Legislatura

19/12/2013

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NÉSTOR SOTELO JURO COMO DIPUTADO PROVINCIAL




La Cámara de Diputados abordó en esta sesión extraordinaria la incorporación de un nuevo legislador con motivo de la vacancia producida a raíz de la renuncia del ex diputado Eduardo Aguilar, quien asumiera una banca en el Senado de la Nación, resolviendo el Cuerpo por mayoría oficialista con 18 votos la incorporación de Néstor Sotelo quien juró como diputado provincial por “mi familia, por los Sotelo que me precedieron en esta Cámara de Diputados y por la militancia peronista”. “Si juro”.


Luego de un largo debate donde los legisladores de las bancadas manifestaron su opinión política respecto al procedimiento correspondiente para resolver la cuestión, prosperó la moción por la que se constituyó la Comisión de Poderes, que fue integrada por los diputados Ricardo Sánchez, María Lidia Cáceres, Mirta Morel y Juan José Bergia, habiendo declinado participación los legisladores de la oposición por considerar improcedente la constitución de la misma. Los diputados de la Comisión Especial de Poderes analizaron, a su vez, los expedientes remitidos por la Comisión de Peticiones, Poderes y Reglamento que había emitido despachos divididos en los que los diputados del Bloque Justicialista mocionaron la incorporación al Cuerpo de Néstor Sotelo, mientras que sus pares del Bloque Unión Por Chaco sostuvieron que la vacante correspondía a Gladys Cristaldo, posición que adhirió el diputado Daniel Trabalón del Frente Grande. Fundamentos en el Recinto El Presidente del bloque radical, Carim Peche, argumentó que “el primer paso que teníamos que dar es aceptar la renuncia del diputado Aguilar, y me hace traer a colación algunos ejemplos de Aída Ayala, Sandra Mendoza, Pilatti Vergara, a las que esta Cámara les aceptó la renuncia” y sostuvo que “pareciera que en la casa de la democracia nos acomodamos de acuerdo al saco que nos queremos poner”. Recordó que “si hay algo de lo que siempre se jactó el justicialismo es de respetar la voluntad popular, esta Legislatura voto a Pavicich para Senador y terminó siendo Sager, pareciera que la voluntad popular no existe, sino que existe el autoritarismo”. Asimismo, manifestó que “hace quince días nosotros votamos por la incorporación de la Dra. Petray porque era la que seguía en el orden de lista, acá hay una renuncia que no ha sido formalizada, esta Cámara no trató la renuncia de Gladys Cristaldo, hay que tener una posición coherente. Y si estos argumentos no alcanzan, podemos citar algo que es sagrado, que es el cupo femenino”. Carlos Martínez, del bloque Libres del Sur por su parte, explicó que “tal como tomara estado público, fijamos una posición a través de un despacho que consta de tres artículos, en primer lugar aceptar la renuncia al Licenciado Aguilar, segundo rechazar por falta de legitimación la presentación realizada por el apoderado del Frente Chaco Merece Más para impugnar la incorporación de la primera suplente de la lista proclamada, en tercer punto incorporar a la señora Gladys Cristaldo para el periodo 10 diciembre de 2013 hasta el 10 de diciembre de 2015”. Sostuvo que “no viene al caso que estemos tratando temas de índole privada de cada partido político, tenemos que obrar según nuestro Reglamento Interno, la Constitución y las Leyes independientemente del número de legisladores circunstanciales que tengamos” y agregó, “no podemos juzgar si es moral o no respetar los acuerdos, tenemos que proceder según la documentación que se nos ha presentado”. Afirmó que “es necesario que aceptemos la renuncia de Eduardo Aguilar, porque no puede desempeñarse simultáneamente en mas de un empleo a sueldo ya sea nacional, provincial o municipal, el ahora senador Aguilar debe encuadrarse en el orden constitucional y legal” y que “respecto a la cuestión de renuncia y retractación de Cristaldo pienso que nosotros tenemos que rechazar la renuncia porque nunca hubo aceptación de la misma mediante resolución legislativa con fecha antes de la presentación de la