Legislatura

11/12/2013

-

SESION ORDINARIA Nº 35 - SEGUNDO ENVÍO




Se conmemora el 19 de septiembre de cada año


ADHIRIERON A LA LEY NACIONAL QUE INSTITUYE EL “DÍA NACIONAL DEL JOVEN EMPRESARIO” Chaco adhirió a la Ley Nacional 26.878 por el cual se instituye como \"Día Nacional del Joven Empresario\", el 19 de septiembre de cada año, con la sanción legislativa Nº 7343, a partir de una iniciativa de la diputada justicialista Mirta Morel, la que fue analizada en el marco de la Comisión de Industria que aconsejó su aprobación con el dictamen firmado por los diputados Raúl Acosta, Hugo Domínguez y Miguel Milar. En los fundamentos que acompañaron la iniciativa la legisladora recordó que “la elección del 19 de septiembre como Día Nacional del Joven Empresario, se remonta al 19 de septiembre de 2007 cuando, en el marco del 1º Encuentro Nacional, reunión sectorial masiva de jóvenes empresarios que derivó en una Asamblea Constitutiva, representantes de todo el país avalaron la conformación de la Federación Argentina de Jóvenes Empresarios FEDAJE, rama joven de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa CAME, convirtiéndose en una verdadera red con espíritu federal para la defensa de los intereses de las nuevas generaciones de empresarios de todo el país”. Además sostuvo que “el objeto de la ley es reconocer el esfuerzo que realizan muchos emprendedores jóvenes en nuestro país. El empresariado juvenil lucha y se esfuerza a diario, generando expectativas de progreso y ampliando las fuentes de trabajo de nuestra comunidad. Por tal motivo surge la importancia de impulsar la acción de jóvenes capacitados en tareas empresariales que expandan todas las fronteras productivas”. “Es menester destacar que nuestra provincia, preocupándose y ocupándose del enriquecimiento intelectual de nuestros jóvenes empresarios, fue sede del 5º Encuentro de Jóvenes Empresarios del Mercosur, donde se trataron temas relacionados al ámbito empresarial, académico y gubernamental” destacó Morel. EN EL 2014 LA DOCUMENTACION OFICIAL TENDRÁ LA LEYENDA “2014 AÑO DE LA CONCORDIA, EL DIÁLOGO Y LA PAZ – S.S. FRANCISCO” La Cámara de Diputados estableció por ley que en el 2014 la documentación oficial de las reparticiones y entes que conforman el sector público provincial, exhiban la leyenda “2014 Año de la Concordia, el Diálogo y la Paz – S.S. Francisco” texto consensuado a partir de las propuestas formuladas por los diputados Martín Nievas y una similar del diputado Luis Verdún. El diputado Luis Verdún manifestó que esto “tiene que ver con lo que viene diciendo el Papa, que hace un llamado al diálogo, el considera indispensable el diálogo para alcanzar la madurez personal. En el encuentro entre personas, a través del diálogo se alcanza la madurez necesaria para evitar el desencuentro. Este es el fundamento con el que coincidimos”. La diputada Elda Pértile manifestó “adherir a esta propuesta, porque al Papa lo valoramos también como argentino, es para nosotros un gran orgullo” y destacó que “hoy es coincidente porque ha sido elegido como persona del año por la revista Time”. Destacó que “en todos los ámbitos se reconoce su labor desde el papado. Se convirtió en la nueva voz de la conciencia. Debemos considerar que en este apostolado del Papa Francisco, que es tan amplio, global, ecuménico, se ha generado para una institución tan milenaria y grande como es la Iglesia católica, que se trascienda más allá de la institución para llegar a otros ciudadanos del mundo que lo valoran”. Hizo hincapié en que “ha logrado un cambio desde su apertura para todo el mundo. Está al servicio de todas las necesidades de la manera más profunda, predicando la misericordia. En un momento donde queremos hacer llamados de paz, con la figura del Papa que encabece nuestra papelería, creo que es una muy buena decisión de nuestra Legislatura”. Carlos Martínez compartió los conceptos de la diputada Pértile y expresó que “el cardenal Bergoglio es un ciudadano argentino que ocupa un lugar relevante a la hora de instalar temas en el concierto internacional. Por ejemplo, el rol que ha tenido en la invasión estadounidense en Siria, junto con el premier