DECLARA EMERGENCIA PROVINCIAL PARA PERSONAS USUARIAS Y DEUDORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO EXPEDIDAS POR EL NUEVO BANCO DEL CHACO S.A.¤
ENMIENDA DE ARTÃCULO DE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL DEL CHACO 1957-1994.¤
CREA EL PROGRAMA PROVINCIAL DE MEDICAMENTOS SOLIDARIOS PARA ADULTOS/AS MAYORES. (PRO.ME.S.A.M.), DESTINADO A GARANTIZAR EL ACCESO A MEDICAMENTOS ESENCIALES PARA JUBILADOS/AS Y PENSIONADOS/AS.-
DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA E INTERÉS SOCIAL Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL INMUEBLE UBICADO EN LA LOCALIDAD DE FONTANA.-
INSTITUYE A LA CIUDAD DE GENERAL PINEDO COMO LA CAPITAL DEL CARNAVAL DEL SUDOESTE CHAQUEÑO.-
ESTABLECE EL PROGRAMA PROVINCIAL DE PROMOCIÓN Y CAPACITACIÓN OBLIGATORIA DEL BUEN TRATO Y PROTECCIÓN INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES.¤
MARCO NORMATIVO DE LOS CENTROS DE ESTUDIANTES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE NIVEL SECUNDARIO, NIVEL SUPERIOR NO UNIVERSITARIO Y ESCUELAS BÃSICAS DE ADULTOS.¤
ESTABLECE QUE LA POLÃTICA SALARIAL PARA EL SECTOR PÚBLICO DE LA PROVINCIA DEL CHACO DEBERà CONTEMPLAR Y RESPETAR COMO PISO MÃNIMO PARA LAS REMUNERACIONES NETAS, UN SALARIO MÃNIMO VITAL Y MÓVIL VIGENTE AL MOMENTO DEL PAGO.¤
MODIFICA LA LEY Nº 834-Q, LEY ELECTORAL.-
RÉGIMEN DE RECUPERACIÓN DE LA AGRICULTURA FAMILIAR CHAQUEÑA.¤