retractación, consideramos que hay que rechazar la renuncia y considerar de índole abstracta el acto de retractación porque el acto de aceptación no se verificó nunca”. “Posteriormente” mantuvo, “tenemos que resolver quién tiene que ocupar el lugar que deja vacante el actual Senador, y tenemos que obrar según lo estipula la Constitución, la ley 4169 y el Reglamento Interno, Gladys Noemí Cristaldo es la que tiene que ocupar el lugar vacante dejado por Eduardo Aguilar”. Asimismo, hizo hincapié en que “hay legisladoras mujeres y saben que los espacios para que ellas los ocupen en la sociedad, en la política, siempre les han costado mas que a los varones, entonces qué hizo el Estado: empujó las políticas de cupos estableciendo a nivel nacional y provincial cupos del treinta por ciento como mínimo como exigencia para todas las listas que presenten los partidos políticos a elecciones”. Sostuvo también que “la ley es una disposición de orden público, si hubo un acuerdo político, es inconstitucional, es contrario a la Constitución y ningún pacto puede ser contrario a la Constitución” y concluyó que “por cumplimentar requisitos constitucionales, legales y reglamentarios, no hay objeciones de incorporar a la ciudadana Cristaldo”. Ricardo Sánchez, presidente del bloque Justicialista intervino para indicar que “si hacemos lugar a la argumentación de (Carlos) Martínez, Eduardo Aguilar ya estaría en incompatibilidad a partir del 10 de diciembre, y si nosotros, no le aceptamos la renuncia, estaríamos ante causales de remociones, porque vamos a suponer que nos pongamos de acuerdo y no la tratamos; esto nos lleva a una vieja discusión y está bien los antecedentes que se han vertido aquí; pero es bueno decir que esta Legislatura, a partir del caso Petray cambio el criterio; y no es malo cambiar el criterio – consideró - sino el derecho nunca iría hacia nuevas ideas superadoras de instancias anteriores; hemos tomado conocimiento de la renuncia de Bolatti y en función de ello actuamos; esto va mas allá del viejo concepto de los tratadistas de que si la renuncia es un acto bilateral o unilateral; para aquellos que dicen que es bilateral se perfecciona con la aceptación; y para los que dicen unilateral no hace falta el requisito de la aceptación, sino con la mera voluntad en todo caso del acreedor ya la renuncia tiene eficacia”. Continuó el legislador argumentando: “hablemos de este tema de Garrido, queremos decir que no nos interesa el tema de la personería de Garrido porque nuestra resolución no tiene que ver con hacer lugar a la impugnación que Garrido en nombre del frente político hiciera a la candidatura de Gladys Cristaldo, es mas, nosotros dijimos en la resolución que consideramos abstracta, y vamos a hacer una modificación porque en realidad la consideramos inoficiosa; y a su vez rechazamos las impugnaciones a Néstor Sotelo formuladas tanto en el expediente 635, como en el 636, sin perjuicio de ello quiero recordar, y tengo en mis manos el acta del Tribunal Electoral de la provincia , en la resolución Nº 35; tengo el acta Nº 76; cómo podemos desconocer lo que nosotros mismos hemos firmado, estoy hablando de esa firma por la cual los partidos lo asignaron a Garrido como apoderado, incluso el partido de la Concertación; esto está en el Tribunal Electoral de la provincia” argumentó Sánchez. Y añadió “cuando la ley habla de la máxima autoridad partidaria, esa máxima autoridad puede ser un apoderado, y ese apoderado representa al poderdante, sino directamente ningún escrito tendría validez si no lleva la firma de Jorge Capitanich; con esto rechazamos el tema de la falta de personería de Garrido porque consideramos que Gladys Cristaldo tiene toda la idoneidad y todas las condiciones para sentarse en una banca, pero renunció, en base a un acuerdo político, y eso es lo que estamos discutiendo; hasta donde podemos confiar en la palabra de la clase política”. “Por el art. 115 de la Constitución somos los jueces de esta cuestión, tenemos facultad de proceder en este sentido; decir también respecto de estas consideraciones