Los objetivos son fomentar la creación, consolidación y sustentabilidad de emprendimientos y proyectos de la economía social en la provincia; desarrollar mecanismos que agilicen las operatorias de microcréditos a fin de poder dar respuesta eficaz a las y los tomadores de crédito y mecanismos que regulen y reduzcan los costos operativos e intereses que inciden sobre los destinatarios finales de los microcréditos.
También busca revalorizar y potenciar la economía social y sus actores, propiciando la adhesión municipal de todos los gobiernos locales a la presente ley, haciendo posible su inclusión en los planes y proyectos de desarrollo local y regional.
El proyecto entiende como microcrédito aquellos préstamos destinados a financiar la actividad de emprendimientos individuales o asociativos de la Economía Social, cuyo otorgamiento se determinará en función de las características del emprendimiento (ámbito donde se realiza -rural y/o urbano-, tamaño, flujo de ingresos y egresos, posibilidades de crecimiento, cantidad de personas que emplea), teniendo como principio rector la confianza en el/ la prestatario/a, fundamentada en su capacidad de trabajo, honorabilidad y experiencia, no pudiendo el monto del mismo exceder la suma equivalente a los DOCE (12) salarios mínimo, vital y móvil.
En tanto, plantea que los sujetos de derecho serán las personas humanas o jurídicas contempladas en la Ley Nacional Nº 26.117 de Promoción del Microcrédito para el Desarrollo de la Economía Social, cuyos activos totales no superen las CINCUENTA (50) canastas básicas totales por puesto de trabajo, cifra actualizada por el Instituto Nacional De Estadística Y Censos De La República Argentina (INDEC).