Legislatura

27/05/2014

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LEYES INGRESADAS


PROMUEVEN REDUCIR EL CONSUMO DE SODIO EN LA POBLACION Los diputados Rubén Guillón y Celeste Segovia impulsan la iniciativa 1652/14, actualmente radicado en la Comisión de Salud, por la que se impulsa la adhesión a la ley Nacional Nº 26.905, sancionada en noviembre de 2013, que promueve la reducción del consumo de sodio en la población, de sancionar la norma establecerá que la autoridad de aplicación de la presente será el Ministerio de Salud de la Provincia del Chaco.


Los coautores de la iniciativa argumentan que “el Congreso  ha sancionado la Ley Nº 26.905 con la finalidad primordial de promover la reducción del consumo de sodio en la población, siendo el órgano de aplicación de la mencionada normativa el Ministerio de Salud de la Nación, el cual tendrá las funciones de: Determinar los lineamientos de la política sanitaria para la promoción de hábitos saludables y prioritariamente reducir el consumo de sodio en la población.”

Además determina que se deberá “fijar en los envases en los que se comercializa el sodio los mensajes sanitarios que adviertan sobre los riesgos que implica su excesivo consumo; Determinar en la publicidad de los productos con contenido de sodio los mensajes sanitarios sobre los riesgos que implica su consumo excesivo; como así establece que en acuerdo con las autoridades jurisdiccionales el mensaje sanitario que deben acompañar los menús de los establecimientos gastronómicos, respecto de los riesgos del consumo excesivo de sal”.

La pauta sería establecer “acuerdo con las autoridades jurisdiccionales los menús alternativos de comidas sin sal agregada, las limitaciones a la oferta espontánea de saleros, la disponibilidad de sal en sobres y de sal con bajo contenido de sodio, que deben ofrecer los establecimientos gastronómicos. Para los casos de comercialización de sodio en sobres que los mismos no deben exceder de 500 mg. La aplicación progresiva de la presente ley en los plazos que se determinan, con la industria de la alimentación y los comerciantes minoristas que empleen sodio en la elaboración de alimentos”.

Asimismo, se busca “generar con organismos públicos y organizaciones privadas programas de investigación y estadísticas sobre la incidencia del consumo de sodio en la alimentación de la población; desarrollar campañas de difusión y concientización que adviertan sobre los riesgos del consumo excesivo de sal y promuevan el consumo de alimentos con bajo contenido de sodio”.

Finalmente los diputados consideran que “por la importancia para la salud de los habitantes de la Provincia del Chaco, es necesario contar con una  ley para formar hábitos más saludables”.

 

PROMUEVEN LA ADHESION AL FONDO PARA
EL DESARROLLO ECONÓMICO ARGENTINO

Propuesto por Roy Nikisch el proyecto de ley 1776/14 propone la adhesión de la Provincia del Chaco a las disposiciones del Decreto 606/2014, emitido por el Poder Ejecutivo Nacional, de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico Argentino (FONDEAR), que mediante la inversión de 137.000 millones de pesos conformará un Fideicomiso para financiar proyectos estratégicos y la generación de 830 mil nuevos empleos.

Otros de los propósitos de la adhesión es el de “facilitar el acceso al crédito y al financiamiento necesario para proyectos que promuevan la inversión en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país, la puesta en marcha de actividades con elevado contenido tecnológico, la generación de mayor valor agregado en las economías regionales, la diversificación de la estructura productiva, la generación de nuevos puestos de trabajo y el desarrollo regional equilibrado”, señala el legislador.

Finalmente, Nikisch asegura que esto llevaría a que se de “una distribución equitativa de nuestros recursos federales y mejorar la calidad de vida de los pobladores de nuestra provincia, se necesita una implementación expedita de esta ley que satisfaga las necesidades detectadas por cada cadena de valor, de nuestra provincia.

