“Desde la fecha de su sanción han transcurrido más de cuatro años sin que se haya instrumentado efectivamente este instituto tan importante para el desempeño profesional de nuestra Policía. Es que asistimos a una constante preocupación de los cuadros de la fuerza en cuanto a la cierta desprotección jurídica que poseen en el ejercicio del desempeño profesional.
En la actual estructura administrativa de la Policía del Chaco no existe ningún órgano que cumpla la función de revisar las condiciones laborales en que se desempeñan los efectivos de la fuerza, especialmente si consideramos que las condiciones laborales en esta profesión son determinantes sobre el nivel de riesgo o exposición al daño físico de los que la desarrollan.
Es imperioso buscar una fuente de comunicación en que el policía pueda expresar las deficiencias en la prestación de su importante labor, como así también indicar las soluciones y medidas conducentes a mejorar su servicio.
La puesta en funcionamiento de la Defensoría del Personal Policial, es tan anhelado por los cuadros como un instrumento necesario para mitigar los riesgos propios de un cada vez más exigente servicio profesional, agravado por las nuevas formas de delincuencia y el aumento incipiente de los índices de inseguridad.
Estos cuadros que en nuestra Provincia tienen carácter NO DELIBERATIVO, como Fuerza Civil con dependencia jerárquica directa, ven con optimismo que un Defensor podrá respaldarlos, vigilar los procesos de sanción y así también limitar las arbitrariedades a las que pueden estar expuestos los efectivos.
La forma de continuar con el perfeccionamiento sustancial que significó para la jerarquización y profesionalización de la Policía la Ley Nº 6976, es asegurar a sus cuadros el respaldo del estado en la defensa de sus derechos legítimos.
Hemos puesto a nuestra Policía a la vanguardia como institución democrática, con sumisión absoluta a los poderes constituidos, orientando su capacitación al pleno respeto de los derechos humanos de los ciudadanos. Ahora es necesario fortalecer al Policía para que su correcta actuación tenga el respaldo institucional del Estado.
El proyecto tiene como objetivo garantizar el respeto a la función policial y la protección de su trabajo como lo establece El artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional "El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea". A su vez, el artículo 14 define el derecho a "peticionar a las autoridades" de todos los habitantes de la Nación”, fundamentó el legislador