Legislatura

26/06/2019

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Panzardi destacó el avance chaqueño en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes ante situaciones de abusos sexuales




La Legislatura chaqueña sancionó la declaración de Emergencia Provincial en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes ante situaciones de abusos sexuales a través de la Ley 3023-G, sancionada por unanimidad en la última sesión Ordinaria, autoría de la diputada Claudia Panzardi, con iniciativas similares agregadas de sus pares Hugo Sager y Liliana Spoljaric.


La autora del proyecto Claudia Panzardi, coincidió en señalar que “esta iniciativa de ley surgió de un trabajo conjunto y de una solicitud de la Dra. Paola Benítez, directora del servicio integral de atención a niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia en el Hospital Pediátrico”.

“Uno se conmueve ante la cantidad de casos –lamentó- se cuentan entre 2014 y 2018, 1046 casos atendidos, en lo que va del año 2019 tienen en tratamiento 146 casos de niños abusados sexualmente, es un tema muy duro, muchos no quieren hablar pero es una problemática que no podemos desconocer”.

“La urgencia y la emergencia radica en la dificultad que tienen de acceso a la justicia, tan solo el 1 % de los casos llegaría a la justicia” sintetizó, “lo que se busca es que tanto las víctimas como los testigos puedan tener la protección debida y los que perpetren los crímenes tengan el castigo que corresponde”.

“Es un tema difícil de abordar, muy extenso, es poco lo que podemos hacer desde la Cámara pero no podemos seguir negando y brindando esta herramienta al Poder Ejecutivo, para dar y coordinar de la mejor manera todo el servicio que brindan, sería muy bueno que quienes pudieran se acercaran al Hospital Pediátrico y vean el trabajo que llevan que es digno de destacar y merecedor de nuestro esfuerzo” manifestó instando a involucrarse con esta problemática.

La nueva normativa declara la Emergencia Provincial en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes ante situaciones de abusos sexuales y embarazos forzados detectados, por el termino de 2 años a partir de su entrada en vigencia, y establece la prioridad de adoptar medidas de políticas públicas basados en los principios de calidad, equidad, eficiencia que permitan la prevención y detección de situaciones de abusos sexuales y embarazos forzados.

Entre los objetivos de la ley está articular la corresponsabilidad interministerial entre todos los integrantes de equipos de salud, de la comunidad educativa, de los organismos del sistema de protección de derechos de niñas, niños y adolescentes, de Seguridad Pública y operadores de diversos ámbitos del sector público, la prevención y la responsabilidad de dar respuestas a las necesidades y demandas de quienes han sido víctimas de abusos sexuales.

Asimismo, apunta a fortalecer los mecanismos existentes en la Provincia del Chaco para detectar y atender todos los casos que lleguen a conocimiento; definir programas y  actividades conjuntas para la promoción del  no abuso sexual infantil” en toda su población; y facultar a los distintos estamentos gubernamentales, a fijar o establecer lineamientos y condiciones, para el cumplimiento de la ley.

También establece como finalidad de la norma, el de implementar y reforzar campañas de capacitación dirigidas al personal que se desempeñen en las áreas de competencia con la finalidad de mejorar la atención y el asesoramiento a la víctima y de otorgarle importancia prioritaria a estas denuncias; y promover la participación efectiva de las organizaciones sociales y su permanente capacitación en la temática. destinada al real cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño, la Constitución Nacional, la ley nacional 26.061 y la provincial 2086-C de Protección y Promoción de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes”.

Finalmente, incluye en sus objetivos el dar tratamiento interdisciplinario ante cada situación, evitando la revictimización; y el de confeccionar indicadores y estadística en materia de abuso sexual y embarazos forzados.

El Poder Ejecutivo deberá disponer como parte de la organización y estructura de los Establecimientos de la red sanitaria de cada Región en la que se encuentra dividida la provincia, la afectación de efectores de la salud, tales como médicos, pediatras, enfermeros y psicólogos especializados o capacitados en la materia, con destino a la implementación de un Servicio de Atención Integral al Niño, Niña y Adolescentes Víctima de violencia –SAINNAVV- cuya dirección, coordinación y monitoreo estará a cargo del SAINNAVV con sede en el Hospital Pediátrico “Dr. Avelino L. Castelán”.

En la reglamentación de la ley se deberá organizar la articulación dinámica, eficiente y de coordinación entre el SAINNAVV, la Región Metropolitana y de las delegaciones dependientes de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, y los diversos operadores de toda la provincia involucrados en esta temática, con el fin de operativizar esta ley.

En cuanto al financiamiento, la ley faculta al Poder Ejecutivo de la Provincia del Chaco a ampliar las partidas presupuestarias destinadas a los ministerios de Salud Pública y Desarrollo Social para la concreción de la presente normativa.

 


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