Legislatura

24/06/2015

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SESIÓN ORDINARIA Nº 16 (I PARTE)





Se realizará una Sesión Especial el día 30 de Junio


CAPITANICH BRINDARÁ INFORMES SOBRE LA SITUACIÓN FINANCIERA DE LA PROVINCIA ANTE LA LEGISLATURA

 

La Legislatura aprobó una resolución por la que se fija una Sesión Especial en marco del Expediente Nº 206 presentado por el Poder Ejecutivo, para el día 30 de junio del corriente año, a las 8:00 hs. con motivo de exponer el Gobernador de la Provincia del Chaco Jorge Milton Capitanich ante los Señores Legisladores.

 

El temario previsto incluye: Contabilidad Patrimonial del sector publico provincial;  Cuenta de inversión 2014; cumplimiento del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal; resultado fiscal primario y financiero Periodo 2007-2015; deuda publica. Evolución y comparación con presupuesto y Producto Bruto Geográfico; evolución del patrimonio neto de las empresas públicas. 

 

A pedido de los legisladores del Interbloque Unión por Chaco, se añadió un segundo artículo por el que se establece que el Poder Ejecutivo acompañará con un informe por escrito de los temas abordados.

 

El tema motivó un largo debate en la que en principio todos los legisladores valoraron la iniciativa del Primer Mandatario de informar a la Cámara sobre temas de gran trascendencia. La diputada Irene Dumrauf mocionó que el informe por escrito sea remitido a la Legislatura 48 horas antes de la Sesión Especial, mientras que el diputado Carlos Martínez solicitó ampliación del temario, propuestas que no prosperaron ya que el bloque oficialista consideró que no sería pertinente imponer condiciones a lo que será una alocución voluntaria del Gobernador y no una interpelación o convocatoria de la propia Legislatura.

 

Legisladores del oficialismo destacaron la decisión política de Capitanich de brindar informes y recordaron que toda la información sobre la situación fiscal y presupuestaria de la provincia se encuentra a disposición de los diputados de todos los bloques mediante el trabajo de la Oficina Legislativa de Presupuesto (OLEP) así como en los portales de los organismos de gobierno.

 

 

 

 

IMPLEMENTARÁN UNA CAMPAÑA PROMOVIENDO LA DONACIÓN DE MÉDULA

 

La Legislatura sancionó la Ley 7614 impulsada por la diputada Elda Pértile que propone establecer la obligatoriedad de implementar una campaña anual de información y concientización con el fin de promover y difundir la importancia de la donación de médula ósea o Células Progenitoras Hematopoyéticas (C.P.H.) en el ámbito del territorio de la Provincia del Chaco. Las disposiciones de la ley y las que se dicten en su consecuencia se cumplirán y se harán cumplir por el Ministerio de Salud Pública de la Provincia.

 

La Legisladora explica en los fundamentos que “el proceso de trasplante de médula ósea sólo puede realizarse si la médula del donante y el receptor son compatibles al 100% y la posibilidad de que esto suceda es, en promedio, uno de cada cien mil. Más del 60% de los pacientes que requieren trasplante de médula no son compatibles con los donantes provenientes de sus respectivas familias. Es decir, que los pacientes que necesitan recibir un trasplante a menudo se enfrentan con graves dificultades para encontrar un donante. Cabe destacar que aproximadamente la mitad de los enfermos de médula son niños. 

Detalla que “la médula ósea es un tejido que se encuentra dentro de los huesos y produce todos los componentes de la sangre, las hemoglobinas, linfocitos y plaquetas. Algunas enfermedades que afectan a la sangre tienen su origen en la médula ósea, lo que hace necesario en muchos casos que el paciente sea trasplantado. La leucemia mieloide aguda, leucemia mieloide crónica y leucemia linfoblástica aguda son solo algunos ejemplos. El proceso de trasplante consiste en proporcionar al enfermo las células madre de los glóbulos rojos, glóbulos blancos y plaquetas de la sangre procedentes de un donante sano. Dicho proceso se lo denomina técnicamente trasplante de Células Progenitoras Hematopeyicas (CPH) o trasplante de medula ósea”.

Pértile observa que “el número de donantes en nuestro país es muy inferior al optimo, pese a que la donación de médula ósea no produce daños a la salud, la donación solo es una molestia pasajera y no genera secuelas, sin embargo para aquellos que necesitan recibir el trasplante, la donación significa la diferencia entre la vida y la muerte”.

La norma sancionada

 

Los objetivos de la ley serán: Informar y concientizar a la población sobre la importancia de la donación de C.P.H. para transplantes en enfermedades hematológicas como leucemia, anemia aplástica, linfoma, mieloma, errores metabólicos o déficit inmunológicos. Incrementar el Registro de donantes que lleva el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), creado por la Ley Nº 25.392. Transmitir la importancia de la donación, incentivando la solidaridad y eliminando temores basados en la desinformación; y contribuir a encontrar potenciales donantes para transplante de C.P.H.

