Plantea que la construcción y el personal de servicio necesario para el mantenimiento de los módulos sanitarios estarán a cargo de los Municipios, proponiendo que la Secretaría de Municipios y Ciudades de la Provincia será la autoridad de aplicación.
Además - de aprobarse la norma - se establece que los Municipios podrán gestionar ante el Gobierno de la Provincia del Chaco, los fondos necesarios para la construcción de los baños públicos, de los cuales se adjunta Plano General.-.
La legisladora observa que “recorriendo la Provincia del Chaco, notamos que en la mayoría de las plazas centrales, de diferentes ciudades o pueblos, no existen baños públicos y en caso de los lugares donde existen, los mismos se encuentran fuera de servicio o no se hallan en óptimas condiciones para su uso cotidiano. También es notoria la falta de baños públicos aptos para el ingreso de personas con capacidades diferentes”, y ante esta problemática la presente ley “persigue la construcción de baños públicos en plazas centrales de toda la provincia, que cuenten con condiciones de accesibilidad necesarias para personas con capacidades diferentes.- Para ello, se impone por la presente a los Municipios la construcción de los mismos en las plazas centrales que no cuenten con este servicio” argumenta la diputada Alonso.