Legislatura

09/06/2021

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Será obligatoria la capacitación en Malvinas para quienes se desempeñen en la administración pública




A través de la ley 3396- E, el Poder Legislativo del Chaco estableció la Capacitación Obligatoria en la temática de Malvinas, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por cargo electivo, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, referido a los Poderes Ejecutivos, Legislativo y Judicial y organismos autárquicos y descentralizados de nuestra Provincia.


Fue a raíz de la propuesta que presentara la diputada Elda Insaurralde, la que tuvo su tratamiento en la comisión de Educación y que hoy logró su sanción en el Recinto Legislativo.

La realización de la capacitación contenida en esta ley, es de carácter obligatorio y constituye requisito previo y obligatorio para la promoción a niveles superiores por concurso, selección o progresión en el desempeño de la función pública y carrera administrativa.

Las personas alcanzadas por la obligatoriedad, deberán realizar las capacitaciones en el modo y forma que establezca la autoridad de aplicación.

La norma aprobada determina  como autoridad de aplicación de la presente ley al Ministerio de Gobierno y Trabajo o el organismo que el Poder Ejecutivo designe en su reemplazo, la que deberá diseñar los lineamientos, directrices y contenidos curriculares, así como los modos y formas de implementación y coordinación de esta capacitación.

A su vez dispone que las personas que se negaren a realizar las capacitaciones previstas en la presente ley serán intimadas fehacientemente por la autoridad de aplicación. El incumplimiento de dicha intimación será considerado falta grave, y dará lugar a las sanciones disciplinarias correspondientes.

La autoridad de aplicación, deberá brindar acceso público y difundir el grado de cumplimiento de las disposiciones de la presente ley, en la página web oficial del gobierno. Anualmente la autoridad de aplicación publicará en la página web oficial, un informe sobre el cumplimiento de lo establecido en la presente norma. El mismo incluirá la nómina de los funcionarios públicos que se han capacitado en cada ámbito.

Los gastos y erogaciones que demande la presente ley deben ser financiados con las partidas presupuestarias que anualmente se establezca dentro de cada jurisdicción.

Indica además que las capacitaciones deberán comenzar a implementarse dentro de los noventa (90) días de promulgada la presente. Establece igual plazo para el decreto reglamentario.

También invita a los municipios a efectuar adhesiones a la presente ley, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.

Elda Insaurralde detalló: “Este proyecto tiene por objeto capacitar respecto de la Causa de Malvinas a los agentes que se desempeñan en la función pública, instalar en el centro de la agenda nacional el reclamo del ejercicio de recuperar la soberanía de Malvinas, debemos denunciar la vigencia de un enclave colonial dentro de nuestro país, debemos condenar que estemos obligados a usar pasaporte para entrar a las islas,  debemos entender que la Causa es mucho más que la guerra, resume la larga lucha del país por obtener su soberanía económica, territorial”.

“Debemos saber que las Islas son argentinas por haber sido parte del territorio del virreinato del Río de la plata, comprender el éxito que significa para la diplomacia la resolución de la ONU que invita a ambos gobiernos a continuar con las negociaciones, no alcanza con pronunciar que las Malvinas son argentinas –sostuvo- la ley es una herramienta de defensa para potenciar la identidad, la cultura territorial en honor a los combatientes en las islas Malvinas que nos defendieron con dignidad”.

 


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