Legislatura

10/09/2020

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Establecen las bases para la simplificación, racionalización y modernización de la Administración Pública




Con el objetivo de brindar a los ciudadanos una mayor agilidad y simplicidad en la realización de trámites a través del uso de la tecnología, se sanciono la ley N° 3203 A propiciada por el poder ejecutivo provincial, que se aplicará a toda la administración pública del ejecutivo provincial, organismos autárquicos y entes descentralizados.


La misma  establece las bases para la simplificación, racionalización y modernización administrativa, con la finalidad de propender a la economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio de la administración, garantizando una pronta y efectiva respuesta a los requerimientos de la ciudadanía y una eficiente gestión de los recursos públicos.

 

En ese sentido, se entiende  por modernización al mejoramiento continuo de la administración pública de manera transparente, participativa e innovadora, incorporando el buen uso de las tecnologías, ofreciendo accesibilidad y calidad en la atención a la ciudadanía.

 

Otro aspecto importante de la ley es la administración electrónica, determinando que la totalidad de la actividad ejecutada en ejercicio de la función administrativa se desarrollará mediante las tecnologías de información y comunicaciones (TIC), a fin de que las interrelaciones entre las personas, la administración, los órganos y entes que la conforman, se canalice íntegramente por medios electrónicos o digitales, eliminando así el uso del papel en la forma y de acuerdo a los plazos que la reglamentación de la presente oportunamente establezca.

 

En esa línea, a efectos de facilitar la gestión, perdurabilidad y reutilización de datos por parte de los organismos competentes se utilizará en toda la órbita de la administración provincial una plataforma informática de documentos.

 

En cuanto a la gestión a distancia se establece que con el objeto de facilitar y simplificar la interacción de las personas con la Administración deben contemplarse mecanismos de tramitación digital o electrónica a distancia, sin requerir la presencia física, salvo las excepciones que fije la reglamentación.

 

En este último supuesto, en aquellos casos en que los trámites deban formalizarse necesariamente de manera presencial, la Administración habilitará mecanismos electrónicos que posibiliten a las personas la obtención de turnos de concurrencia y atención, de manera que puedan realizar sus tramitaciones en tiempos preestablecidos y sin dilaciones de ningún tipo.

 

La norma establece la simplificación de trámites para mejorar la accesibilidad a los distintos trámites y gestiones, minimizando los costos y tiempos en todas las actuaciones administrativas del estado en el marco de un servicio específico obteniendo como resultado la reducción de los mismos.

 

Otro de los artículos hace referencia a la identidad digital, dejando sentado que toda persona que se presente y actúe ante la administración, como así también los agentes y funcionarios públicos que resulten competentes para intervenir en cada caso, deberán tener registrada su identidad digital a través de la plataforma de servicios “Tu Gobierno Digital” o los mecanismos y herramientas tecnológicas que disponga la reglamentación.

 

Además entre otras cosas se especifica el domicilio administrativo electrónico, ya que toda persona deberá tener registrado ante la misma un domicilio electrónico, entendiéndose como tal al sitio informático seguro, personalizado y válido registrado.

 

Dicho domicilio es obligatorio y producirá en el ámbito administrativo los efectos del domicilio constituido, siendo válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen.

 

En cuanto a la vigencia de la ley, Vigencia será a partir del partir del 31 de diciembre de 2021 de manera progresiva en la forma y plazos que establezca la reglamentación, la que determinará la gradualidad y modalidad de su instrumentación operativa.

 

Los fundamentos en el Recinto

 

La diputada Nadia García Amud señaló: “este proyecto tiene como objetivo fundamental la simplificación, la racionalización y la modernización de la administración, para favorecer a su economicidad, a su eficacia, a su eficiencia en beneficio de la ciudadanía” y recordó “es un objetivo por el cual esta Legislatura viene trabajando hace tiempo, y también los Ejecutivos que han sido parte de la provincia han hecho sus aportes”.

La legisladora detalló los principios rectores de la norma entre los que destacó “la gestión integral de recursos humanos, que es un tema siempre pendiente en agenda y acá se lo aborda y se lo va a trabajar muy bien, y también con la gestión por resultados y los compromisos públicos en líneas o reglas generales, la administración electrónica, la gestión documental digital, la gestión a distancia, la racionalización administrativa, simplificación de trámites, identidad digital, entre tantos otros términos que se incorporan a la administración pública y serán un gran avance”.

“Hoy en día vemos como la tecnología puede ser un gran aporte, y es lo que busca este proyecto” observó, “y la verdad que no quiero dejar de resaltar que se han hecho dos aportes de parte de miembros de la Comisión de Legislación General, un gran aporte de la diputada Cubells que tiene que ver con la redacción del artículo 19 del despacho a fin de que la modernización sea también amigable para las personas con discapacidad, y también una propuesta del diputado Gutiérrez quien propició el proyecto de ley 2811/18 que se incluyó como cabecera del despacho presente, y plantea la adhesión a la ley nacional 27446 de simplificación y desburocratización de la administración pública”.

 

La iniciativa se aprobó en general, y los diputados Teresa Cubells y Rodolfo Schwartz se abstuvieron en el artículo 23.


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