La Ley N° 27.279 establece presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de los envases vacíos de fitosanitarios en virtud de la toxicidad del producto que contuvieron. Es la primera ley argentina en introducir el concepto de responsabilidad extendida y compartida ya que la Autoridad de Aplicación es compartida entre el Ministerio de Agroindustria y el Ministerio de Ambiente.
Los objetivos planteados en la ley 27.279 son:
a) Garantizar que la gestión integral de los envases vacíos sea efectuada de un modo que no afecte a la salud de las personas ni al ambiente.
b) Asegurar que el material recuperado de los envases que hayan contenido fitosanitarios no sea empleado en usos que puedan implicar riesgos para la salud humana o animal, o tener efectos negativos sobre el ambiente.
c) Mejorar la eficacia de la gestión, considerando las estructuras y métodos preexistentes en cada jurisdicción, de conformidad con el principio de progresividad.
d) Dinamizar el procedimiento administrativo para el registro y autorización de los sujetos comprendidos en la presente ley.