donde se mezclaron el art. 875 del código Civil; el 875 habla de la renuncia y la retractación; y no nos olvidemos que el código Civil tiene 4051 artículos, o sea, que como todo compendio, no podemos analizar en un articulo so pena de tener una consideración absolutamente parcial e inadecuada; y nos va a llevar a resultados equivocados porque el 875 habla de la retractación, pero hay toda una serie de análisis, pero lo fundamental es que esta dentro del titulo de las cuestiones patrimoniales inaplicables a las cuestiones políticas que deben darse a la luz del derecho constitucional; debe darse a la luz del derecho parlamentario, donde son otras las consideraciones; son otros los valores que están en juego” consideró el legislador. Prosiguió “en cuanto a la motivación, porqué renunció Cristaldo; y ella renunció en base a un acuerdo político donde participó el partido de la Concertación por el cual ningún partido aliado llevaba mas de un diputado dentro de la lista legislativa; pero siendo Eduardo Aguilar primer candidato a senador, al estar primero en la lista, era obvio que aun siendo senador por la minoría iba a ingresar; ya se sabía que Aguilar iba a asumir, era sabido que iba a darse una vacante, y resulta que la primera banca suplente era Gladys Cristaldo, por eso se le pidió a Gladys Cristaldo la renuncia. Lo concreto es que nunca se denunció un voluntad viciada, que eso sí hubiera tenido otra consideración por parte de esta Legislatura; fue un acto libre y espontáneo, en el marco de un acuerdo político donde ambas partes podían actuar de buena fe, que es el principio rector de todo accionar, incluido el político, donde debe descartarse cualquier conducta que se acordó”. “Hay una verdad objetiva - planteó Sánchez - se renunció en base a un acuerdo político y lo sabe el partido de la Concertación, lo sabe nuestro partido y todos los aliados. Y en la teoría de los actos propios no podemos acompañar conductas contradictorias; al renunciar ya ese derecho en expectativa que tenia Néstor Sotelo se vuelve real; la retractación debería contar cuanto menos con el visto bueno con el frente político con el cual se celebró ese acuerdo y nada de eso hubo; por eso es que llegamos a esta instancia”. “No tenemos nada que decir de Cristaldo, si pretendió volverse atrás este bloque no está dispuesto a consentir” sostuvo, por eso es que “esta consideración la hacemos considerando inadmisible toda pretensión que sea licita, pero contradictoria con nuestros propios actos; nuestro comportamiento anterior, ese es el motivo por el que consideramos que desde el momento en que se presento Gladys Cristaldo a esta escribanía abrió y cerró una puerta que no se puede abrir mas, salvo con el consentimiento del frente político que conformó la alianza” Luego sobre el tema del cupo femenino marcó que “el peronismo dio muestras concretas de la integración del genero femenino en las listas muy por encima del treinta por ciento; en este momento el peronismo solo puede oficializar su lista si el cincuenta por ciento de mujeres son candidatas; yo recomiendo a Martínez que proponga en Unión por Chaco que haga lo mismo que el peronismo ya resolvió en un congreso en Quitilipi hace añares” aconsejó. Raúl Acosta, del bloque Concertación Forja, hizo algunas acotaciones respecto de lo que dijo Sánchez, “que hace referencia a un acuerdo político, y yo dije que no hay ninguna acuerdo político firmado – aclaró - lo que si hubo un acuerdo político firmado fue uno que hicimos en el año 2011 donde firmamos el partido de la Concertación Forja, Aguilar y el Frente Grande y que no se cumplió donde el PJ tenia que darnos la integración en la lista el cuarto lugar de concejales para la Concertación y el séptimo para el Frente Grande”. “El segundo tema, - continuó - cuando Aguilar fue candidato a primer senador sabíamos que Aguilar entraba y eso no es real porque la lista del Frente para la Victoria llevo primero a Aguilar, segundo a Pilatti Vergara y no incorporó el tercer senador y lo puso a Capitanich suplente”. “Por encima de cualquier acuerdo