Plan de Desescalada en el Poder Legislativo
Por Resolución 1012, la Legislatura adhiere a lo dispuesto en el Decreto 843/2020 del Poder Ejecutivo del Chaco. Las etapas hacia una nueva normalidad tienen vigencia a partir de las cero horas del 25 de julio.
Pautas para el retorno a la actividad laboral y parlamentaria
A partir del 27 de julio de 2020, para todas las dependencias de este Poder:
-
Mantener la suspensión de los términos y plazos administrativos, excepto los de carácter esencial (liquidación de sueldos y haberes y áreas de Tesorería y Contaduría).
-
Las reuniones de comisión (permanentes y especiales) se realizarán a través de una plataforma de videoconferencias.
PERSONAL A CUMPLIR FUNCIONES
Cada responsable de área deberá convocar al personal exceptuado por la normativa vigente:
-
Menores de 60 años de edad;
-
Que no presenten las enfermedades crónicas mencionadas en la declaración jurada de salud;
-
Que no tengan a su cuidado exclusivo: personas mayores, familiares con enfermedades crónicas, y/o niños/niñas menores de 13 años;
-
mujeres que no hayan dado a luz durante el período de aislamiento obligatorio. Las personas exceptuadas deberán cumplir con la declaración jurada de estado salud, y adjuntar documentación respaldatoria.
JORNADA LABORAL
De lunes a viernes, de 8 a 14 con turnos rotativos cada 15 días para evitar superposición del personal.
ATENCIÓN AL PÚBLICO
Se mantienen restricciones y medidas de bioseguridad.
Para trámites personales: envío de información vía telefónica y mensajería digital.
MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD
Cada edificio deberá contar con:
-
Paño o alfombra humedecida con solución desinfectante en el portal de ingreso;
-
Rociador de alcohol o dispensador de alcohol en gel y/o sustancia sanitizante, para desinfección de manos, maletines, carteras y pertenencias del ingresante;
-
Mantener disponibles estas sustancias sanitizantes en cada área.
Ingreso y permanencia de trabajadores, legisladores y terceros:
-
No podrán ingresar quienes registren temperatura igual o superior a 37ºC (control con termómetros infrarrojos), sin barbijo y/o protector facial y/o mascarilla y/o protector buco nasal.
-
Higienizar frecuentemente las manos;
-
Durante la estadía en los edificios, se deberá respetar una distancia igual o superior a 2 metros entre personas;
-
No compartir con otras personas elementos personales como mate, tazas, cubiertos, teléfonos, lapiceras y elementos de higiene personal;
-
Maximizar las herramientas digitales para evitar intercambio de objetos de trabajo (papeles, lapiceras, teléfonos etc.,) entre las personas que comparten el ambiente laboral.
Uso de ascensores:puede acceder una persona por turno, controlar su rociado con sustancias sanitizantes, en el ingreso y egreso de cada ocupante.
Controlar ventilación e higiene de cada ambiente de trabajo: pisos, puertas, barandas, pasamanos, escritorios, sillas, armarios, teclados, impresoras, fotocopiadoras.
-
Se registrará ingreso del personal (repartición a la que pertenece número de contacto) y de terceras personas con nombre y apellido, DNI, dirección.
Se prohíbe ingreso y circulación de personal o personas no autorizadas, en las diferentes dependencias del Poder.