 

Las campañas de información y concientización con el fin de promover la donación de C.P.H, serán elaboradas por la autoridad sanitaria provincial mediante programas especiales. La Ley establece también la obligatoriedad de colocar en lugar visible en todos los Hospitales, Centros de Salud y Laboratorios de la Provincia donde se realicen análisis y extracciones de sangre, un informativo sobre la donación de C.P.H.

 

El personal de los Hospitales, Centros de Salud y Laboratorios de la Provincia que realice análisis y extracciones de sangre será capacitado para brindar información y concientización con el fin de promover la donación de C.P.H.

 

Los fundamentos en el Recinto

 

La diputada Elda Pértile agradeció “a la Comisión de Salud haberse abocado a su estudio y análisis y haberse despachado con una opinión favorable, se pretende concientizar y difundir información y incrementar el registro de donantes trabajándose con el Incucai con la ley nacional 25.392 y transmitir la importancia de la donación, fomentar la solidaridad y eliminar temores que hoy frenan”.

 

La diputada Viviana Damilano adhirió “en un todo al acompañamiento del proyecto de la diputada Elda Pértile y resaltar que en el mismo sentido hemos presentado el año pasado un proyecto que también pretende adherir a la conmemoración del Día Nacional del Donante de Médula Ósea celebrado cada 1º de abril y esta Cámara se ha expedido por la resolución 279 en ese sentido”. Afirmó que “cuanto mas trabajemos esta temática, cuanto mas hablemos en todos los ámbitos vamos a llegar a entender lo importante que es ser donante”.

 

 

Encuadran la figura del Ingeniero Jefe

 

SANCIONAN ADECUACIÓN DE LA LEY DE VIALIDAD

AL ESTATUTO ESCALAFÓN ÚNICO NACIONAL

 

Fue sancionada la Ley 7615 impulsada por el legislador Carlos Beltrán que tiene como objetivo  modificar el artículo 11º de la Ley Nº 969 y sus modificatorias - Régimen de la Dirección de Vialidad Provincial.

 

El diputado Carlos Beltrán –autor de la iniciativa- explicó que “se trata de una modificación del artículo 11 de la Ley 969 que es la Ley Orgánica de Vialidad Provincial, para encuadrar la figura del Ingeniero Jefe dentro del marco de la Ley Nacional 20320 que es el Estatuto Escalafón Único para Trabajadores Viales”.

 

“La Estructura Orgánica de Vialidad –puntualizó- establece un Administrador General y un Sub Administrador que son los cargos políticos designados por el Poder Ejecutivo; en cuanto al Ingeniero Jefe, entendemos que tiene que ser de planta permanente de Vialidad porque las características de la función requieren de un amplísimo conocimiento de la tarea vial atento a que ese funcionario es el que tiene que resolver la planificación para la ejecución de las obras viales” precisó el diputado Beltrán.   

 

FACULTAN AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN A DISPONER MEDIDAS EXCEPCIONALES PARA GARANTIZAR DERECHOS LABORALES

 

La Legislatura aprobó  la Ley 7616 propiciada por el Poder Ejecutivo a través de la cual se faculta al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología a disponer medidas excepcionales, ante la transitoriedad que como resultado de la aplicación de la nueva estructura curricular, se genere en las escuelas de educación secundaria, en el marco de la aplicación de la ley Nº 6691.

 

Los fundamentos que acompañan la iniciativa explican que “ante el dictado de la nueva Ley de Educación de la Provincia Nº 6691, surge una nueva estructura del Sistema Educativo Provincial,  que llevó al planteo en el seno de la Comisión de Política Salarial y Condiciones de Trabajo por parte de los Sindicatos, sobre los procesos administrativos a cumplimentar para tal cometido”. 

Resaltan que “la Ley Nº 6691, en sus disposiciones transitorias ya contempla el resguardo de los derechos laborales de los docentes, establecidos desde los Artículos 187 al 193. Dichos resguardos están dirigidos tanto en su función, al salario, a la formación y  capacitación permanente, seguridad en  las equivalencias  de títulos y el tiempo gradual y progresivo de la implementación de la misma. Además contempla las condiciones laborales cuando está garantizando la no modificación de las categorías de los establecimientos educativos, como así  también la movilidad de los alumnos”. 

“Por ello –sostienen- queda claro que deben darse excepciones de procedimientos ya establecidos para garantizar los derechos laborales docentes. En ese sentido se da la necesidad de sancionar la  ley, a la que se llegó con el acuerdo de los sindicatos docentes en el marco de la Comisión de Política Salarial y Condiciones de Trabajo”. 

 

Los fundamentos en el Recinto

 

La Presidentade la Comisión de Educación, Nancy Mariel Gersel, explicó que “este proyecto del Ejecutivo dispone implementar medidas excepcionales ante la transitoriedad que como resultado de la aplicación de la nueva estructura curricular genera  en las escuelas de educación secundaria en el marco de la ley 6691-. La iniciativa tiene acuerdos por unanimidad de la comisión de políticas salariales y los sindicatos docentes, y pretende resguardar tanto la función, el salario, la formación, la capacitación permanente, seguridad en la equidad de títulos, y el tiempo gradual y progresivo en la implementación de la misma”.