político de partido esta la Constitución y la voluntad popular, entonces si una persona renuncia y después se retracta y no se formalizó la renuncia puede asumir” remarcó Acosta que además planteó que “abusar de una mayoría circunstancial es autoritarismo” y “venimos a reclamar la banca que el pueblo en elecciones libres y democráticas la puso a Gladys Cristaldo como suplente, y al no tener impugnación le corresponde por el mandato popular” respaldó Raúl Acosta. Daniel Trabalon, fijó su posición del bloque Frente Grande en dos planos: “el primero que tiene que ver con el plano de la política partidaria, y el segundo que tiene que ver con el marco legal” y en ese orden consideró que “con respecto a las cuestiones de política partidaria, expresamos desde nuestro bloque que entendemos que este tema tiene un origen en la política partidaria y a los acuerdos que se hacen en ese marco, y que en ese marco debían resolverse”, sobre el cual indicó “aspirábamos que sea en el marco de los acuerdo políticos que se resuelva y que no sea la Legislatura la que tenga que resolver por dos motivos: primero porque no corresponde y porque entendemos que esta cuestión desprestigia a la Legislatura y desprestigia a la política. La ciudadanía ve con malestar y desagrado que estemos resolviendo las cuestiones partidarias en la Legislatura” planteó el legislador que admitió “hemos participado de acuerdos políticos y esos acuerdos políticos nos trajeron a la Legislatura, pero los mismos tienen un ámbito y no corresponde que resolvamos como diputados lo que tendríamos que resolver como dirigentes políticos en otros ámbitos, este es un mal precedente” evaluó. “El despacho que me acercan tiene una parte de fundamentos y una parte resolutiva donde se mezclan cuestiones políticas con temas legales” sostuvo y “el primer punto que queremos aclarar y que además nos involucra, es que tanto lo planteado por el diputado Sánchez como por los fundamentos de este despacho respecto al frente grande, es inexacto e incompleto; no quiero dar detalles pero quiero dejar constancia de que el frente grande no formó parte de ese acuerdo político, y los motivos por los cuales tomamos nuestra decisión y por los cuales nos presentamos en estas elecciones los hemos expresado públicamente y políticamente en otros ámbitos” afirmó Trabalón. “La segunda cuestión – continuó - cuando hablamos del tema legal, la resolución que tenemos que tomar acá la hacemos desde una banca de legislador, no desde la militancia. Para tomar una definición sobre este tema el marco sobre el cual tomamos una decisión y vota es el marco legal”. “Hay algunas precisiones que se dieron acá que nosotros compartimos; lo que está en debate es a quién corresponde la banca, en el marco legal y siguiendo lo que dice la Constitución Provincial, artículo 90, indica que la elección se hará por listas de candidatos oficializadas por el Tribunal Electoral. El orden de colocación de los candidatos en la lista oficializada determinará la proclamación de los que resulten electos titulares. Lo siguientes a estos serán proclamados suplentes. El artículo 152 de la Ley Electoral provincial dice en caso de muerte, renuncia, separación, inhabilidad o incapacidad permanente de un diputado provincial, lo sustituirán quienes figuren en la lista como candidato inmediatamente después del último proclamado y según el orden establecido para cada partido político”. “En ese marco, - prosiguió - al dejar su banca Eduardo Aguilar correspondía que ocupe ese lugar Gladys Cristaldo; se presenta una situación que nos trae acá, que fue un expediente, por el cual Gladys Cristaldo plantea dejar sin efecto su nota de renuncia; en ese acto nos enteramos dos cosas, que hay una nota de renuncia y que se deja sin efecto y se muestra claramente la voluntad de asumir la banca”. “Ante esta situación, los fundamentos expresados en el despacho del bloque justicialista como los planteados por el diputado Sánchez se basan en que la Cámara es juez de la validez de los títulos de sus miembros”. “Está claro que no se había consumado