EL STJ PROPONE REDISTRIBUCIÓN PROVISORIA
DE CAUSAS DE PROCESOS MONITORIOS

El Superior Tribunal de Justicia remitió el proyecto de ley 1778/14 tiende a “establecer un criterio de asignación de causas a fin de realizar una distribución razonada y equitativa entre todos los Juzgados tomando en cuenta parámetros cuantitativos y temporales, las que deberán implementarse con carácter provisional”.

En concreto, se pretende asignar a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Circunscripción Judicial, con exclusión de los Juzgados 10, 18 y 23, la competencia establecida por la Ley Nº 4850 para los Juzgados Nº 11, 12 y 13, con carácter temporal y provisoriamente, estableciendo que se aplicará el procedimiento previsto en la Ley Nº 6.002.

Se establecería desde la sanción de la ley hasta el 30 de noviembre del año 2014, la asignación automática de todas las nuevas causas de los procesos monitorios iniciadas ante los Juzgados Civil y Comercial Nros. 11, 12 y 13, a los Juzgados Civiles y Comerciales de la Primera Circunscripción Judicial, con exclusión de los Juzgados Nros. 10, 18 y 23, las que se distribuirán por los mecanismos pertinentes entre todos los Juzgados, a través de Mesa Receptora Informatizada.

Las condiciones expresadas de redistribución de causas se adoptarán por un lapso determinado de tiempo a fin de poder lograr durante el mismo el normal restablecimiento del curso propio de las causas monitorias, concluido lo cual, se continuará con el mecanismo previsto por la Ley Nº 6002 para los tribunales Nº 11, 12 y 13, desde que no escapa que se tratan de medidas paliativas ante la situación de atolladero institucional que padece el fuero y que merecen una respuesta rápida y concreta.

Por estas circunstancias de saturación en que se encuentran los juzgados monitorios “subsisten y se mantienen en la actualidad, que la solución de trabajo común y en conjunto entre todos los juzgados de la circunscripción es acordada en virtud del servicio de justicia y con carácter temporal, y que resulta posible de realizar en términos económicos, en tanto no genera impacto presupuestario en el contexto financiero del Poder Judicial y de la Provincia, se propicia la presente actualización complementaria del Proyecto de Ley Nº 2618/12.”.

Según estadísticas se “demuestran que al 31/03/14 ingresaron en los tres Juzgados 1174 causas. Asimismo en la mesa de Entradas de los Juzgados se registran ingresos diarios que llegan a la cantidad aproximada de 500 escritos en cada uno de ellos”.

También hay que tener en cuenta “la capacidad que exhiben los Juzgados Civiles y Comerciales, tanto respecto a los operadores entre quienes distribuir las tareas, como al caudal de causas que ingresan por mes (aproximadamente de 40 a 50 causas) y el movimiento diario de expedientes que se refleja en listas de despacho (entre 80 y 100 causas)”.

 

SEGOVIA IMPULSA LA CREACION DEL MUSEO
INDIGENA “CORO QOM CHELAALAPI”

Impulsado por la diputada  Celeste Segovia el proyecto de ley 1784/14  propone  crear el Museo Indígena "Coro Qom Chelaalapí", el cual dependerá del Instituto de Cultura del Chaco. El mismo tendrá como misión primordial, la investigación, el rescate, el resguardo y la difusión de toda la rica y valiosa cultura indígena de nuestra Provincia, y la cual, a través del Museo se dará a conocer a toda la comunidad”.

El "Museo Indígena" dependerá directamente de la actual Dirección del Coro Chelaalapí y tendrá autoridad jerárquica sobre los Departamentos o Áreas de "Investigación, Extensión Educativa y Cultural", "Archivo, conservación y restauración", "Administrativa y recursos Humanos", y "Dirección del Museo".

La legisladora manifestó “la convicción de que esta Institución, será el espacio apropiado para salvaguardar, rescatar y coadyuvar a definir nuestra identidad; valorando todo el testimonio material y espiritual referido a nuestra cultura”.

