Legislatura

Coronavirus



Plan de Desescalada en el Poder Legislativo
Por Resolución 1012, la Legislatura adhiere a lo dispuesto en el Decreto 843/2020 del Poder Ejecutivo del Chaco. Las etapas hacia una nueva normalidad tienen vigencia a partir de las cero horas del 25 de julio.

Pautas para el retorno a la actividad laboral y parlamentaria

A partir del 27 de julio de 2020, para todas las dependencias de este Poder:

  • Mantener la suspensión de los términos y plazos administrativos, excepto los de carácter esencial (liquidación de sueldos y haberes y áreas de Tesorería y Contaduría).
  • Las reuniones de comisión (permanentes y especiales) se realizarán a través de una plataforma de videoconferencias.
PERSONAL A CUMPLIR FUNCIONES

Cada responsable de área deberá convocar al personal exceptuado por la normativa vigente:

  • Menores de 60 años de edad;
  • Que no presenten las enfermedades crónicas mencionadas en la declaración jurada de salud;
  • Que no tengan a su cuidado exclusivo: personas mayores, familiares con enfermedades crónicas, y/o niños/niñas menores de 13 años;
  • mujeres que no hayan dado a luz durante el período de aislamiento obligatorio. Las personas exceptuadas deberán cumplir con la declaración jurada de estado salud, y adjuntar documentación respaldatoria.
JORNADA LABORAL

De lunes a viernes, de 8 a 14 con turnos rotativos cada 15 días para evitar superposición del personal.

ATENCIÓN AL PÚBLICO

Se mantienen restricciones y medidas de bioseguridad.

Para trámites personales: envío de información vía telefónica y mensajería digital.

MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD

Cada edificio deberá contar con:

  • Paño o alfombra humedecida con solución desinfectante en el portal de ingreso;
  • Rociador de alcohol o dispensador de alcohol en gel y/o sustancia sanitizante, para desinfección de manos, maletines, carteras y pertenencias del ingresante;
  • Mantener disponibles estas sustancias sanitizantes en cada área.

Ingreso y permanencia de trabajadores, legisladores y terceros:

  • No podrán ingresar quienes registren temperatura igual o superior a 37ºC (control con termómetros infrarrojos), sin barbijo y/o protector facial y/o mascarilla y/o protector buco nasal.
  • Higienizar frecuentemente las manos;
  • Durante la estadía en los edificios, se deberá respetar una distancia igual o superior a 2 metros entre personas;
  • No compartir con otras personas elementos personales como mate, tazas, cubiertos, teléfonos, lapiceras y elementos de higiene personal;
  • Maximizar las herramientas digitales para evitar intercambio de objetos de trabajo (papeles, lapiceras, teléfonos etc.,) entre las personas que comparten el ambiente laboral.

Uso de ascensores:puede acceder una persona por turno, controlar su rociado con sustancias sanitizantes, en el ingreso y egreso de cada ocupante.

Controlar ventilación e higiene de cada ambiente de trabajo: pisos, puertas, barandas, pasamanos, escritorios, sillas, armarios, teclados, impresoras, fotocopiadoras.

  • Se registrará ingreso del personal (repartición a la que pertenece número de contacto) y de terceras personas con nombre y apellido, DNI, dirección.

Se prohíbe ingreso y circulación de personal o personas no autorizadas, en las diferentes dependencias del Poder.




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