Legislatura

04/03/2016

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CANATA IMPULSA LA CREACIÓN DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LENGUAS INDÍGENAS




La diputada del Bloque UCR-NEA, Ana María Canata, es autora del proyecto 11/16, que impulsa la creación del Instituto Provincial de Lenguas Indígenas como entidad descentralizada del Estado Provincial y con participación indígena, cuyo objeto será promover el fortalecimiento, preservación y desarrollo de las lenguas indígenas que se hablan en el territorio del Chaco, asesorar a la provincia y sus municipios para articular las políticas públicas necesarias en la materia.


La propuesta establece que el Poder Ejecutivo de la Provincia del Chaco designará a su titular, y estará compuesto por un representante de Asuntos Indígenas perteneciente a la Secretaria de Derechos Humanos de la Provincia del Chaco; un representante del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencias y Tecnología; un representante de las Asociaciones Civiles que tengan como objeto social declarado en su estatuto, la defensa y promoción a los Pueblos Originarios, con domicilio legal, dentro del ámbito de la Provincia del Chaco; y un profesional Licenciado en Letras.

 

Además, incluirá a un representante por cada lengua indígena registrada, que sea hablante de la misma, y elegido por cada comunidad indígena correspondiente, cuyos requisitos y procedimiento electivo deberá respetar y aceptar la dinámica institucional de cada pueblo; y en la composición del Consejo se deberá garantizar la mayoría de representación indígena.

 

De sancionarse la norma, corresponderá al Instituto Provincial de Lenguas Indígenas:

Actuar como Organismo de aplicación de la ley, velando por su cumplimiento y la consecución de los objetivos; llevar el Registro Provincial de Lenguas Indígenas que será de carácter público; disponer la inscripción de las lenguas de las comunidades indígenas que lo soliciten y resolver, en su caso, la cancelación de la inscripción; realizar las investigaciones necesarias para conocer la diversidad de las lenguas indígenas; diseñar estrategias e instrumentos para el desarrollo, preservación y promoción de las lenguas indígenas; elaborar y promover la producción de gramáticas, la estandarización de escrituras y la promoción de la lectoescritura en lenguas indígenas.

 

Deberá además traducir de forma escrita a las lenguas indígenas los textos, documentos e informes oficiales y/o cualquier otro texto legislativo, judicial o administrativo que afecte a los pueblos y las comunidades indígenas; certificar la traducción de forma escrita u oral en las lenguas indígenas de todo procedimiento de consulta e información que tenga como receptor a una comunidad originaria o un integrante de la misma; establecer la normatividad y formular programas para certificar y acreditar a técnicos y profesionales bilingües en materia de lenguas indígenas.

 

Promoverá también el uso de la lengua indígena perteneciente a la comunidad correspondiente en los actos públicos y oficiales que afecte a la misma; fomentará el bilingüismo en los procesos electorales en comunidades hablantes en alguna de las lenguas indígenas; ampliará el ámbito social de uso de las lenguas indígenas y promover el acceso a su conocimiento; estimulará la preservación, conocimiento y aprecio de las lenguas indígenas en los espacios públicos y los medios de comunicación de acuerdo a la normatividad en la materia; y actuará como órgano de consulta y asesoría de las distintas dependencias y entidades de la Administración Pública Provincial, así como de las instancias de los Poderes Legislativo y Judicial.

 

El proyecto hace referencia también a la integración del patrimonio del Instituto Provincial de Lenguas Indígenas; mientras que sus reglas de funcionamiento y estructura administrativa se establecerán en el Reglamento Interno.

 

En los fundamentos de la iniciativa la diputada Canata observa que “los Pueblos Originarios han sido un sector desfavorecido, discriminado, invisibilizado y segregado en la sociedad Argentina a lo largo de la historia” y sostiene que “el Estado argentino, en todos sus niveles, tiene una deuda de gratitud y respeto de sus derechos humanos y un deber de reivindicación para aquellos pueblos que preexistieron a la consolidación del Estado”.

 

En ese sentido, explica que “el objetivo de esta ley es regular y normativizar el reconocimiento y protección de los derechos lingüísticos individuales y colectivos de los pueblos y comunidades indígenas, así como la promoción del uso y desarrollo de las lenguas indígenas dentro del ámbito de la Provincia del Chaco”.

 


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