ruso Putin, tuvieron incidencia ambos para lograr la paz”. Sostuvo también que “el Papa Francisco ha recuperado el hilo conductor de lo mejor del cristianismo en estos últimos tiempos, la relación con otras religiones, la mirada con los homosexuales, también las prioridades de la Iglesia católica”. SANCIONARON LA LEY DE GESTIÓN Y TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS La Legislatura Sancionó la iniciativa basada en el proyecto 1828/10 de los diputados Clelia Ávila (MC) y Carim Peche, al que se acumulan iniciativas de los diputados Hugo Maldonado (MC) y Raúl Acosta, por el que se establece un “Programa de Regulación dirigido a la gestión y tratamiento de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) en el ámbito de la Provincia del Chaco”. Entre los objetivos de la Ley se encuentran: “Proteger el ambiente y preservarlo de la contaminación generada por los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos; promover la reutilización, el reciclado y otras formas de valorización de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos; reducir la disposición final de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos; promover la reducción de la peligrosidad de los componentes de los aparatos eléctricos y electrónicos y sus residuos; incorporar el análisis del ciclo de vida en los procesos de diseño y producción de aparatos eléctricos y electrónicos; mejorar el comportamiento ambiental de todos aquellos que intervienen en el ciclo de vida de los aparatos eléctricos y electrónicos y sus residuos; y alcanzar la plena integración y participación de los importadores, productores y comercializadores de los aparatos eléctricos y electrónicos en la elaboración del Programa de Regulación, con el fin de lograr una gestión integral de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE)”. La Autoridad de Aplicación de la norma será el Ministerio de Planificación y Ambiente de la Provincia del Chaco, quien será responsable de la elaboración, planificación, coordinación, ejecución y seguimiento de las acciones encaminadas al desarrollo de una gestión integral de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). Para lo cual deberá elaborar un Programa de Regulación que contemplará los siguientes aspectos: Prevención, Reutilización, Reciclado, Valorización, Tratamiento y Eliminación. Para este fin, también invitará a los diferentes sectores involucrados como los Municipios, las Cámaras de Comercio, los industriales, las Universidades, las empresas prestadoras del servicio público de limpieza y otros relacionados con la presente ley. SOLICITAN AL EJECUTIVO QUE SE BRINDE REPARACIÓN HISTÓRICA A PEDRO VALQUINTA SOBREVIVIENTE DE LA MASACRE DE NAPALPI Y EL ZAPALLAR La Cámara de Diputados a instancias de los legisladores del Frente Grande Daniel Trabalón y Fabricio Bolatti (MC), sancionó una Resolución en el marco del pedido de perdón realizado por el Estado Provincial al pueblo Moqoit por la Masacre de Napalpí, teniendo por objeto solicitar al Poder Ejecutivo brindar una reparación histórica y simbólica en la persona de Pedro Valquinta, sobreviviente de la \"Masacre de Napalpí\" y \"Masacre del Zapallar\" hechos que constituyen parte del terrorismo de estado que tuvo como víctimas a las comunidades indígenas. El diputado Daniel Trabalón explicó que la iniciativa original era un proyecto de Ley, pero “se acordó en Labor Parlamentaria hacer un proyecto de resolución en lo inmediato y dejar que el proyecto de ley se siga tratando, en la iniciativa original se plantea la pensión vitalicia para Pedro Valquinta, quien fue uno de los sobrevivientes de la masacre de Napalpí y el Zapallar, y además plantea que en el marco de la reparación histórica se haga un relevamiento por parte del Ejecutivo para mejorar las condiciones de vida de la comunidad en materia educativa, de salud, sanitarias y de vivienda”. CREARON EL COLEGIO PROFESIONAL DE ENFERMERÍA DEL CHACO Y REGULARON EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN La Cámara de Diputados de la provincia del Chaco sancionó con fuerza de ley Nº 7347, la Creación del Colegio Profesional de Enfermería del Chaco, y