya no van a ser pequeños productores, por lo que planteamos la vuelta a cartera para discutir este punto”.
 
El legislador del interbloque Cambiemos, Livio Gutiérrez, señaló: “lo único llamativo del proyecto es que esté 12 años esta ley y recién se trate en este Recinto, nos quedamos cortos en los fundamentos, no solo sirve para pequeños productores, hay un grupo de empresarios grandes que van a generar mano de obra, sobre todo en Pampa del Infierno con una propuesta de 1 millón de dólares de un grupo de empresarios”.
 
“El Chaco necesita tener valor agregado en origen” señaló e insistió “demoramos como provincia en adherir, pero en todo lo que signifique promover empresas, generar empleo van a tener el acompañamiento de nuestro bloque”.
 
El diputado Juan Manuel Pedrini, consideró “este es un proyecto que me genera contradicciones, por un lado es bueno por la creación de empleo, por otro, con tanta hambre preferiría que la industrialización de los granos en el Chaco sea para alimento y no para combustible, porque el alimento es insustituible, hay muchas otras formas de conseguir combustible; desde el punto de vista de la justicia distributiva este es un disparate”.
 
Liliana Spoljaric, coincidió en parte con Pedrini  y recordó “el crecimiento de exportación de granos – de maíz, trigo, algodón – que salen de nuestra provincia sin valor agregado para generar empleo genuino que hace falta en nuestra provincia”, sin embargo, valoró que “hay interesados que pueden instalarse en nuestra provincia y los productores que pueden producir su propio biocombustible, en otro contexto tenemos que trabajaran en leyes para poner valor agregado a nuestra materia prima”.
 
La norma se aprobó con 25 votos positivos y el voto en cartera del diputado Díaz


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