Con un minuto de silencio expresaron pesar y reconocieron la trayectoria del ex Gobernador de Córdoba José Manuel De la Sota
El diputado justicialista Ricardo Sánchez, previo al inicio de la sesión ordinaria expresó su pesar y de sus pares de bancada ante la desaparición física del dirigente cordobés y tres veces gobernador de esa provincia José Manuel de la Sota, respecto al trágico accidente lamentó que “ esta semana la política argentina ha perdido a un gran hombre y nuestro movimiento político a un gran luchador de mil batallas como lo fue de La Sota” y recordó “fue electo gobernador de Córdoba por tres períodos, ha impulsado el proceso de recuperación del peronismo, tan fuerte y serio que se dio después de aquella derrota de 1983. Desde aquel momento José Manuel de la Sota fue un permanente constructor de política tanto en su provincia como en todo el país” sobre su figura reseñó que “este gran dirigente diputado nacional, senador, gobernador 3 veces, embajador Argentino en Brasil entre otros cargos que ocupó. Y en pleno proceso de construcción política y a la temprana edad de 68 años muere en una ruta cordobesa. Desde nuestro bloque nuestra consideración y respeto, hemos perdido uno de los mejores, no poniéndome la camiseta de legislador sino como justicialista. Lo honramos y pido un minuto de silencio por parte de esta legislatura” solicitó al Cuerpo.
Se sumó a estas expresiones de pesar desde el Interbloque “Cambiemos” su titular Carim Peche, sobre el trágico accidente manifestó: “ha causado conmoción el fallecimiento de José Manuel De la Sota, una persona que contribuyó a la política en el sentido amplio de su palabra y que siempre fue un hombre de consulta, no solo dentro del peronismo sino de diferentes partidos políticos” y sostuvo que “ha tomado a todo el arco político por sorpresa esta desgracia en la ruta que se cobró una vida más. Seguramente va a quedar un vacío en la política argentina y que todo lo que él ha podido construir durante toda su vida, para muchos de los que lo conocieron aprendan, que sea un ejemplo de lo que hizo por la política y por la democracia” subrayó el diputado radical.
Al término de las manifestaciones de dolor por tan irreparable pérdida del abogado, docente, y dirigente político y tras un minuto de silencio aprobaron una resolución con un texto consensuado de cuatro iniciativas parlamentarias presentadas por los diputados Susana Lilian Alonso, Rubén Aquino, Darío Bacileff Ivanoff, Vicepresidente 1ro. Juan José Bergia, Andrea Charole, Gladis Cristaldo, Presidente de La Cámara de Diputados Lidia Elida Cuesta, Maria Lilian Fonseca, Nadia García Amud, Claudia Panzardi, Enrique Paredes, Ricardo Sánchez, Maria Elena Vargas y Héctor Justino Vega.
En el texto aprobado manifiestan acompañamiento a los familiares ante la irreparable pérdida, y resolvieron remitir copia de la misma para su conocimiento.
Crean Bonificación por asistencia exclusiva al legislador para personal legislativo de gabinete
Se sancionó como Ley 2908-A impulsada por la Presidenta del Poder Legislativo, Lidia Élida Cuesta, acompañada por los presidentes de bloque Justicialista, Hugo Sager, y Cambiemos, Carim Peche, la creación a partir del 1 de agosto de 2018 del concepto denominado Bonificación por Asistencia Exclusiva al Legislador.
El mismo será de carácter remunerativo y no bonificable, aplicable a los agentes de planta permanente del Poder Legislativo que desempeñan sus tareas bajo la dependencia de los legisladores, quienes certificaran la prestación de servicio.
Esta bonificación será del 10% de la sumatoria del Sueldo Básico calculado conforme con el Anexo I de la ley 469-A (antes ley 2898) y la Asignación por el Ejercicio de la Función –concepto 216- que percibe el agente. La Ley establece que la Comisión de Seguimiento será la Comisión Permanente de Asesoramiento Hacienda y Presupuesto.
El gasto emergente de lo dispuesto deberá imputarse a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 01: Poder Legislativo, de acuerdo con la naturaleza de la erogación. La ley autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten pertinentes para dar cumplimiento a la misma.
La norma fue aprobada con 28 votos de las distintas bancadas y la abstención del diputado Roy Nikisch.
Adecuan los parámetros para la liquidación de haberes del personal retirado del Poder Legislativo
Autoría de la Presidenta del Poder Legislativo, Lidia Élida Cuesta, acompañada por los presidentes de bloque Justicialista, Hugo Sager, y Cambiemos, Carim Peche, se sancionó la Ley 2909- H por la que se disponen desde el 1 de septiembre de 2018, modificaciones en los parámetros para la liquidación del haber mensual del retiro voluntario y móvil que perciben los agentes del Poder Legislativo, comprendidos en el régimen de la ley 4923 y sus modificatorias.