Propicia, por otra parte, que el mismo “se denomine ‘Coro Qom Chelaapi’, en  un justo homenaje al único grupo coral en toda la geografía argentina que reúne las características de nuestro Coro Qom, que este 2014 cumplió cincuenta y dos años de labor a favor de la cultura y es el único Coro Aborigen reconocido oficialmente en la República Argentina”.

GUILLÓN PROPONE ESTABLECER EL DIA PROVINCIAL
DE CONCIENTIZACION DE AUTISMO EN EL CHACO

Suscripto por el diputado Rubén Omar Guillon el proyecto de ley 1668/14, establecería en la provincia del Chaco, el día 2 de abril como "Día provincial de la concientización sobre el Autismo".

Propone que durante la primera semana del mes de abril de cada año se iluminen en color azul edificios y monumentos representativos de la Provincia y las distintas localidades de la misma, en concordancia con el movimiento internacional "ilumina en azul".

Asimismo, el Ministerio de Salud Pública deberá llevar adelante campañas de comunicación y difusión en forma conjunta con las asociaciones o agrupaciones de padres que se dediquen a la temática en las diferentes localidades de la Provincia, generando espacios de reflexión, información y capacitación para profesionales, padres y comunidad en general.

Esta iniciativa deriva de la Resolución Nº 62/139 de la Organización de las Naciones Unidas, que declara el 2 de abril como Día Mundial de la Concientización Sobre el Autismo, a conmemorarse cada año.

Los fundamentos del proyecto indican que “las problemáticas se presentan como un trastorno del desarrollo que aparece en los primeros 3 años de vida y afecta el desarrollo cerebral normal de las habilidades sociales y de la comunicación. Se trata de un trastorno físico ligado a una biología y una química anormales en el cerebro y las causas exactas se desconocen”.

El autor explica que “a diferencia de lo que ocurría antes con las personas con autismo que eran ingresadas en instituciones, en la actualidad -tomando conciencia de que e suma terapia adecuada- muchos de los síntomas del autismo se pueden mejorar, a pesar de que mayoría de los pacientes tendrán algunos síntomas durante todas sus vidas”

Sostiene que “debemos motivar acciones positivas que tiendan a promover conciencia social respecto a esta enfermedad en toda la comunidad, a través de las campañas de conocimiento y difusión como la promoción de grupos de apoyo y de información, así como también la capacitación de equipos interdisciplinarios con la participación activa de las asociaciones de padres que vienen trabajando en esta problemática; y por todo lo expuesto, solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto”.

DIA Y SEMANA DE LUCHA CONTRA LA MIASTENIA GRAVIS

El legislador Rubén Omar Guillon  propone mediante el proyecto de ley 1656/14 adherir a la Provincia del Chaco la Ley Nacional 26.903, por la cual se instituye el día 2 de junio de cada año como: "El día de la persona enferma de Miastenia Gravis" y, a su vez, la semana en que esté comprendido este día como: "La semana de lucha contra la Miastenia Gravis".

El Ministerio de Salud de la Provincia del Chaco sería autoridad de aplicación de la Ley, el cual deberá desarrollar programas anuales informativos, de difusión y prevención sobre la Miastenia Gravis, los mismos deberán implementarse en medios masivos de comunicación así como en todos los establecimientos sanitarios dependientes del mencionado Ministerio.

En los fundamentos, el autor explica que “la Ley 26.903, que fue sancionada el 13 de noviembre de 2013 y promulgada el 6 de diciembre del mismo año, tiene por objeto establecer mecanismos de culturalización social respecto de la enfermedad denominada Miastenia Gravis, y de quienes la padecen”.

Detalla que “la Miastenia Gravis es una enfermedad auto inmune que se caracteriza por presentar debilidad muscular fluctuante y fatiga de distintos grupos musculares. Los músculos oculares, faciales y bulbares son los más frecuentemente afectados por la enfermedad. Los pacientes con Miastenia Gravis manifiestan empeoramiento de la debilidad muscular, con infecciones intercurrentes, fiebre y agotamiento físico o emocional. La infección respiratoria (bacteriana o vírica) es la causa más frecuente de provocación. La presencia de anticuerpos contra receptores de acetilcolina en un paciente con manifestaciones clínicas compatibles con la Miastenia Gravis confirma el diagnóstico”.