la renuncia, ni siquiera había ingresado la renuncia. Se han mencionado antecedentes con respecto a este tema y está claro que es el Cuerpo el que tiene que resolver el tema de las renuncias, hay antecedentes en los que este Cuerpo aceptó las renuncias pero también hay antecedentes en los que se rechazó una renuncia, por ejemplo en el caso del diputado Saife”. “Está claro que hay decisiones políticas que no podemos juzgar, no nos corresponde, la Cámara es el juez natural pero en el marco de las leyes y la Constitución no por sobre ellas” planteó. “Hoy estamos sentando precedente porque estamos diciendo que en realidad hoy la Cámara la va a renunciar a Gladys Cristaldo, la vamos a renunciar porque una mayoría circunstancial tiene los votos suficientes para decir que no puede ser diputada. Tenemos un problema, que es que Gladys Cristaldo quiere asumir, debe asumir y le corresponde asumir” consideró y en ese marco sostuvo que “la definición que tomamos nosotros, en el marco de la ley corresponde que esta banca sea ocupada por Gladys Cristaldo. No hay valoraciones personales ni de Gladys Cristaldo ni de Sotelo, pero hay que cumplir las leyes” señaló Daniel Trabalón. Intervino luego la diputada justicialista Celeste Segovia para “poner de relieve, destacar y coincidir con la mayoría de los diputados preopinantes y de esta Cámara en virtud del artículo 115 de la Constitución Provincial que es juez de la validez de la elección y de los títulos de los diputados y de sus miembros, es decir, es el juez natural, juzgar significa deliberar y tomar una decisión o tomar una opinión sobre un asunto de alguien , este es el ámbito, se trata de una de las facultades privativas y excluyente de la Cámara de Diputados de la provincia, y en consonancia, con lo que establece la Constitución Nacional”. “Precisamente el artículo 105 de la Constitución Provincial cuando se refiere a la renuncia de un diputado, no habla de que la Cámara debe aceptar esa renuncia, por eso creo, que en primer lugar es necesario dilucidar la naturaleza jurídica de una renuncia, y en segundo término, dilucidar cual es el derecho aplicable” planteó aseverando que “estamos en presencia mas que clara del derecho constitucional y el derecho parlamentario; aquí nada tiene que ver el Código Civil que regula las relaciones entre particulares y de estos con el estado”. “La renuncia como bien lo dicen muchos autores de la doctrina jurídica, y en especial a quien me voy a referir, al constitucionalista argentino (Daniel) Sabsay que enseña que la renuncia es un acto jurídico, que como tal se rige por la normativa de los actos jurídicos. Se trata de un hecho voluntario licito que tiene por finalidad producir efectos jurídicos, la renuncia es un acto unilateral depende solo de la voluntad de su autor para perfeccionarse, para producir efectos jurídicos, por lo tanto la retractación no corresponde, porque es un acto irrevocable, que no está sometido a ningún tipo de condicionamiento; produce sus efectos jurídicos desde el momento que ha sido manifestada por la parte o por el autor de esta renuncia”. “Y la renuncia también es un acto extintivo, produce la extinción de un hecho por el cual uno era titular” explicó la legisladora fundamentando así su voto “a favor del despacho oficialista” además de aportar en su argumentación antecedentes del derecho parlamentario de casos similares. El diputado Luis Verdún, manifestó “hoy los legisladores estamos expuestos a esto, y seguramente los ciudadanos chaqueños dirán con tantas cosas importantes que están pasando, estamos tratando una situación que está ventilando el oficialismo por una cuestión que no fue capaz de resolver internamente” y agregó, “una cuestión que dejó pasar y que tenemos que resolver legisladores que nada tenían nada que ver, la verdad que en primer lugar pido disculpas a los ciudadanos chaqueños que esperan que ocupemos el tiempo en este recinto en cuestiones mas importantes”. Afirmó además, “nosotros nos manejamos con responsabilidad y no emitimos opinión antes de este momento, porque entendíamos