Legislatura

09/12/2021

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Diputada Ayala: ''Se cubrirá un vacío jurídico a las víctimas colaterales de la violencia machista''




La presidenta de la comisión de Género, Diversidad, Familia y Niños, Niñas y Adolescentes (NNyA) Jessica Ayala, autora de la iniciativa que busca una reparación integral y económica a cada persona menor de edad o con discapacidad y que debido a la violencia de género haya perdido a su progenitora y no fue alcanzado por la ley Brisa, destacó el tratamiento logrado en la comisión de Hacienda y Presupuesto. “Es una manera de cubrir el vacío jurídico de las víctimas colaterales”, afirmó.


Ayala es autora del proyecto junto a Liliana Spoljaric con el cual, se pretende complementar a la vigente ley Brisa que otorga una asistencia económica a NNyA, cuyas madres hayan sido víctimas de femicidio. 
 
Luego de su tratamiento en la comisión de Hacienda y Presupuesto de la Cámara de Diputados, la legisladora  remarcó  “la importante del avance con  el objeto de crear un Régimen complementario de aplicación retroactiva al momento de cometerse el delito, aunque haya sucedido antes de la entrada en vigencia de la ley: es una forma de cubrir el vacío jurídico que padecen hijas e hijos de víctimas de la violencia más extrema del machismo”, precisó. 
 
“Desde la implementación de la ley Brisa hemos hecho un relevamiento en el Chaco sobre los menores que no han podido ingresar al beneficio de la misma porque los femicidios fueron antes de la sanción de la normativa nacional: el estado debe llegar a las víctimas colaterales porque son los que han quedado atravesadas por la tragedia, por lo cual con el proyecto provincial de mi autoría y de Spoljaric de aprobarse,  se podrá subsanar esa falencia en pos de incluir a cada uno de los menores”, explicó.
 
LOS ALCANCES 
El proyecto de ley Subsidiario  de la ley número 27452  para NNyA de Ayala y  Spoljaric refiere que  serán destinatarios de la Reparación Económica Complementaria, las personas menores de 21 años o personas con discapacidad que sean hijo/a de la progenitora fallecida a causa de violencia intrafamiliar o de género que no se encuentren comprendidos por la ley Nacional N 27452. En cuanto al monto, deberá ser abonado por el Poder Ejecutivo de la provincia del Chaco mensualmente, por un valor equivalente a un salario mínimo vital y móvil que será inembargable.
 Sin embargo, la percepción de la reparación económica sólo se extinguiría en caso del sobreseimiento o la absolución del/la progenitor/a y/o progenitor/a afín procesado/a como autor/a, coautor/a, instigador/a o cómplice del delito de homicidio respecto de la progenitora y/o progenitora afín de los/as hijos/as en común. En estos casos, la autoridad de aplicación no podrá reclamar la devolución de los montos percibidos.


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