Legislatura

10/03/2015

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NUEVO CONVENIO DE DESENDEUDAMIENTO FINANCIERAS DE LA DEUDA PROVINCIAL CON EL GOBIERNO NACIONAL




El Gobernador Jorge Milton Capitanich remitió, dirigido al Presidente de la Cámara de Diputados Darío Bacileff Ivanoff, para su tratamiento legislativo el Proyecto de Ley de aprobación del Convenio suscripto entre la Provincia del Chaco y el Gobierno Nacional el 30 de enero de 2015 en el marco del “Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas”, creado por Decreto Nacional Nº 660/10 y por medio del cual el Gobierno Nacional reformula las condiciones financieras de la deuda provincial con el Gobierno Nacional al 31 de diciembre de 2014, y por Resolución Nº 22 de fecha 28 de enero de 2015, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas aprueba las nuevas condiciones financieras de las deudas provinciales.


Asegura que la iniciativa (PL 444/15), tiene la finalidad de “reducir y reprogramar la deuda de las provincias con el Gobierno Nacional en condiciones que permitieran mejorar la situación financiera de corto y largo plazo”.

 

Precisa además en la nota de elevación que “el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación dispuso modificar las condiciones financieras de reembolso de las deudas mediante Resoluciones Nº 108/14, 445/14 y 705/14 suscribiéndose los respectivos convenios entre Provincia y Nación que disponían los compromisos que debían cumplimentar las provincias”.

 

“El Convenio, - cuya aprobación se solicita en la presente - , establece en su Artículo 8º, que el mismo entrará en vigencia una vez que sea aprobado por la norma provincial que corresponda” señala el titular del Ejecutivo Provincial.

 

El texto que propone para su aprobación legislativa en su artículo 1º dice: “Apruébese el Convenio suscripto el día 30 de enero de 2015 entre la Provincia del Chaco, representada por el señor Presidente de la Cámara de Diputados en ejercicio del Poder Ejecutivo, Dr. Darío Augusto Bacileff Ivanoff, y el Gobierno Nacional representado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, Cr Jorge Milton Capitanich, el señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, Dr. Axel Kicillof y el señor Ministro del Interior y Transporte Cr Aníbal Florencio Randazzo en el marco del Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas, que en fotocopia forma parte de la presente ley. Asegura que la iniciativa (PL 444/15), tiene la finalidad de “reducir y reprogramar la deuda de las provincias con el Gobierno Nacional en condiciones que permitieran mejorar la situación financiera de corto y largo plazo”.

 

Precisa además en la nota de elevación que “el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación dispuso modificar las condiciones financieras de reembolso de las deudas mediante Resoluciones Nº 108/14, 445/14 y 705/14 suscribiéndose los respectivos convenios entre Provincia y Nación que disponían los compromisos que debían cumplimentar las provincias”.

 

“El Convenio, - cuya aprobación se solicita en la presente - , establece en su Artículo 8º, que el mismo entrará en vigencia una vez que sea aprobado por la norma provincial que corresponda” señala el titular del Ejecutivo Provincial.

 

El texto que propone para su aprobación legislativa en su artículo 1º dice: “Apruébese el Convenio suscripto el día 30 de enero de 2015 entre la Provincia del Chaco, representada por el señor Presidente de la Cámara de Diputados en ejercicio del Poder Ejecutivo, Dr. Darío Augusto Bacileff Ivanoff, y el Gobierno Nacional representado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, Cr Jorge Milton Capitanich, el señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, Dr. Axel Kicillof y el señor Ministro del Interior y Transporte Cr Aníbal Florencio Randazzo en el marco del Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas, que en fotocopia forma parte de la presente ley. Asegura que la iniciativa (PL 444/15), tiene la finalidad de “reducir y reprogramar la deuda de las provincias con el Gobierno Nacional en condiciones que permitieran mejorar la situación financiera de corto y largo plazo”.

 

Precisa además en la nota de elevación que “el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación dispuso modificar las condiciones financieras de reembolso de las deudas mediante Resoluciones Nº 108/14, 445/14 y 705/14 suscribiéndose los respectivos convenios entre Provincia y Nación que disponían los compromisos que debían cumplimentar las provincias”.

 

“El Convenio, - cuya aprobación se solicita en la presente - , establece en su Artículo 8º, que el mismo entrará en vigencia una vez que sea aprobado por la norma provincial que corresponda” señala el titular del Ejecutivo Provincial.

 

 

El texto que propone para su aprobación legislativa en su artículo 1º dice: “Apruébese el Convenio suscripto el día 30 de enero de 2015 entre la Provincia del Chaco, representada por el señor Presidente de la Cámara de Diputados en ejercicio del Poder Ejecutivo, Dr. Darío Augusto Bacileff Ivanoff, y el Gobierno Nacional representado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, Cr Jorge Milton Capitanich, el señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, Dr. Axel Kicillof y el señor Ministro del Interior y Transporte Cr Aníbal Florencio Randazzo en el marco del Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas, que en fotocopia forma parte de la presente


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