Legislatura

11/08/2021

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Para conservar los ecosistemas naturales de la Laguna El Palmar, Insaurralde propone la cesión de hectáreas a Nación




“Esta iniciativa tiene por objeto la cesión de 630 hectáreas a favor del Estado Nacional, con destino a la creación del “Parque Nacional Laguna El Palmar”, ello a fin de potenciar el valor natural, cultural y económico de este ecosistema que contiene una vasta riqueza en flora y fauna autóctona” explica la autora del proyecto, Elda Insaurralde.


La Laguna El Palmar, cuenta con cuatro mil cuatrocientas cincuenta y tres hectáreas aproximadamente, cuyo  dominio de las tierras  – en su mayoría- es Nacional, en administración de ABBE, por lo que esta propuesta legislativa, vendría a completar toda la extensión del territorio en el que se propiciará la creación del “Parque Nacional Laguna El Palmar”, lo cual deberá legislarse en Congreso de la Nación oportunamente. 
 
Con la iniciativa provincial 1747/21 se busca “otorgar una figura de protección legal del máximo nivel y generar una significativa atracción turística, cuya importancia ecológica de este ambiente justifica el desarrollo de una estrategia conjunta nacional y provincial que se materializará en el “Parque Nacional Laguna El Palmar”, cuyo objetivo es conservar a perpetuidad los ecosistemas naturales de esta región en su máxima diversidad e integridad ecológicas y, a su vez, promover el desarrollo regional sustentable a través de la actividad turística” explica Insaurralde.
 
“Esta decisión de transformar ese territorio en Parque Nacional representa la oportunidad de cumplir con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible a través de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible -O.D.S.- que la Argentina en el año 2015 asumió en Naciones Unidas junto a otros países para reducir la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos, a lo que la provincia se adhirió oportunamente” manifestó la legisladora.
 
El proyecto
 
La propuesta legislativa, impulsa la transferencia  a favor del Estado Nacional la jurisdicción y el dominio necesarios para que éste ejerza las competencias previstas en la ley nacional 22.351- Parques Nacionales -, y con destino a la creación del “Parque Nacional Laguna El Palmar”, la Jurisdicción del inmueble ubicado en el departamento Bermejo que abarca 630 hectáreas.
 
Dicha transferencia, se haría efectiva a partir del cumplimiento de los requisitos previstos en la ley nacional 22.351- Parques Nacionales- y la firma del correspondiente convenio con el organismo competente del Estado Nacional, el que deberá prever, en lo pertinente, la reserva prevista en el artículo 4 de esta ley.
 
El proyecto indica que la misma quedaría sin efecto si el Estado Nacional, dentro del plazo de tres (3) años a partir de la sanción de la presente, no sanciona la ley de creación del Parque Nacional Laguna El Palmar.
 
Además se determinará que esta cesión que se realiza incluye la condición de retrocesión automática para el caso de cualquier modificación de la ley nacional 22.351- Parques Nacionales-, que implique la exclusión parcial o total del dominio público nacional de las áreas cuyo dominio se cede.
 
Esta cesión no otorga facultades a la autoridad de aplicación para la desafectación, sea ésta total o parcial, de las áreas cedidas.
 
La cesión de dominio y jurisdicción que se propone efectuar a través de la iniciativa provincial,  se sujeta al cumplimiento de las siguientes obligaciones a cargo del Estado Nacional:
a) custodiar las áreas mencionadas en el artículo 1º de la presente, garantizando mediante la presencia y construcción de mejoras necesarias, su resguardo e integridad hasta tanto se sancione la ley de creación del Parque Nacional Laguna El Palmar;
b) efectuar la mensura administrativa de las áreas cedidas y registrar los respectivos planos dentro del plazo de tres (3) años de sancionada la ley de creación del Parque Nacional Laguna El Palmar;
c) instalar el alambrado que fuera necesario para evitar el ingreso de animales domésticos en el área protegida;
d) promover las acciones de manejo convenientes para proteger la flora y faunas nativas.
 
Finalmente se facultaría  al Poder Ejecutivo Provincial a realizar los convenios, acuerdos o instrumentos que resulten necesarios para el cumplimiento de la presente ley.


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