Legislatura

03/06/2020

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Pérez Otazú busca proteger a trabajadores de la salud, sancionando con arresto, multa o trabajos comunitarios a quienes los maltraten u ofendan




Desde el Bloque Frente Integrador la diputada Clara Pérez Otazú impulsa la modificación al Código de Faltas de la provincia, incorporando el artículo 68 bis de “Malos Tratos contra personal de Salud” con el fin de adecuar la ley a las nuevas realidades sociales y sancionar a quienes ejerzan maltratos u ofensas al personal de salud, durante y después de la pandemia.


Si bien esta propuesta legislativa N°804/2020 surge en el marco de la Pandemia por Covid-19 “la que evidenció nuevas formas de contravenciones, que atentan contra la sana convivencia social, y alteran las normas básicas de conductas sociales, con actitudes y comportamientos totalmente reprochables, por lo que quedó demostrado que el código de faltas debe necesariamente, punir este tipo de comportamientos en contra de los trabajadores de salud, cualquiera sea su área, médicos, enfermeros, farmacéuticos, y que evidencian una profunda falta de empatía, solidaridad y conciencia social” seguirá vigente aun cuando la pandemia haya concluido.

 

Y ante estas situaciones que se viene repitiendo en la sociedad, Pérez Otazú remarcó “estas conductas, tan inadmisibles en una sociedad, deben ser visibilizadas y contenidas, por este motivo, esta iniciativa pretende, sancionar a aquellas personas que cometan malos tratos u hostigamientos físicos o psíquicos, menosprecios, perturbación emocional o intelectual o ejerza actos de violencia física y/o verbal y/o atentados contra el honor o imagen realizados por cualquier medio, siempre que la conducta no encuadre dentro de las normas del Código Penal, contra los profesionales de la salud”.

 

En este sentido detalló que “son dos las realidades que deben ser atendidas y sancionadas, las constantes situaciones de violencia y discriminación, que enfrentan los profesionales de salud, por estar al frente de la Pandemia, de una enfermedad, tan altamente, infecto-contagiosa, como es el Covid-19, lo que denota a su vez, la falta de solidaridad, agradecimiento y empatía, que merecen nuestros profesionales, por ser en este momento, el frente de batalla de toda la sociedad, y por otro lado  los escraches en las redes sociales, los cuales aparte de no ser la vía correspondiente, para denunciar una determinada situación y en caso que corresponda, lograr la adecuada administración de justicia, estas acciones terminan provocando, un daño irreversible en la imagen, la economía, y la salud psíquica y física de estos profesionales”.

 

Para ello es que promueve la incorporación del artículo 68 bis  “MALOS TRATOS CONTRA PERSONAL DE LA SALUD, y que de sancionarse la iniciativa determinará queserán sancionadas con arresto de hasta treinta (30) días o multa equivalente en efectivo de hasta dos (2) remuneraciones mensuales, mínima, vital y móvil o la realización de trabajos comunitarios durante los fines de semana, por el plazo y con el alcance que en cada caso se determine entre el mínimo de un mes y el máximo de cuatro meses, las personas que ocasionen o sometan a; un trabajador de la salud, sea profesional o no, y el hecho tenga lugar dentro del establecimiento donde se desempeña, sea público o privado, o fuera de él siempre que la conducta esté motivada en razón de su tarea, función o cargo; a malos tratos u hostigamientos físicos o psíquicos, menosprecios, perturbación emocional o intelectual o ejerza actos de violencia física y/o verbal y/o atentados contra el honor o imagen realizados por cualquier medio, siempre que la conducta no encuadre dentro de las normas del Código Penal.”

 


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