Diputados que integran la Comisión de Legislación del Trabajo analizaron un proyecto que plantea incluir párrafos en los artículos 126 y 130 a la normativa que establece el régimen de jubilaciones y pensiones del INSSSEP (antes Ley 4044). Las modificaciones apuntan a la determinación del haber mensual de la jubilación ordinaria docente móvil.
El proyecto, presentado por el ex legislador Roy Nikisch tuvo dictamen dividido en el seno de la comisión, favorable de los bloques PJ y Nepar y en cartera con pedido de opinión al Insssep por parte del oficialismo. El mismo, propone “incluir como cuarto párrafo del artículo 126 de la ley 800 H que se hará el prorrateo pertinente en los cargos de mayor jerarquía o mayor remuneración, en forma continua o discontinua lo que determinará el haber mensual, al igual que la bonificación por zona y antigüedad las que serán liquidadas tomando los 10 mejores años percibidos sobre los cuales se hará el prorrateo correspondiente”.
Asimismo, propone incluir el inciso d) al artículo 130 de la ley 800 H (antes 4044 ) el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 130: SERVICIOS DOCENTES SIMULTANEOS: Los servicios docentes simultáneos desempeñados durante la carrera docente que figuren las pertinentes certificaciones de servicios con aportes y contribuciones diferenciales se tendrán en cuenta para determinar el haber, se agregará que “la bonificación por zona surgirá del prorrateo de las mejores retribuciones percibidas durante 10 años”.
La reunión contó con quórum de los diputados Francisco Romero Castelán (Pte), junto a los legisladores Nicolás Slimel, Samuel Vargas, Juan José Bergia, Pía Chiacchio Cavana, Patricio Pavón, Ernesto Blasco, Sebastián Lazzarini y Mariela Quirós.