con el Nº 7346 la Ley que regula el Ejercicio de la Enfermería. La norma que regula el ejercicio de la enfermería fue impulsada a través del proyecto de ley 1121/09 y agregados 1882/10 y 1386/11, que establece normas del ejercicio de la enfermería en la Provincia del Chaco, promovidos por los diputados Delia González, Elda Pértile, Beatriz Vásquez, y mandato cumplido Julio Lorenzo, Eduardo Siri, Fabricio Bolatti, y Clelia Ávila. Por otra parte, la colegiación surge a partir de la iniciativa 1119/09 de las diputadas mandato cumplido Alicia Mastandrea y Clelia Ávila. Ley de Colegiación El Colegio Profesional de Enfermería del Chaco tendrá su sede en la ciudad de Resistencia y jurisdicción en todo el territorio provincial y además podrá crear subdelegaciones en los departamentos de la Provincia, en los casos y en las condiciones que su estatuto determine. El Colegio se integrará con todo el personal de enfermería, que haya acreditado debidamente su matriculación por ante la Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud Pública de la Provincia del Chaco, a la fecha de entrada en vigencia de la presente. La ley contiene cuarenta y cinco artículos dividida en siete capítulos. El último capítulo VII, con disposiciones transitorias que establece dentro de los sesenta (60) días de promulgada la presente Ley, el Poder Ejecutivo por intermedio de la Dirección de Personas Jurídicas convocará a Asamblea Ordinaria a todos los profesionales mencionados en la presente Ley , que reúnan los requisitos para su inscripción en la matrícula y el ejercicio profesional, a los efectos de que en ella se proceda a la elección de la Comisión Directiva Provisoria del Colegio .La reglamentación establecerá el mecanismo mediante el cual se llevarán a cabo las elecciones posteriores. Dentro de un plazo de noventa (90) días, la Comisión Directiva que resulte electa y haya asumido sus funciones procederá a proyectar el estatuto del Colegio, que deberá ajustarse a lo que dispone la presente ley. Para su aprobación se requerirá mayoría de dos tercios de los asociados con derecho a voto. Una vez vencido dicho plazo o con posterioridad a la prórroga autorizada por la Dirección de Personas Jurídicas, dicho proyecto será sometido a la Asamblea que se convocará al efecto para aprobar el texto definitivo. Una vez creado el Colegio de Enfermería del Chaco, todos los bienes que integran actualmente la Asociación de Enfermería del Chaco, pasará a formar parte del Patrimonio del mencionado Colegio. La presente ley será reglamentada en el transcurso de noventa días (90) a partir de su sanción. Ejercicio de la Enfermería La ley determina que el ejercicio de la enfermería comprende las acciones y funciones destinadas a la promoción, recuperación y rehabilitación de la salud; a la prevención de enfermedades y a todo acto realizado en forma autónoma dentro de los límites de su competencia y conforme al título habilitante. Asimismo será considerado ejercicio de enfermería la docencia, investigación y asesoramiento sobre temas de su incumbencia y la administración de servicios, cuando estos sean realizados por enfermeros legalmente habilitados por la presente ley. La nueva ley reconoce dos niveles para el ejercicio de la enfermería: a) Profesional que comprende:1.- Licenciado en Enfermería: es una formación de grado consistente en la aplicación de un cuerpo de conocimientos científico-técnico-prácticos, orientado a la investigación, docencia, asesoramiento y administración de servicios, así como la identificación y resolución de situaciones de salud-enfermedad sometidas al ámbito de su competencia. 2.