A partir de esta sanción los haberes se liquidarán de acuerdo a las siguientes condiciones: Desde 8 y hasta 15 años de antigüedad, se aplicará el 65% sobre el total del sueldo bruto escalafonario; de 15 a 20 años será el 70%; de 20 años y hasta 30 años 75% y más de 30 años 80%.
Asimismo, la norma establece que el porcentaje del haber que perciba el beneficiario, alcanzado por lo dispuesto en el artículo precedente, deberá ajustarse automáticamente al modificarse su ubicación en los tramos de antigüedad de aportes al Instituto de Seguridad Social, Seguros y Prestamos (In.S.S.Se.P.).
Crean Juzgados del Menor Nº 2 en Sáenz Peña, Villa Ángela, Charata y Castelli
La Ley2910-A sancionada con 25 votos, crea juzgados del menor de edad y la familia N° 2 con jurisdicción en la Segunda, Tercera, Cuarta y Sexta Circunscripción Judicial con asiento en las ciudades de Presidencia Roque Sáenz Peña, Villa Ángela, Charata y Juan José Castelli, respectivamente, que tendrá competencia amplia en materia civil, socio asistencial, penal, de faltas y tutelar. La iniciativa es de autoría de los diputados Carim Peche, del interbloque Cambiemos, y Ricardo Sánchez del Frente Chaco Merece Más.
En este sentido, la norma crea en cada circunscripción mencionada un cargo en el Nivel I – Magistrados y Funcionarios – Categoría 05 – Juez de Primera Instancia (Coeficiente 82%), los que serán incorporados a la pertinente estructura de cargos del Presupuesto del Poder Judicial.
Los Juzgados del Menor de Edad y la Familia creados por la ley tendrán como titular un Juez del Menor de Edad y la Familia y contarán con tres secretarios y demás personal que determine el Superior Tribunal de Justicia, facultándoselo a éste a realizar las designaciones y reubicaciones que fueren necesarias para el funcionamiento de estas dependencias judiciales.
Los Juzgados del Menor de Edad y la Familia actualmente existentes en esas circunscripciones pasarán a denominarse “Juzgado del Menor de Edad y la Familia Nº 1”.
La ley faculta al Superior Tribunal de Justicia para establecer la forma en que se distribuirán las causas entre los Juzgados actualmente existentes y los aquí creados, como así también a dictar todas las normas necesarias para la asignación de competencias y aquellas disposiciones reglamentarias que correspondan a la puesta en funcionamiento de los organismos creados por la misma.
Adicionalmente, la ley crea una Asesoría del Menor Nº 2 en cada localidad mencionada, que tendrán competencia amplia en materia civil, socio asistencial, penal, de faltas y tutelar, con los cargos correspondientes en el Nivel I – Magistrados y Funcionarios – Categoría 05 – Asesor de Menores (Coeficiente 82%), los que serán incorporados a la pertinente estructura de cargos del Presupuesto del Poder Judicial.
Las asesorías del menor creadas por esta ley tendrán como titular un asesor de menores y contarán con el personal que determine el Superior Tribunal de Justicia, facultándose a éste y a la Defensoría General, en el ámbito de su competencia, a realizar las designaciones y reubicaciones que fueren necesarias para el funcionamiento de estas dependencias judiciales. Las asesorías del menor actualmente existentes en la Segunda, Tercera, Cuarta y Sexta Circunscripción Judicial pasarán a denominarse “Asesoría del Menor Nº 1”.
Las erogaciones que demande la aplicación de esta ley se imputarán a las partidas específicas de la Jurisdicción 09- Presupuesto del Poder Judicial.
En los fundamentos, los autores señalan que “el proyecto de ley que se presenta no pretende desconocer el derecho a una justicia especializada, sino que contempla las necesidades reales de la Provincia del Chaco y la compleja situación que atraviesan los Juzgados del Menor de Edad y la Familia del interior de la provincia”.
“Al respecto, conforme a las estadísticas brindadas por el Superior Tribunal de Justicia -que se adjuntan al presente-, puede observarse que en los Juzgados de Presidencia Roque Sáenz Peña, Villa Ángela, Charata y Juan José Castelli existe una notable desproporción entre las causas en trámite en materia civil y socio asistencial con relación a las que tramitan en materia penal, de faltas y tutelar” observan.
“Si bien es cierto que existe un derecho a una justicia especializada, no es menos cierto que los compromisos asumidos por los países en materia de derechos humanos se encuentran sujetos a la realidad y a las posibilidades económicas de esos países” sostienen, por lo que es “ineludible considerar la complicada situación que atraviesan los Juzgados del Menor de Edad y la Familia del interior de la Provincia del Chaco y la notable desproporción entre las causas en trámite en materia civil y socio asistencial y las penales, de faltas y tutelares”.
