Legislatura

13/10/2021

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Aprobaron beneficio tarifario para salas de teatros y centros culturales




A raíz de una propuesta del presidente de la Legislatura, Hugo Sager y los diputados Gladis Cristaldo, Nicolás Slimel y Juan Manuel Pedrini, el Poder Legislativo sancionó el beneficio de eximición permanente al pago de servicios públicos de energía eléctrica y agua potable, para los espacios culturales constituidos en salas de teatro y/o centros culturales de gestión privada o pública, que se encuentren debidamente registradas como tales en el Instituto de Cultura del Chaco.


A los fines, se considerará sala de teatro o centro cultural a toda aquella institución, que dentro del territorio provincial, bajo cualquier tipo societario o cooperativista,  realice, despliegue, promueva y desarrolle de manera exclusiva, actividades culturales vinculadas a las artes escénicas, como ser las de teatro, danza y música, entre otras, mediante espectáculos en vivo y/o cualesquier tipo de funciones, festivales, bailes, exposiciones, instalaciones y/o muestras con participación directa o tácita de los intérpretes y/o asistentes.
 
Para ello la normativa faculta a la autoridad de aplicación de esta ley a convenir con las empresas provinciales prestatarias de servicios de agua y luz  la eximición de hasta un cincuenta por ciento (50%) del total de las facturas emitidas correspondientes a los suministros efectuados a los locales y/o edificios en los que funcionen las salas de teatros y/o centros culturales alcanzados por la presente ley. El gasto que demande el beneficio será absorbido por la partida presupuestaria asignada a la autoridad de aplicación para tales efectos.
 
Asimismo faculta a las empresas provinciales prestatarias de servicios de luz y agua, a convenir planes de pagos, con la intervención de la autoridad de aplicación, para con los beneficiarios de la presente ley a los fines de regularizar la deuda devengada hasta la fecha de inicio de su vigencia.
 
De mismo modo que se faculta a la autoridad de aplicación - Instituto de Cultura del Chaco-  a crear un registro de salas de teatro y/o centros culturales, a los fines de obtener un empadronamiento actualizado de las entidades que son destinatarias de los beneficios que establece la presente ley, en el que deberán encontrarse registradas a los fines de acceder a los mismos. La reglamentación dará cuenta de los requisitos exigidos para su registración.
 
En este sentido, la ley además invita a los municipios a adherir a los objetivos de la presente ley, con el fin de exceptuar a las salas de teatro y/o centros culturales que se encuentren bajo su competencia, del pago del impuesto inmobiliario y tasa de servicios, en el mismo porcentaje que establece el artículo 3º.
 
Determinando que el gasto que demande la ejecución del presente será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes a la Jurisdicción 34: Instituto de Cultura del Chaco, de acuerdo con su naturaleza.
 
Al momento de fundamentar la propuesta, uno de sus autores, el diputado Slimel explicó que “este proyecto es una iniciativa que surgió de una reunión que tuvimos con la ex presidenta del instituto de cultura, Mariela Quiroz, y una gran cantidad de hacedores culturales que manifestaron la preocupación de crisis sanitaria y la preocupación de llegar a fin de mes, por lo cual se presentó este proyecto que tuvo un trabajo legislativo importante”.
 
La misma “plantea la eximición de pago de servicio públicos parta salas de teatro y centro culturales de gestión públicas o privadas que estén registradas en el instituto. Habla de cincuenta por ciento de la eximición y la partida presupuestaria va a ser por parte del Instituto de Cultura y no a las empresas de servicio” detalló.


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