- Enfermero Universitario: es una formación de pregrado consistente en un cuerpo de conocimientos científico-técnico-prácticos orientado a la resolución de situaciones de salud-enfermedad sometidas al ámbito de su competencia; y b) No profesional: 1- Auxiliar de Enfermería: es una capacitación consistente en un cuerpo de conocimientos que permite la aplicación de técnicas y procedimientos simples que contribuyen al cuidado básico de la salud, higiene y confort, planificada por el nivel profesional y ejecutada bajo la supervisión del mismo y excepcionalmente por médicos en caso de no existir profesional de enfermería. Determina también que por vía reglamentaria se determinarán las competencias específicas de cada uno de los distintos niveles, sin perjuicio de la que se comparta con otros profesionales del ámbito de la salud. Asimismo corresponde al nivel profesional presidir o integrar tribunales que entiendan en concursos para la cobertura de cargos del personal de enfermería. Además prohíbe a toda persona que no esté comprendida en la presente ley desarrollar las funciones e incumbencias propias de la enfermería. Los que actuaren fuera de cada uno de los niveles a que se refiere el artículo 3º de la presente, serán pasibles de las sanciones que la ley determina, sin perjuicio de las que correspondieren por aplicación del Código Penal. Asimismo, se establece que las instituciones y los responsables de la dirección, administración, o conducción de las mismas, que contrataren para realizar las funciones propias de la enfermería a personas que no reúnan los requisitos exigidos por la presente ley o que directa o indirectamente las obligaren a realizar actividades fuera de los límites de los niveles antes mencionados, serán pasibles de las sanciones impuestas por esta ley y las leyes vigentes. La nueva ley consta de veinticinco (25) artículos con siete capítulos donde se detallan los conceptos, alcances, personas comprendidas, derechos y obligaciones, matriculación, del ejercicio privado de la enfermería, autoridad de aplicación, y disposiciones varias. Los fundamentos en el Recinto La diputada Elda Pértile, de la bancada oficialista relató que “Estas dos leyes están vinculadas, esta ley siguió la misma suerte, grandes discusiones, grandes debates, grandes participaciones, de los colegas, de los profesionales de la salud, de los asesores, hasta llegar a consensuar porque pensábamos que la matriculación tenía que tener incumbencia del ministerio de Salud mas allá de la creación de su colegio” explicó y agregó “el tramite se inicia en el colegio pero la matriculación la otorga el ministerio. Y están contemplado también la incorporación no solamente de los licenciados y enfermeros sino que están comprendidos los auxiliares también, porque no podemos desconocer la historia de la provincia del Chaco, hay muchos auxiliares de enfermería que han hecho historia en la salud de la Provincia, que han atesorado muchos cursos de capacitación, mucha experiencia valiosa, que muchas veces le tendieron la mano a los enfermeros recién egresados” reconoció. Finalmente aclaró “el colegio no es una imposición nuestra, nosotros como representantes del pueblo profundizamos el trabajo fue en la comisión de Salud, consensuando el texto que hoy sancionamos”. Desde la bancada aliancista se sumó el diputado Luis Verdún “para adherir -dijo- al trabajo que han realizado los legisladores, la convocatoria a los profesionales”. “Quiero recordar a la diputada Clelia Ávila, mandato cumplido, que trabajó muchísimo. Esto no fue sencillo, hubo que estar consensuando de manera permanente. Y también destacar a la diputada Pértile” destacó reconociendo la tarea realizada. Finalmente resaltó que “la enfermería es una profesión, así lo determina desde el año 50 y ocupa un lugar importante en la educación universitaria, y en 1968 comenzó a tener rango universitario, y a fines del siglo XX se comenzó a avanzar como las otras ciencias desde el punto de vista de tener su especialidad y su doctorado. La Federación Argentina de Enfermería sugería que además de tener su jurisdicción correspondiente, tenga su Colegio”. Mariana Salom, legisladora de la UCR que estrena mandato admitió: “Es de mucho agrado para mí como empleada de Salud Pública y como medica, se de esta larga lucha de los enfermeros por lograr esta ley donde se establecen las normas en el ejercicio de la profesión. Tantos años han luchado por esto, me parece un gran logro de las comisiones, desde ya mi apoyo a esta ley pido a todos que aprueben por que comienza una nueva etapa para los enfermeros del Chaco”.


Desarrollo:

Desarrollo de Software: Sistemas y Comunicaciones / José María Paz 170 / 1° Piso