Desde la oposición se mocionó su permanencia en cartera pero solo alcanzó 9 votos.
La ley en su art. 1º modifica el Presupuesto de Gastos de la Administración Pública Provincial no Financiera (Administración Central y Organismos Descentralizados), para el Ejercicio 2015, de conformidad con las planillas anexas que forman parte integrante de la presente y que totalizan aumentos de erogaciones por $ 4.415.146.700.
Luego en el art. 2º se modifica el Cálculo de Recursos de la Administración Pública Provincial, no Financiera para el Ejercicio 2015, de conformidad con la planilla anexa que forma parte integrante de la presente y que totaliza aumentos por $ 4.415.146.700.
Se autoriza en el art. 3º al Poder Ejecutivo, como excepción a lo establecido en el inciso b) del art. 53 de la ley 4787 y sus modificatorias, a disminuir erogaciones de capital para incrementar erogaciones corrientes en las jurisdicciones y entidades cuyos créditos presupuestarios resulten con excedente en el ejercicio financiero 2015.
Además la norma en el art. 4º autoriza el órgano rector del sistema presupuestario a aprobar por disposición la desagregación analítica por programas, proyectos y actividades, de las modificaciones que para cada jurisdicción se aprueban por el art. 1º.
Finalmente el art. 5º autoriza al Poder Ejecutivo a adecuar el Balance Financiero Preventivo del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial no Financiera, para el Ejercicio 2015, incorporando las modificaciones autorizadas por la presente.