que era un tema que lo tenía que resolver el partido del Gobierno”. ”Así llegamos al día de hoy” observó, “donde nos exponen a escuchar a los legisladores del oficialismo con argumentos y cuestiones que lamentamos por el respeto que debe existir entre las personas, en el expediente el apoderado del PJ dice que Gladys Cristaldo no tiene idoneidad, ¿como puede ser esto? Ha formado parte de su alianza, estuvo con ustedes en la misma tribuna y hoy se desconocen”. Afirmó, “no quiero estar en el lugar de Raúl Acosta, porque ha dado mucho por los que hoy lo desconocen, y saben bien que acá hay un error y se tienen que hacer cargo: la renuncia no ha sido formalizada, y nadie puede alegar su propia torpeza. Si no la formalizaron y no fueron capaces de traerla acá está en todo su derecho gladys cristaldo de formalizar una nota para que quede sin efecto”. Aseguró, además, que “se trata de la voluntad popular, poco hemos aprendido de estos 30 años de democracia si hoy no importa la voluntad popular” y añadió que “lo que hemos hecho los legisladores pertenecientes al interbloque unión por chaco no es fundamentar por Gladys Cristaldo, o por Raúl Acosta, o por el partido al que representan, es por una trayectoria institucional, partidaria y de principios de la Unión Cívica Radical”. Finalmente, recordó que “ningún convenio se hace violando la Constitución y la Ley, y acá han violado la Constitución con actos ilícitos, porque no han respetado la lista proclamada por el Tribunal Electoral y porque están violando la Ley de Cupos” y enfatizó “quiero que me respondan cuál es el instrumento por el cual el cuerpo no acepta la incorporación de Gladys Cristaldo si los instrumentos legales la avalan y no hay impugnación, cuál es el sustento”. CUARTO INTERMEDIO PARA EL VIERNES 20 A LA HORA 11 El Cuerpo Legislativo resolvió pasar a cuarto intermedio para el viernes 20 de diciembre a la hora 11, para tratar los puntos del temario que no fueron abordados, entre ellos, el proyecto Nº 1717/13, por el cual se incorpora el artículo 2º a la ley 2598 –ratifica el convenio de naturaleza previsional suscripto el 29 de diciembre de 1980, autoría del diputado que finaliza mandato Marcelo Castelán. Paralelamente tratarán el proyecto de ley 316/13 y agregados referidos al Prosap. Otro de los temas a abordar el proyecto de ley 4204/13, referido a la modificación en las escalas de remuneraciones para Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial equiparando en este tema la función de las y los defensores oficiales a la del Magistrado, tal como está establecido para la contraparte, esto es para los Fiscales de Investigación. En igual sentido abordarán lugar figura el proyecto de ley 4533/13, modifican la estructura de cargos para magistrados funcionarios y empleados del Poder Judicial, referido a la categorización de los juzgados de Paz de la Provincia. Posteriormente, se tratará el proyecto de ley Nº 4419/13, por el cual se creará el \"Programa Provincial de Producción Pública de Medicamentos\", el que tendrá por finalidad impulsar la elaboración de medicamentos, materias primas para la producción de medicamentos, vacunas y productos médicos destinados a abastecimiento de la demanda del sistema de salud de la Provincia del Chaco, iniciativa impulsada por los diputados Delia González, Marcelo Castelán, Beatriz Vásquez, Carim Peche, Ricardo Sánchez, Raúl Acosta, Mirta Morel, Daniel Trabalón, Leonardo Yulán, Mariel Gersel y ex legisladores Eduardo Aguilar y Fabricio Bolatti. Además se acordó tratar el Proyecto de Ley Nº 3238/09 y agregados 230/10 y 4050/11, por los cuales se modificarán varios artículos del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia del Chaco, autoría del diputado Martín Nievas y uno similar del Poder Judicial. El último tema que tratarán será el proyecto de resolución Nº 1169/13, por el que solicita al Ejecutivo Provincial se cumpla lo establecido en la ley 6028, prórroga de contratos y posterior pase a planta a personal de la Administración Pública.


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