 

“Además –puntualizó- contempla las condiciones laborales garantizando la no modificación de las categorías en los establecimientos educativos, con el fin de garantizar los derechos laborales docentes se debe dar excepción en el procedimiento ya establecido y por esto tiene despacho favorable de la comisión de educación y pido su acompañamiento”.

 

La diputada Elba Altamiranda destacó “la importancia de esta ley para las escuelas de educación secundaria porque va a permitir garantizar la estabilidad laboral de profesores en los distintos cursos y divisiones, y permitir la reubicación a través de la implementación de la nueva ley de educación”. Sostuvo “creemos que respeta esa idea que teníamos cuando aprobábamos la ley de educación de garantizar estabilidad ante este período de transición que viven los docentes”.


Daniel Trabalónexpresó “producto del proceso democrático de debate que se dio en la provincia donde se sanciono una nueva ley de educación, debemos avanzar en una legislación que instrumente nuevas estructuras y nuevos diseños curriculares y lo que estamos haciendo es dejar atrás la ley de federal de educación”. Explicó “esto tiene como objetivo garantizar la estabilidad laboral de los docentes, esta legislación que estamos por sancionar tiene un proceso de debate previo entre el Ministerio de Educación y los gremios, y eso valoramos”.

 

El diputado Luis Verdún destacó “esta iniciativa del Poder Ejecutivo y el trabajo de los asesores en la Comisión de Educación, y quiero destacar a los asesores de nuestro interbloque que llegaron a hablar con dirigentes gremiales y con las autoridades del Ministerio de Educación, esto fue muy productivo”. Agregó que la norma “permite la reubicación de los docentes y resguarda la estabilidad laboral, es importante para los docentes, para los alumnos”.

 

La norma fue aprobada por unanimidad en general, mientras que en particular los legisladores de Unión por Chaco se abstuvieron en el artículo 9º por considerarlo contrario al Estatuto del Docente.

 

El texto de la Ley

 

La norma sancionada aprueba “a partir del Ciclo Lectivo 2015, con carácter de excepción, mecanismos que resguarden los derechos y la estabilidad laboral de los docentes durante el periodo de transición, ante la implementación de la nueva estructura curricular en las escuelas de educación secundaria, en el marco de la 6691 y sus modificatorias - Ley de Educación-“.

 

El periodo de transición iniciará para el Ciclo Básico, en el Periodo Lectivo 2015, y para el Ciclo Orientado, en el Periodo Lectivo 2016. Los principios generales que se deberán contemplar en la etapa de transición estarán dirigidos a proteger la situación laboral del personal docente  titular o interino, y orientado a: garantizar la estabilidad laboral, el respeto a la carga horaria, con excepción de aquellos que incrementen mínimamente su carga horaria por indivisibilidad. Respetar el  curso, división, turno  e instituciones, salvo expreso consentimiento del  docente. Mantener la categoría de los establecimientos por la aplicación de la nueva estructura curricular.

 

Los docentes titulares, deberán ser reubicados definitivamente en función de las opciones que fueran realizando en la etapa de transición o modificando su situación  laboral tendiendo a la concentración horaria, en el marco de los principios generales.

 

En la reubicación definitiva de los docentes titulares de  los establecimientos educativos de nivel secundario, intervendrá la Junta de Clasificación respectiva de acuerdo con un orden de prioridades. Los docentes titulares que no pudieren ser reubicados, por no estar comprendidas sus asignaturas en los nuevos diseños curriculares,  o por disminución de su carga horaria, serán reubicados en la carga horaria que poseían en el establecimiento en el que se desempeñaban, en el mismo establecimiento o en aquel que mayor carga horaria posea, respetando su sueldo, para cumplir funciones pedagógicas o técnicas administrativas, las que no generarán suplencias.

 

Los profesores titulares designados por cargos deberán ser reubicados definitivamente, respetando tal condición, en cumplimiento de lo establecido en la presente.

 

Los docentes interinos designados antes de la aplicación de la nueva estructura curricular, cuyas horas fueran ocupadas por un titular reubicado definitivamente,  o por no estar comprendidas sus asignaturas en los nuevos diseños curriculares, serán designados en asignaturas y/o  espacios curriculares análogos u  homólogos,  de acuerdo con la competencia del título, en el mismo establecimiento o en aquel que mayor carga horaria posea, de no ser posible por falta de vacante se le dará continuidad designándolos en espacios de proyectos focalizados hasta un próximo concurso.

 

El artículo 9º que generó discusión en el recinto determina que ante eventuales controversias que pudieran suscitarse en la determinación del sentido y alcance de la presente  y normas complementarias, con relación a la situación laboral del personal docente involucrado, previo a la toma de decisión definitiva por parte de la Junta de Clasificación, se dará participación a la Comisión de Política Salarial y Condiciones de Trabajo.


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