Por Resolución Nº 1791/16 se aprobó las Bases y Condiciones y el Cronograma de Actividades correspondientes a la Ley 7068 “Premio Anual de Reconocimiento a la labor más destacada en la Erradicación de la Violencia de Género de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco", de en base al procedimiento establecido en el Anexo de la presente.
Se destaca la importancia fundamental de este reconocimiento en cuanto pone de relieve la lucha de aquellas personas e instituciones que en forma denodada bregan por la erradicación de esta problemática.
Los diputados que integran la comisión de Derechos Humanos Orlando Charole, Carlos Martínez y Héctor Vega impulsaron la iniciativa en cuyos fundamentos señalan que “el flagelo imperante en materia de violencia de género que se halla inmerso en nuestra sociedad, implica que todos los recursos del estado se inviertan para combatir y erradicarlo. Pero es un desafío que necesita del compromiso de todos los actores de la sociedad”.
Advierten que “la continuidad y reproducción de diferencias de trato basadas en estereotipos y relaciones de dominación son las causantes directas del uso de la violencia y contribuyen a que nuestras sociedades no puedan avanzar en el desarrollo pleno de la igualdad”. “Las políticas implementadas tienen su impacto concreto en la vida de cada uno; pero el desarrollo de acciones orientadas a luchar contra la violencia de género forman parte de un profundo cambio de paradigma cultural y los cambios culturales requieren de tiempo y de un fuerte y generalizado compromiso cívico”.
“Es por ello, que las bases que inspiraron a la sanción de la ley 7068, tienen como fin preponderante el compromiso que cada persona debe asumir su rol de ciudadano y comprometerse desde su ámbito a cooperar en las acciones necesarias para llevar a cabo una disputa común en pos de una sociedad sin violencia” expresaron los legisladores, fundamentos que fueron acompañados con la aprobación de la resolución.
CRONOGRAMA
Podrán inscribirse Personas Físicas o Jurídicas.
Entrega del Premio el 25 de Noviembre de cada año. (Día Internacional de la Violencia contra la Mujer).
Durante los meses de SETIEMBRE/OCTUBRE: Recepción/Ingreso de Solicitudes de Postulantes C/Antecedentes y Avales.
OCTUBRE: Conformación de la Comisión de Evaluación de Antecedentes y dictado del instrumento para su posterior entrega el 25 de Noviembre
BASES Y CONDICIONES
Podrá participar cualquier persona física o jurídica que se destaque o se haya destacado, por su labor en la Erradicación de la Violencia de Género en la provincia del Chaco, con domicilio real en la provincia, y una antigüedad en la misma de dos años.
Tendrá vigencia en todo el territorio de la provincia del Chaco, cuya entrega se hará cada año. La propuesta deberá ser ingresada durante los meses de Septiembre y Octubre del corriente año, por escrito y en sobre cerrado, por vía postal o personalmente.
El sobre debe contener datos verificables del candidato/a con una descripción de trabajos comprobables realizados en ese sentido y deberá ser ingresado por mesa de entradas de la Cámara De Diputados de la Provincia del Chaco, sito en Güemes 140 3º piso, y dirigido a la Comisión De Derechos Humanos- ley 7068.
El otorgamiento del premio estará a cargo de una comisión de evaluación y adjudicación; conformado de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3 – Ley 7068.
El premio consistirá, según lo prevé en el articulo 4º de la mencionada ley, en una placa, en la que figurará la imagen del escudo de la provincia y la leyenda “Premio Anual de Reconocimiento a la Labor mas Destacada en la Erradicación de la Violencia de Genero de la Cámara de Diputado de la Provincia del Chaco – Ley 7068”, donde también se grabará el nombre del titular y la fecha en que se concede la placa.