Observa que “como individuos nos encontramos constantemente sometidos a un aserie de hechos y situaciones que se nos presentan, más o menos importantes en su apariencia, movilizan nuestra afectividad y desencadenan preocupaciones que deben expresarse de alguna manera. Se puede conceder que en tanto estas preocupaciones que se producen no sean expresadas o elaboradas, se acumulan y tarde o temprano afectarán nuestro funcionamiento físico y mental. Poner palabras al sufrimiento es un difícil trance, pero esto es algo que mitiga la angustia. Es importante que la persona que ha recibido un diagnóstico de Miastenia Gravis, sus familiares, amigos, compañeros de trabajo, estudio u otras actividades sociales, puedan poner en palabras lo que sienten, de manera que la palabra sirva como estabilizadora de emociones mezcladas, y así calmar la angustia. Y, sin angustia, están la vida, la supervivencia, permitiendo a quién ha superado lo peor de la prueba, hallar la solución por sí mismo. De allí entonces que la responsabilidad Institucional es clara respecto de adoptar medios directos e indirectos de contención a las personas miasténicas y sus allegados”.

Propone la adhesión a la ley nacional
GUILLÓN IMPULSA QUE LAS PERSONAS TRASPLANTADAS
CUENTEN CON UN SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL

La  propuesta dada por Rubén Omar Guillon con el propósito de que se Adhiera a la Provincia del Chaco a la Ley Nacional 26.928, mediante la cual se instituye el Sistema de Protección Integral a Favor de las Personas Trasplantadas.

Asistencias y prestaciones

Las características que presentan es que “Las personas trasplantadas hacen un gran esfuerzo físico y psíquico para adaptarse a sus nuevas condiciones de vida, tanto desde el punto de vista biológico, psicológico como social. Por lo que es muy frecuente que presenten síntomas de ansiedad y depresión estos cambios. Estos síntomas se presentan preponderantemente en la fase inmediata al trasplante y en la fase post hospitalaria”.

Los efectos posteriores luego de la operación son “En la fase inmediata al trasplante la sintomatología tiene que ver con lo estresante de los cuidados intensivos, el deterioro físico y la incertidumbre que causan las primeras horas respecto a la posibilidad de rechazo al órgano”.

Otras de las problemáticas que presentan luego del trasplante se dan “En la fase post hospitalaria, en ocasiones un año después de haber sido dados de alta médica, es frecuente que los pacientes vuelvan a sentirse mal anímicamente con niveles de depresión y ansiedad similares a los de la fase inmediata al trasplante. Entre los factores asociados a este malestar posterior a la intervención, encontramos las dificultades que deben sortear a la hora de reincorporarse a su entorno socio-laboral. Este muchas veces no es compatible con sus condiciones físicas, emocionales y con su necesidad de continuar con sus revisiones y tratamientos médicos.

Las dificultades o la imposibilidad de desempeñar sus roles laborales y sociales constituyen un factor sumamente frustrante que deteriora su salud mental y física. De ahí la importancia de la presente Ley que apunta a proteger los derechos de las personas trasplantadas teniendo una visión integral y dignificante de la calidad de vida humana”.

Por todo esto vemos que “los trasplantados, luchan por su inserción en la sociedad haciendo un doble esfuerzo: por un lado la pelea por la recuperación de la salud mediante el trasplante y al mismo tiempo, el tener que competir en un mercado laboral que exige de ellos un prototipo de trabajador cada vez más difícil de alcanzar (sólida formación académica, bienestar físico, disponibilidad, etc.). Sumado a ello, la discriminación es un elemento siempre presente en esta sociedad, que encierra una gran contradicción: por un lado les brinda la oportunidad de recuperar su salud mediante el trasplante y por otro lado, excluye socialmente al trasplantado al disminuir sus posibilidades laborales, sin las cuales difícilmente logre su autonomía”. 