“Garantizar el acceso a la justicia y garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva implica reconocer que los Juzgados del Menor de Edad y la Familia de las localidades del interior se encuentran al límite de sus posibilidades” aseguran los autores y recuerdan que “los Juzgados creados por las Leyes 6554 (actualmente, Ley 1828-A) y Ley 7260 (actualmente, Ley 2133-A) a más de cuatro años de su sanción nunca fueron concretados” y que “la realidad provincial de este momento exige posponer la puesta en funcionamiento de esos Juzgados del Menor de Edad y la Familia con competencia penal, de faltas y tutelar, y crear nuevos Juzgados del Menor de Edad y la Familia con competencia amplia (civil, socio asistencial, penal, de faltas y tutelar) para paliar la grave situación que se ha puesto de relieve”.
Diputados aceptaron el veto parcial a la ley del redondeo en los vueltos a favor de los consumidores
A través del expediente 289/18, ingreso por el Ejecutivo Provincial, por el que se veta de manera parcial, a la Ley2875-D que establece de manera excepcional a lo previsto por el artículo 9 bis de la ley nacional 22802, en todos los establecimientos que efectuaren cobros por la venta de bienes o prestación de servicios, que en todos los casos en los que surgieran del monto total a pagar diferencias menores a $5 y fuera imposible la devolución del vuelto correspondiente la diferencia será siempre a favor del consumidor.
En el expediente el Ejecutivo, estudiado en la comisión de industria y comercio, mismo que aconseja el veto a los artículos 2 y 6 de la legislación recientemente sancionada por la Cámara de Diputados, pasando de 5 pesos que preveía la ley original a 1 peso que establece el veto del Ejecutivo, en cuanto a montos establecidos de imposible devolución en vuelto a favor del consumidor.
En este sentido el nuevo articulo 2 sostiene “Determínese que en todos los casos en los que surgieran del monto total a pagar diferencias menores a un peso y fuera imposible la devolución del vuelto correspondiente, la diferencia será siempre a favor del consumidor” en tanto que el propio articulo 6 determina que dicha leyenda deberá ser exhibida en un cartel en cada local comercial con la inscripción del mencionado articulo segundo.
En el recinto el Diputado Héctor Vega recordó “este tema del redondeo fue sacado una ley nacional, y que el ejecutivo vetó parcialmente, la misma contaba con todos los informes que necesitábamos y de todos modos vino un veto del ejecutivo”.
Explicó que se trata de una ley que se basa en “beneficio de la gente y en el caso de que la ley sea vetada totalmente, no tendríamos posibilidad de reconsiderar un nuevo monto de redondeo, es por eso que desde la comisión de industria, aceptamos el veto parcial de la ley” concluyó Vega.
Adhiere la provincia a las herramientas para PyMEs de la Ley Nacional de Financiamiento Productivo
Impulsada por la diputada Liliana Spoljaric, se sancionó la Ley 2911-A por la que se adhiere la provincia del Chaco al Título I –Impulso al Financiamiento de PyMEs- de la Ley Nacional Financiamiento Productivo 27440.
La diputada Spoljaric remarcó que la iniciativa obtuvo despacho unánime en la Comisión de Industria y explicó que “se adhiere a la provincia del chaco al Título 1 de la Ley, que viene a acompañar la ley que ya se votó en esta Legislatura años anteriores donde el Chaco se adhirió a la Ley Nacional 27264 -Programa de Recuperación Productiva-, y busca darle una herramienta más y darle un impulso al sector PyMEs, sobre todo en el financiamiento”.
“Uno de los principales ejes de la iniciativa es el financiamiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, para ello se crean y se modifican algunas herramientas financieras, la más destacada es la Factura de Crédito Electrónica Mi Pymes con ella las empresas van a poder emitir una factura por un bien o un servicio a un tercero, y después ir al mercado financiero a cambiarlo por efectivo en el momento sin que esto perjudique su crédito.” señaló, y destacó las opiniones favorables de las autoridades de CAME y la Cámara de Comercio de Resistencia.
“En el día de hoy estas empresas operan con recursos propios, y se pretende darles recursos prácticos” destacó, “la adhesión repercute en las PyMEs y entendemos que esto motoriza la economía de la provincia y consolida la creación de nuevos puestos de trabajo”.
La diputada Irene Dumrauf valoró la adhesión a esta Ley que fue enviada por el Poder Ejecutivo al Congreso de la Nación. La Ley se sancionó con 21 votos positivos y la abstención de la diputada Claudia Panzardi.