Legislatura

15/08/2024

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Modifican la Ley de Seguridad Pública para dotar a las Fuerzas de Seguridad de armas electrónicas no letales




Con la sanción de la Ley 4073-J, diputados aprobaron la modificación de distintos artículos de la Ley de Seguridad Pública Nª 2011-J a partir de una iniciativa presentada por el diputado diputado Ernesto Blasco. El objetivo es regular el empleo de las armas electrónicas no letales de manera uniforme con el fin de dotar a las Fuerzas Policiales y de Seguridad, de una normativa actualizada para ejercer debidamente sus funciones.


Con esta modificación se incorporan los protocolos y procedimientos generales en materia de inteligencia criminal, operaciones policiales y logística policial, y protocolo de actuación para la utilización de Dispositivos //Electrónicos de Inmovilización Momentánea de baja letalidad (DEIM)
Además establece la posibilidad de recurrir a Dispositivos de Incapacitación neuromuscular que produzcan incapacitación temporal o al uso de armas de fuego solamente en caso de legítima defensa propia o de terceros o situaciones de estado de necesidad debiendo obrar de modo de reducir al mínimo los posibles daños y lesiones.
En otra de las modificaciones incorpora el deber de identificarse como funcionarios del servicio, cuando el empleo de la fuerza, de dispositivos de incapacitación neuromuscular que produzcan incapacidad temporal o de armas de fuego sea inevitable, en la medida de lo posible y razonable, dar una clara advertencia de su intención de emplear la fuerza, de dispositivos de incapacitación neuromuscular que produzcan incapacidad temporal o armas de fuego con tiempo suficiente como para que la misma sea tomada en cuenta, salvo que, al dar esa advertencia se pusiera indebidamente en peligro a las personas protegidas o al funcionario del servicio, se creara un riesgo cierto para sus vidas y el de otras personas, o resultara evidentemente inadecuada o inútil dadas las circunstancias del caso.
Asimismo la ley, faculta  al Ministerio de Seguridad a solicitar a la agencia nacional de materiales controlados la correspondiente autorización para la adquisición y utilización de los dispositivos electrónicos de inmovilización momentánea de baja letalidad (DEIM). También faculta a redactar, a través de la Subsecretaria de Seguridad Pública y en coordinación con las división superior de la Policía provincial, el protocolo de actuación para el uso de los dispositivos electrónicos. 
En tanto, el  Poder Ejecutivo deberá llevar adelante la capacitación o formación de los agentes o personas que utilizaran los dispositivos electrónicos de inmovilización momentánea de baja letalidad (DEIM) anteriores, con el objeto de su correcto uso. 
En los argumentos esgrimidos en el recinto, el diputado Blasco explicó ante sus pares que “el proyecto fue presentado en febrero para modificar la ley y  darle herramientas a nuestras fuerzas de seguridad. Me lleva a presentar este proyecto un caso en Napenay donde un policía joven en el 2018 en un intento de desarmar a una persona con arma blanca recibió una puñalada que terminó con su vida, dejando a una mujer con dos chicos a la deriva, porque lo único que tenía encima era un arma de fuego y esa arma contra un arma blanca es un uso desproporcional, entonces corre peligro su trabajo y su libertad”, recordó el legislador.   
Agregó que  “se trata de dispositivos  importantes para incorporar en grupos especiales, no en toda la policía ya que la misma empresa sugiere que se empiece de a diez dispositivos, económicamente es insignificante para el Ministerio de Seguridad  y aclarar también que los voltios que genera no son peligrosos para la vida. Esto tiene un voltaje 1400 a 2000 voltios, y un amperaje muy bajo, puede ser utilizado hasta en personas que tiene marcapasos, no afectan el sistema nervioso central y aclarar que la persona  nunca pierde el conocimiento”.