Legislatura

13/08/2020

-

Por ley establecen el potenciamiento y estímulo del voluntariado social




A iniciativa del poder ejecutivo, el parlamento chaqueño dio sanción a la ley que ley tiene por objeto el potenciamiento y estímulo del voluntariado social regulando su relación con las entidades sin fines de lucro a las que pertenecen. De esta manera se introducen modificaciones a la Ley Provincial del Voluntariado con el propósito de dotar a la Provincia de un marco jurídico acorde a los nuevos tiempos, las nuevas realidades y necesidades que atraviesa el Tercer Sector.


La norma 3174-C, deja sentado los valores, principios y dimensiones de la acción voluntaria: los que inspiran la convivencia en una sociedad democrática, participativa, justa, plural y comprometida con la igualdad, la libertad y la solidaridad; los que promueven la defensa del bien común y de los derechos fundamentales; los que contribuyen a la equidad, la justicia y la cohesión social; los que fundamenten el despliegue solidario y participativo de las capacidades humanas.

 

También se consideran principios que fundamentan la acción voluntaria: la libertad como opción personal del compromiso tanto de los voluntarios como de las personas destinatarias de la acción voluntaria; la participación como principio democrático de intervención directa y activa en el espacio público y en las responsabilidades comunes y como generadora de ciudadanía activa y dimensión comunitaria; la solidaridad con conciencia global que exige congruencia entre las actitudes y compromisos cotidianos y la eliminación de injusticias y desigualdades, entre otros valores.

 

El objetivo es promover el voluntariado social, instrumento de la participación solidaria y democrática de los ciudadanos en el seno de la comunidad, en actividades sin fines de lucro, regular las relaciones entre los voluntarios sociales, las organizaciones donde desarrollan sus actividades, los beneficiarios y el Estado.

 

La ley también establece los alcances, ámbitos de actuación, derechos y obligaciones de los voluntarios, derechos y deberes de las entidades de voluntariado, derechos de los beneficiarios.

 

Consejo Provincial de Organizaciones de la Comunidad

 

También se creará un Consejo Provincial de Organizaciones de la Comunidad que deberá informar y asesorar sobre asuntos relacionados  a la ley; impulsar campañas de sensibilización y fomento del voluntariado; potenciar el reconocimiento público de la labor desarrollada por las entidades del voluntariado; asegurar que en los programas educativos se potencie la formación en valores inherentes al compromiso de solidaridad y cooperación de la acción voluntaria; promover la participación de las organizaciones de la sociedad civil en la planificación de las políticas públicas y su contralor; generar espacios institucionales y trabajar junto a diversas instituciones, organismos del Estado, organizaciones y empresas privadas.

 

Podrá, asimismo, otorgar las autorizaciones para desarrollar programas de voluntariado a las organizaciones públicas o privadas que cumplan con los requisitos de esta ley; otorgar la certificación correspondiente que acredite la calidad de voluntario activo de una entidad determinada.

 

Los fundamentos en el Recinto

El diputado de la UCR Alejandro Aradas, celebró “que se pueda discutir tan importante tarea como el voluntariado, y entendemos que este proyecto de ley tiene un condimento especial que es la participación de las ONGs y otras instituciones que trabajan solidariamente con el solo objetivo de ayudar y poder mejorar la calidad de vida de las comunidades donde desarrollan sus actividades”.

En cuanto al proyecto de ley, el legislador propuso una modificación en el articulado en lo referido a la creación del Centro Provincial (que luego a propuesta de la diputada Cristaldo fue transformado en Consejo), en el sentido que se especifique que para el mismo se empleará “al personal del Estado que ya se encuentra trabajando en esta tarea y que es idóneo, tanto en la provincia como en los municipios”.

Su par de bancada, Carim Peche acompañó el respaldo al tratamiento en general de la iniciativa, con la salvedad del artículo 21 en el que se menciona que los voluntarios activos y que acrediten al menos tres años de voluntariado “se le reconocerá un puntaje dentro del proceso de selección para acceder a cargos públicos en cualquier poder del Estado”. En este sentido el legislador señaló “en estas cosas tenemos que ser claros, creo que la redacción genera una expectativa con el tiempo de que el día de mañana esta persona voluntaria puede en alguno de los tres poderes ingresar al Estado”.

Por su parte, el legislador del Partido Obrero, Aurelio Díaz, mocionó la vuelta a comisión apuntando la necesidad de “debatir más a fondo” y señaló que “esto es dejar una puerta abierta, creemos que la situación política económica, esta crisis, lo amerita, no vemos la razón por la que sancionar esta ley”.

El diputado Juan Carlos Ayala, respaldó la aprobación del proyecto y destacó “este es un momento donde la solidaridad es la bandera principal que debemos tener todos los argentinos, debemos ayudar a los voluntarios, y darles toda la cobertura que se pueda, por ejemplo, a los bomberos voluntarios los llaman hasta siete veces por día, y los seguros de vida que establece la norma son una mínima protección que se le da”.

La diputada del Bloque Scalabrini Ortiz, Gladis Cristaldo, coincidió en acompañar esta iniciativa y explicó: “el voluntariado tiene ya una Ley que requiere de actualización, y este proyecto tiene su origen en el propio voluntariado social,  muchas de estas cuestiones surgen de los aportes y sugerencias hechas desde la experiencia del voluntariado, esta ley actual con estas actualizaciones protege la actividad de los que están al frente de la organización, potencia el trabajo y visibiliza y da un estímulo afianzándolo más en el territorio”.

El titular del Bloque Justicialista, Juan Manuel Pedrini recordó que “el Chaco estuvo a la vanguardia del voluntariado en el país, tuvimos nuestra primera ley 2002 y en 2003 se aprobó la ley nacional, como decía Cristaldo esto no es una ocurrencia del Poder Ejecutivo, fue un trabajo de una red de ONGs y lo que se hace es reconocer una actividad que ya existe. Para nosotros es una ley de fácil aprobación, que implica para las organizaciones que están vigentes darles un reconocimiento jurídico y para los voluntarios una ampliación de derechos: a ser registrado y reconocido como tal, a ser asegurado por la actividad que realice, el derecho a que se le reembolsen los gastos que realice en el cometido de su actividad como voluntario, entre otros”.

Con respecto a las objeciones planteadas por legisladores de la oposición a parte del articulado, Pedrini aclaró “en la redacción original en ningún lado está que es un derecho de los voluntarios ingresar a la planta del Estado, sí se les da un puntaje, entendiendo que el voluntariado es una suerte de semillero para el ingreso al Estado, que es un servicio público, el voluntariado presta un servicio a la comunidad”.

En coincidencia con lo expresado por Pedrini, la diputada Lidia Élida Cuesta, recordó que “en el 2018 la provincia se adhirió a la Ley Nacional de voluntariado social que entre otras cosas en su artículo 14 dice que la actividad constituye un antecedente para los concursos, o sea que no estamos agregando nada a lo que ya estamos adheridos y que en su momento se aprobó por unanimidad”.

Luis El Halli Obeid, del PRO Chaco, expresó: “Cuando analicé este proyecto hice el listado de argumentos a favor, y lo voy a apoyar porque estoy convencido del rol que tiene el voluntariado, lo ha demostrado en países muy desarrollados donde la sociedad forma el eje y llegan a la gente por lo tanto mi total apoyo”.


Desarrollo:

Desarrollo de Software: Sistemas y Comunicaciones / José María Paz 170 / 1° Piso