Asimismo, la ley prevé que la autoridad de aplicación, deberá impulsar la creación de archivos que al- berguen material testimonial oral y/o escrito, registral, histórico, fotográfico, audiovisual. gráfico y toda otra información que permita reconstruir los recorridos de la población gitana romani (Rrom, Ludar, Caló) en nuestro territorio y la vulneración de sus derechos hu-manos, así como sus conformaciones culturales y sus formas de organización, lucha y resistencia.
También deberá trabajar, conjuntamente con los organismos nacionales vinculados en la materia, en la conmemoración del "Samuradipen". , convocando a participar a las y los referentes u activistas gitanos romanies (Rrom, Ludar, Caló) radicados en el territorio Chaqueño y deberá impulsar la memorialización, a través de placas u otras formas de visibilización del recuerdo por las víctimas y familiares del "Sa-muradipen" e invitará a Centros de Estudios, Institutos, Museos y otras entidades vinculadas a la memoria y a la historia de nuestra provincia, a replicar acciones dentro de la esfera de sus competencias.
Con esta ley se invita a los Municipios a generar archivos documentales locales, con tes-timonios, documentos legales y audiovisuales, que permitan recuperar la historia, la cultura y reivindicar el derecho a la memoria y la verdad de la población gitana romani, así como toda otra actividad de similar tenor.