GERSEL PROPONE EL ASUETO DE INSTITUCIONES BANCARIAS CUANDO SE CONMEMORA EL PATRONO DE CADA LOCALIDAD CHAQUEÑA

La presente propuesta de ley 1872/14 promovida por la diputada Nancy Mariel Gersel quiere establecer en todo el territorio de la Provincia del Chaco, la obligación de las sucursales de entidades bancarias públicas o privadas, de adherir al asueto ordenado con motivo de los festejos de la celebración del patrono de cada localidad, para que el personal del mismo tenga ese día como no laborable.

.En conmemoración del patrono de cada localidad

La finalidad de esta iniciativa se plantea ya que “en un día tan importante y memorable para una localidad, como es la celebración del patrono, donde las familias concurren masivamente a los actos y eventos conmemorativos, quedando prácticamente sin actividades los centros administrativos, es importante sumar a estas entidades bancarias y a sus empleados, que en la mayoría de los casos son oriundos de dichas localidades, y en el caso que no lo sean se sienten parte de la ciudad en la cual trabajan”.

También tendría o “facilitaría a fortalecer los vínculos familiares haciendo que los empleados de las entidades bancarias puedan concurrir junto a su familia a dichos eventos conmemorativos”, expresa la diputada.

 

ACOSTA IMPULSA LA EXPROPIACION
DE INMUEBLE DE BARRANQUERAS

El proyecto de ley 1829/14  promovido por Raúl Policarpo Acosta quiere que se declare el inmueble situado en la ciudad de Barranqueras ubicado entre Avenida Castelli y Calle Algarrobo y Calle Boggio asentamiento: Bustos.

Se facultaría al Poder Ejecutivo a tramitar la presente expropiación, para que a través del Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda, se adjudique en venta a sus actuales ocupantes, familias de escasos recursos, debiendo tenerse en cuenta esta situación al momento de fijarse el valor de los lotes. No acceder al beneficio de esta ley, las personas que sean propietarias de inmuebles en la provincia.

Reclaman el predio

Los ocupantes que de escasos recursos tienen muchos reclamos  “pero el reclamo más sentido por todos ellos, es sin lugar a dudas el relacionado con la regularización del inmueble que habitan, de tener su propia casa, su propio hogar (derecho reconocido constitucionalmente).”

Se tiene que tener en cuenta que “los integrantes de este grupo poblacional, no poseen otro lugar donde vivir, ni cuentan con propiedad alguna en la provincia o fuera de ella, por lo que la sanción de esta norma, conllevaría un acto de justicia.

Por todo lo expuesto en los fundamentos, solicito el acompañamiento de mis pares a la presente iniciativa”.

DAMILANO GRAVARELLO PROPONE SE CONSTITUYA UN FONDO DESTINADO A LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE LAS ESCUELAS DE LA PROVINCIA

Propuesta por la legisladora Viviana Damilano Grivarello el proyecto 1904/14 tiende a que se constituya el Fondo Provincial de limpieza y mantenimiento de los establecimientos educativos dependientes del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco.

Con su mantenimiento acompañado de acciones continuas y permanentes “dirigidas a prever y asegurar el funcionamiento normal, la eficiencia, la buena presentación de los bienes, el soporte de zonas verdes y jardines debe garantizar un óptimo estado de éstas por medio de corte periódico de césped, trabajos de jardinería y conservación de árboles especies. Hace referencia también a todos los procesos o trabajos rutinarios de limpieza y aseo que deben ser revisados periódicamente y a intervalos de tiempo regulares”.

Este funcionara  a partir de los principios de descentralización del citado servicio “a requerimiento de necesidades, posibilidades y recursos, y realizado a través de convenios con empresas dedicadas a tal fin y particulares monotributistas”, sostiene.


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